Decisión nº 1EL-103-2014 de Tribunal Primero de Ejecución de L.O.P.N.A de Delta Amacuro, de 25 de Junio de 2014

Fecha de Resolución25 de Junio de 2014
EmisorTribunal Primero de Ejecución de L.O.P.N.A
PonenteSamanda Yemes
ProcedimientoNegando Cambio De Medida

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Edo D.A.

Tucupita, 25 de junio de 2014

204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-D-2012-000206

ASUNTO : YP01-D-2012-000206

RESOLUCIÓN 1EL-103-2014

Este Tribunal, en fecha 18 de Junio de 2014, recibe oficio Nº MPPSP/EAT/Nº239/2014, inserto al folio 220 de la pieza 2 del Expediente, emanado de la Entidad de Atención Tucupita-Varones, mediante el cual remite informe evolutivo del joven IDENTIDAD OMIDA, el cual corren insertos de los folios 221 al 226, y a los folios 227 al 229 de la pieza 2 del Expediente, constancias expedidas por la Gerencia Regional INCES D.A., a cargo del Jefe de Formación Profesional R.A.A.F..

Observa este Tribunal, que en el Informe Evolutivo se destaca:

En cuanto al Área Socio-Familiar: …omisis…

Durante la realización de las diversas intervenciones en el Área Social, el adolescente Valenzuela se ha mostrado colaborador facilitando toda la información inherente a todo su entorno familiar y relacionamiento con la comunidad, es de hacer notar que el adolescente asistido IDENTIDAD OMITIDA, posee algunas limitantes de corte lingüístico (barreras semánticas) y de articulación motora que le impiden desenvolverse de manera más óptima en actividades deportivas y educativas.

El joven, IDENTIDAD OMITIDA, en un pasado reciente, gracias a su comportamiento ejemplar, pudo participar en una jornada formativa disciplinaria con la Ministra de los Servicios Penitenciarios I.V. y los máximos responsables de las Entidades de Atención a nivel nacional, lo que le valió de gran experiencia para sus perspectivas futuras, pues fue reconocido en esta actividad por su ejemplar comportamiento, los avances que ha logrado a nivel educativo y lingüístico, así como la elaboración del cuento Najataribi

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En el Área Deportiva, Cultural y Recreativa:

El adolescente asistido, IDENTIDAD OMITIDA, se encuentra cumpliendo con su proceso de reeducación social bajo la supervisión de la Entidad de Atención Tucupita Varones, donde se encuentra inserto de las diversas áreas de participación, educación, práctica deportiva y recreación.

En el Área Deportiva, Cultural y Recreativa, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA se ha mostrado interesado y atento a la práctica y teoría deportiva en la que ya se encuentra iniciado, durante el proceso de enseñanza y aprendizaje deportivo el joven ha mostrado correctos procederes y ha mantenido un lenguaje respetuoso y cónsono con los valores inculcados por la disciplina deportiva que se imparte en la Entidad de Atención Tucupita Varones. Realizó el curso de promotor deportivo dentro de la Entidad de Atención, en el que se mostró atento y presto a participar

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En el Área Socio Productiva:

“El adolescente IDENTIDAD OMITIDA se muestra bastante interesado en el aprendizaje derivado de las instrucciones que se giran en el área agrícola, colabora y mantiene una constante participación en el cumplimiento de las actividades asignadas durante las prácticas de campo. El adolescente mantiene una conducta acorde y buena socialización con los compañeros. Cabe destacar que realizó talleres dictados por el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCE), mencionados a continuación: “Implementación de patios productivos a modo de promoción de ejes integradores de la educación de la soberanía alimentaria y trabajo liberador”, “Incentivar a los sujetos de aprendizaje en el rubro de hortalizas” y “Promoviendo una capacitación liberadora en beneficio a sujetos privados de libertad, proporcionándoles conocimientos para la auto sustentabilidad en la elaboración de lienzos de pintura artesanales”.

Y en las conclusiones se observo:

También, el adolescente Valenzuela ha logrado insertarse de manera efectiva a las actividades deportivas demostrando gran habilidad en los juegos de tableros (Damas) y futbol sala, los cuales requieren de una condición especial y nociones tácticas que han sido trabajadas con el instructor deportivo de la institución, además de esto, es importante destacar que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA ya es formalmente Promotor Deportivo, luego de realizar el Curso de Promotor Deportivo ofrecido para adolescentes en conflicto con la ley por intermedio del Ministerio del Poder Popular para el Deporte, a través de la Misión Deportiva Cubana en Venezuela

Este Tribunal Único en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en conformidad con lo establecido en el artículo 647, literales a), b), e) respectivamente, REVISA EL CUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN impuesta al joven SILVETRIO VALENZUELA, y observa que el objetivo por el cual se impuso tales medidas se está cumpliendo a cabalidad, tal como lo refleja el informe evolutivo consignado en el Expediente, pues se destaca en las diferentes áreas el cambio y el interés del joven por insertarse a la sociedad a través del programa PLAN INDIVIDUAL que le fue impuesto y diseñado para tal fin, tal como lo establece el artículo 621 de la Ley que rige la materia, las referidas medidas son de carácter educativo y tiene por norte la participación de la familia y el Estado.

Asimismo, se observa de las actas procesales que el joven IDENTIDAD OMITIDA, quedó judicialmente privado de libertad en fecha 23 de octubre de 2012, y fue sancionado CON TRES (3) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD por el Tribunal de Juicio en fecha 18 de enero de 2013, vista la admisión de los hechos realizada por el joven en la audiencia oral y reservada, y hasta la presente fecha ha cumplido un lapso de UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES y UN (1) DIA, quedando por cumplir UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS DE CUMPLIMIENTO DE SANCIÓN PRIVATIVA DE LIBERTAD.

Líbrese comunicación y anéxese copia fotostática de la presente resolución a la Directora de la Entidad de Atención Tucupita-Varones de esta Jurisdicción. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. CUMPLASE.-

La Jueza Única de Ejecución

S.M.Y.G.

El Secretario,

C.E.Z.T.

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