Decisión nº PJ0042013000042 de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 28 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2013
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteClaudia Bracho
ProcedimientoInterrupción Del Juicio Oral Y Público

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo

Punto Fijo, Jueves (28) de Febrero de 2013

202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2010-005262

ASUNTO : IP11-P-2010-005262

AUTO DECLARADO INTERRUMPIDO JUICIO ORAL Y PÚBLICO.-

Revisadas como han sido las actas procesales que componen el presente asunto, se observa que en fecha (08) de Enero de 2013, se dio inicio al Juicio Oral y Público Unipersonal, seguido en contra del acusado ciudadano R.A.P.A., venezolano, nacido en fecha: 21-02-1989, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad 19.059.896, de estado civil: soltero, grado de instrucción: bachiller, domiciliado en Calle Uruguay con Ayacucho, casa S/N de color roja, Punto Fijo, Estado Falcón, oficio: estudiante, hijo de M.Á. y R.P., por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 458 y 83 del ambos Código Penal, en perjuicio de la ciudadana WILKAR ANTONIO PERDOMO; habiéndose fijado continuación para el día 23.01.2013, el cual fuera reprogramado en razón de haberse no efectuarse el traslado de los acusados desde la Comunidad Penitenciaria de S.A. de Coro, quedando la misma pautada para el día 29.01.2013 ultima oportunidad procesal para su celebración, lográndose su celebración.

Consecutivamente los días 13.02.2013, 20.02.2013, 25.02.2013, 26.02.2013 y 27.02.2013 fue diferida la celebración del juicio oral y publico por incomparecencia de la representación Fiscal Nº VI e inasistencia de las partes intervinientes.

Es así como, al verse afectado el principio de continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la cual se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha 08 de enero del 2013, de conformidad con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON EXTENSION PUNTO FIJO Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha 08 de enero del 2013seguido en contra del ciudadano R.A.P.A., por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 458 y 83 del ambos Código Penal, en perjuicio de la ciudadana W.A.P., al haber sido afectado el principio de continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la este tribunal acuerda. PRIMERO: Se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Público de conformidad con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija juicio oral y público para el día MIERCOLES 24-04-2013 A LAS (10:30) DE LA MAÑANA; fecha esta, en virtud de la cantidad de los actos fijados en la agenda Única Llevada por este despacho, de conformidad a lo establecido en la sentencia N° 483 de fecha 14-04-2005, expediente N° 050265 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. N. a las partes, fiscal, defensa y trasládese al acusado para la fecha indicada.- Cúmplase.-

LA JUEZA PRIMERA EN FUNCIONES DE JUICIO

ABOG. C.R.B.P..

ABG. C.G. V

EL SECRETARIO

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