Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria de Aragua, de 10 de Junio de 2010

Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria
PonenteEumelia María Velazquez Marcano
ProcedimientoObligacion De Manutencion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

La Victoria, 10 de Junio de 2.010

200° y 151°

EXPEDIENTE 20.772

DEMANDANTE MIREILYS AVIGUEIS ARCHER VIELMA

DEMANDADO W.J.I. ANTIVEROS

MOTIVO OBLIGACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN A FAVOR DEL(OS)

NIÑO(S) *****

(SENTENCIA INTERLOCUTORIA)

Por recibido cheque de gerencia N° 00584310 del Banco Provincial remitido por la empresa Polifilm de Venezuela, S.A., a este Tribunal por la cantidad de Bs. 11.277,64 monto correspondiente a la retención ordenada al 50% de las prestaciones sociales del ciudadano W.J.I., titular de la Cédula de Identidad N° 12.482.978; quien fuera retirado de dicha empresa y cuyo monto ha sido afectado en este proceso. Dicha cantidad se encuentra depositada en la cuenta de ahorros N° 0007-0087-86-0010004865 en el Banco Bicentenario, a nombre del beneficiario como consta de planilla N° 22547983 de fecha 03/06/2010.-

Este Tribunal, en uso de las facultades que le confiere de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), fija:

PRIMERO

La cantidad de Bs. 407,12 mensuales por concepto de obligación de manutención--

SEGUNDO

La cantidad de Bs. 407,12 en el mes de Agosto, por concepto de gastos escolares.-

TERCERO

La cantidad de Bs. 610,68 en el mes de Diciembre, por concepto de gastos navideños.-

CUARTO

Queda autorizada la ciudadana MIREILYS AVIGUEIS ARCHER VIELMA, titular de la cédula de identidad N° 16.013.761, en su carácter de Progenitora del(os) beneficiario(s) ****, para efectuar el retiro de tales conceptos en su oportunidad correspondiente hasta agotarse el monto depositado, para que le sea entregado el remanente y los intereses que se generen por el mismo y renovar la libreta en caso necesario, sin necesidad de que este Tribunal oficie para ello.- -Líbrese oficio con las inserciones necesarias al Banco Bicentenario.-

LA JUEZA PROVISORIA

ABG. EUMELIA VELÁSQUEZ LA SECRETARIA

ABG. JHEYSA ALFONZO

EN LA MISMA FECHA SE LIBRO OFICIO.-

LA SECRETARIA

EV/JA/ea/EXP N° 20.772

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