Decisión nº 1282-2.012 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Lara (Extensión Barquisimeto), de 23 de Abril de 2012

Fecha de Resolución23 de Abril de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
PonenteIsabel Victoria Barrera Torres
ProcedimientoObligación De Manutención

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara

Barquisimeto, veintitrés (23) de abril de dos mil doce

202º y 153º

ASUNTO: KP02-V-2011-003056

Demandante: M.D.C. VILLEGAS AGÜERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.353.384.

Asistido Por: El Abogado A.C.M., inscrita en el IPSA bajo el Nº 154.802.

Demandado: F.J.C.C., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-12.592.210.

Hijos: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente), de diecisiete (17) años de edad.

Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Obligación de Manutención, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 28 de septiembre de 2011, la ciudadana M.D.C. VILLEGAS AGÜERO, ya identificada, presentó demanda de Obligación de Manutención en contra del ciudadano F.J.C.C. antes identificado, acompañó su solicitud con copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario.

En fecha 05 de octubre de 2011 se admitió la demanda acordando la notificación del demandado.

Riela al folio 13 boleta de notificación debidamente firmada por la ciudadana L.C., quien recibió en nombre del demandado F.J.C.C..

En fecha 28 de marzo de 2012, la secretaria del Juzgado certificó la notificación efectuada al demandado.

En fecha 30 de marzo de 2012 se fijó la audiencia preliminar de mediación, para el día 16 de abril de 2012, a las 03:30 p.m.

En fecha 16 de abril de 2012, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes demandante ni demandada ni por si, ni por medio de apoderado judicial que las representare, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.

DECISION.

Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana M.D.C. VILLEGAS AGÜERO, ya identificada, en beneficio de (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente) y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.

Se dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial. Tómese nota y désele salida en los libros respectivos de éste Despacho.

Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten, una vez que consigne las copias simples.

Regístrese y publíquese

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, veintitrés (23) de abril de 2012. Año 202º y 153º.

LA JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA

DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN

Abg. I.V.B.T.

El Secretario.

Abg. C.B.

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1282-2.012, siendo las 02:27 p.m.

El Secretario.

Abg. C.B.

KP02-V-2011-003056

IVBT/CB/Denisse.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR