Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 17 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2005
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteMariela Fuenmayor
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de mayo de dos mil cinco (2005).-

195° y 146°

Vistos los escritos de PROMOCION DE PRUEBAS presentados el primero por el abogado M.T. MACHADO BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.228, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora y por cuanto las pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, el Tribunal las ADMITE salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la PRUEBA TESTIMONIAL contenida en el CAPITULO UNICO, el Tribunal comisiona amplia y suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA para la evacuación de los ciudadanos C.A.R.R., M.E.R.D.R. y M.M.C.S., titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 8.684.546, 11.817.668 Y 16.038.518, respectivamente, a fin de que el mismo se sirva fijar día y hora con el objeto de que rindan sus respectivas declaraciones. En cuanto al segundo escrito presentado por la ciudadana B.A.R.L., en su carácter de parte demandada, asistida por el abogado E.C.M., el Tribunal las ADMITE salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la PRUEBA TESTIMONIAL contenida en el CAPITULO SEGUNDO, el Tribunal comisiona amplia y suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA para la evacuación de los ciudadanos C.D.G., N.O.G., O.J.G., YILIBETH M.V., L.V.R., X.I., S.J.M., J.J.C., J.M.L., R.H., XIOMARA RONDON, DAYRIS L.R.M., JESSICA FUENTES, CLOREALDO CATIRE, G.L. y F.R.H., titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 6.462.308, 3.123.462, 16.147.285, 12.881.334, 4.429.938, 5.607.215, 3.588.085, 14.880.194, 14.058.170, 14.058.888, 12.429.575, 13.726.046, 16.888.692, 3.337.785, 6.348.785 y 15.914.450, respectivamente y al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, para la evacuación de los ciudadanos N.M. y J.R.C., titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.584.408 y 5.661.454, respectivamente, a fin de que los mismos se sirvan fijar día y hora con el objeto de que rindan sus respectivas declaraciones. Líbrense despachos junto con oficios a los Juzgados comisionados y déjese constancia de lo actuado. CUMPLASE.

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABG. O.D.D.S.

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-

SE HACE SABER:

AL JUZGADO (DISTRIBUIDOR) DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-.

195° y 146°

Que en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesto por la ciudadana M.J.M.A. contra la ciudadana B.A.R.L.; la parte actora ha promovido las testimoniales de los ciudadanos: C.A.R.R., M.E.R.D.R. y M.M.C.S., titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 8.684.546, 11.817.668 Y 16.038.518, respectivamente.-

Que ha sido amplia y suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela para la evacuación de las mismas, a dichos ciudadanos deberá fijarles oportunidad para que comparezcan por ante ese Despacho a objeto de que respondan a los interrogatorios que les serán formulados por las partes promoventes.

Que la parte actora tiene como Apoderado Judicial al abogado: M.T. MACHADO BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.228.

Que la parte demandada no tiene Apoderados Judiciales debidamente constituidos.-

Que no ha transcurrido ningún día del lapso de evacuación de pruebas, el cual es de treinta (30) días.

Devuélvase la misma una vez cumplida, previo cómputo por secretaría.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005).-

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. M.J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA ACC.

ABG. O.D.D.S.

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN

LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

LOS TEQUES.-

Los Teques, 17 de mayo de 2005.

195° y 146°

N° 0855-_______

CIUDADANO:

JUEZ (DISTRIBUIDOR) DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, constante de dos (02) folios útiles, comisión conferida en el Expediente signado bajo el N° 10555 (Nomenclatura de este Tribunal) con motivo deL juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la ciudadana M.J.M.A. contra la ciudadana B.A.R.L..-

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS

LA JUEZA TEMPORAL

ANEXO: Lo Indicado.

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-

SE HACE SABER:

AL JUZGADO (DISTRIBUIDOR) DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-.

195° y 146°

Que en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesto por la ciudadana M.J.M.A. contra la ciudadana B.A.R.L.; la parte demandada ha promovido las testimoniales de los ciudadanos: N.M. y J.R.C., titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.584.408 y 5.661.454, respectivamente.-

Que ha sido amplia y suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela para la evacuación de las mismas, a dichos ciudadanos deberá fijarles oportunidad para que comparezcan por ante ese Despacho a objeto de que respondan a los interrogatorios que les serán formulados por las partes promoventes.

Que la parte actora tiene como Apoderado Judicial al abogado: M.T. MACHADO BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.228.

Que la parte demandada no tiene Apoderados Judiciales debidamente constituidos.-

Que no ha transcurrido ningún día del lapso de evacuación de pruebas, el cual es de treinta (30) días.

Devuélvase la misma una vez cumplida, previo cómputo por secretaría.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005).-

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. M.J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA ACC.

ABG. O.D.D.S.

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN

LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

LOS TEQUES.-

Los Teques, 17 de mayo de 2005.

195° y 146°

N° 0855-_______

CIUDADANO:

JUEZ (DISTRIBUIDOR) DE MUNICIPIO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA

DE CARACAS.-

SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, constante de dos (02) folios útiles, comisión conferida en el Expediente signado bajo el N° 10555 (Nomenclatura de este Tribunal) con motivo deL juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la ciudadana M.J.M.A. contra la ciudadana B.A.R.L..-

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS

LA JUEZA TEMPORAL

ANEXO: Lo Indicado.

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-

SE HACE SABER:

AL JUZGADO (DISTRIBUIDOR) DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-.

195° y 146°

Que en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesto por la ciudadana M.J.M.A. contra la ciudadana B.A.R.L.; la parte demandada ha promovido las testimoniales de los ciudadanos: C.D.G., N.O.G., O.J.G., YILIBETH M.V., L.V.R., X.I., S.J.M., J.J.C., J.M.L., R.H., XIOMARA RONDON, DAYRIS L.R.M., JESSICA FUENTES, CLOREALDO CATIRE, G.L. y F.R.H., titulares de las Cédulas de Identidad Nro6.462.308, 3.123.462, 16.147.285, 12.881.334, 4.429.938, 5.607.215, 3.588.085, 14.880.194, 14.058.170, 14.058.888, 12.429.575, 13.726.046, 16.888.692, 3.337.785, 6.348.785 y 15.914.450, respectivamente .

Que ha sido amplia y suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela para la evacuación de las mismas, a dichos ciudadanos deberá fijarles oportunidad para que comparezcan por ante ese Despacho a objeto de que respondan a los interrogatorios que les serán formulados por las partes promoventes.

Que la parte actora tiene como Apoderado Judicial al abogado: M.T. MACHADO BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.228.

Que la parte demandada no tiene Apoderados Judiciales debidamente constituidos.-

Que no ha transcurrido ningún día del lapso de evacuación de pruebas, el cual es de treinta (30) días.

Devuélvase la misma una vez cumplida, previo cómputo por secretaría.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005).-

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. M.J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA ACC.

ABG. O.D.D.S.

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN

LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

LOS TEQUES.-

Los Teques, 17 de mayo de 2005.

195° y 146°

N° 0855-_______

CIUDADANO:

JUEZ (DISTRIBUIDOR) DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, constante de dos (02) folios útiles, comisión conferida en el Expediente signado bajo el N° 10555 (Nomenclatura de este Tribunal) con motivo deL juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la ciudadana M.J.M.A. contra la ciudadana B.A.R.L..-

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS

LA JUEZA TEMPORAL

ANEXO: Lo Indicado.

EXP N° 10555

MJFT/Jenny.-

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