Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 22 de Julio de 2015

Fecha de Resolución22 de Julio de 2015
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoTitulo Supletorio

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San F.d.A., 22 de Julio de 2.015

204° y 155°

SOLICITUD: 15-515

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE: M.N.S.R.

FECHA DE ENTRADA 15 DE JULIO DE 2015.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana M.N.S.R. venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 8.150.570, de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en una parcela de terreno de su absoluta propiedad tal y como consta, según en Titulo de Adjudicacion en Propiedad de Parcela en Tierra U.P., debidamente registrada por ante la oficina subalterna de registro público del Municipio San Fernando, Estado Apure; en fecha 19 de Junio del año 2015, el cual quedo inscrito bajo el numero 2015.1203,Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el numero .271.3.6.1.16466 y correspondiente, al Libro de folio Real del año 2015. Ubicado en el Barrio “JOSE W.R. I”, Jurisdicción del Municipio San F.d.E.A., que cuenta con una superficie de DOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (242Mts2,13cm),comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Parcela Ocupada por La Familia Moreno ,con ( 16Mts,36cm); Sur: Calle R.T., con ( 16Mts,36cm); Este: Calle A.C., con ( 14Mts,90cm); Oeste: Parcela ocupada por La Familia Cedeño, con (14Mts,70cm) y con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas ha construido las bienhechurías antes mencionadas, consistentes en: una (1) casa de mampostería y sus descripción es; Cuatro (4) Habitaciones, techo de platabanda, dos (2) baños ,una (1) cocina, una (1) sala comedor, cercada todas las paredes de bloque frisadas, mescrilladas y pintadas, puertas y ventanas de hierro, agua y luz. Las cuales están totalmente pagados En las cuales invertí una suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (500.000.00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana; M.N.S.R. plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-

El Juez,

Abog.F.J.P.

La Secretaria Titular,

Abog. M.M. ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.

La Secretaria Titular.

Abog. M.M. ARANGUREN T.

Solicitud N°15-515

FJP/MMAT/mp

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