Misión Justicia Socialista atenta contra sistema constitucional y DDHH

Las atribuciones otorgadas a la Gran Misión Justicia Socialista son contrarias a los valores y principios del sistema constitucional del país, advirtió la Academia de Ciencias Políticas y Sociales.El derecho constitucional venezolano se construye sobre los valores del Estado de Derecho, democracia, separación de poderes y respeto a los derechos humanos. El artículo 2 de la Constitución establece que Venezuela es un Estado Democrático, y Social de Derecho y de Justicia. Estos conceptos no se encuentran ni pueden estar vinculados a ideologías político-partidistas, sino que, por el contrario, deben ser lo más amplios posibles para garantizar que todos los ciudadanos, independientemente de su tendencia política, se vean representados por gobiernos que respeten el pluralismo político y democrático, señalan.Los académicos denunciaron que el decreto número 2718 del 7 de febrero pasado, que crea la Gran Misión Justicia Socialista, es un acto antijurídico, de una arbitrariedad manifiesta y advierten sobre su inconstitucionalidad.Mediante actos de rango su blegal se pretende modificar el diseño del sistema constitucional venezolano de justicia, no ya desconociendo únicamente el principio de la reserva legal, sino soslayando y pretendiendo derogar virtualmente la Constitución mediante actos que no pueden ser calificados ni siquiera como jurídicos, por no respetar los principios básicos de la democracia, base del constitucionalismo moderno y del Estado de Derecho. El decreto viola las obligaciones internacionales asumidas por la República, afirman.En su declaración, la Acade mia de Ciencias Políticas y Sociales puntualiza que la carta magna establece funciones para cada una de las ramas del Poder Público. En ese sentido, sostienen, corresponde al Poder Judicial, que por naturaleza debe ser autónomo e in dependiente, administrar la justicia. Enfatizan que la justicia de paz, una de las bases del nuevo programa gubernamental, es una competencia municipal que la ley organizará en las comunidades, según lo estipulado en los artículos 178.7 y 258 de la Constitución.Sin exclusiones. Los académi cos puntualizan que el sistema de justicia no se encuentra al servicio de parcialidad política alguna, por cuanto busca la resolución de controversias fundamentadas en el dere cho y con procesos ejecutados por jueces independientes del Ejecutivo. Por ese motivo rechazan el adjetivo de `justicia socialista’.La administración de justi...

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