Decisión nº 433 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 27 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2008
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteMaríaelvira Reina Hernández
ProcedimientoDivorcio Ordinario

Despacho de Medida Nº 4696

En el día de hoy veintisiete ( 27 ) de Noviembre del dos mil ocho (2.008), siendo la una y cuarenta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, S.R., S.B., LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Mercantil “HOMACA”, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido la ciudadana MISLANI B.D.V.D., titular de la cédula de identidad N° V- 15.162.835, en contra del ciudadano P.J. DIAZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.603.133. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la Empresa Mercantil “HOMACA” ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano K.R., titular de la cédula de identidad Nº 10.213.672, en su condición de Coordinador de Relaciones Laborales. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio R.R., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 57.606 expone: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.

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