Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 1 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2013
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoInspección Judicial

En el día de hoy, jueves primero (01) de agosto del año dos mil trece (2.013), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, conformado por el Juez Temporal Abg. F.J.P., la Secretaria Titular Abg. M.M.A. T. y el Alguacil Temporal Y.M.I.D.N., en el Registro Publico del Municipio San F.d.E.A., ubicado en el Edificio Palacio de los Barbaritos, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de practicar la INSPECCIÓN JUDICIAL, solicitada por el ciudadano M.I.L.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.327.335, asistido por el Abogado en ejercicio, YIMIS W.R.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.590.943, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 145.223. Compareció a prestar apoyo una Comisión Policial, conformada por dos (02) Funcionarios Policiales de la Policía Bolivariana del Estado Apure. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a la ciudadana Abogada F.A., venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.793.084, quien manifiesta ser Registradora Encargada del Registro Publico del Municipio San F.d.E.A.. Acto seguido el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae la solicitud de la siguiente forma: AL PARTICULAR PRIMERO: El Tribunal deja constancia que mediante revisión ocular del Registro de Estatutos de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del Estado Apure que existe en el Tomo Treinta y Tres del Año Dos Mil Once (2011) un Acta Nº 001 de la Junta Directiva del C.d.D. de fecha 13 de junio del año 2.011, suscrita por la Junta Directiva: Profesor Card Cedeño, Profesora M.G., Licenciada Sonia Cardoza, Profesora G.R., Profesor A.A., A.P., Reddy Ceballo, E.T., N.L., M.D., J.P., A.M.A., I.C., Yulaima Beroes, Victtorio Silva, M.L.R., Nervis Bastidas, I.S., L.R., I.D., B.N., J.P., J.V., Esser Bolívar, R.V., Y.F., G.O., Milsan Calzadilla, T.Á. y A.G.; titulares de las Cedulas de Identidad Nº 8.196.280; 9.591.676; 12.323.534; 8.198.811; 3.768.170; 4.997.619; 9.595.484; 14.298.364; 11.759.809; 8.197.081; 4.140.137; 15.047967; 11.237.445; 8.932.086; 11.761.321; 9.597.683; 13.938.790; 8.153.762; 6.687.230 y 8.184.114; respectivamente, en la cual se aprobaron los siguientes puntos:1.- Lectura del contenido del Acta de Asamblea anterior. 2.- Proyecto de Reforma de Estatutos. 3.- Memoria y Cuenta del C.d.A.E.E. 2.010. 4.- Informe del C.d.V.E.E. 2.010. 5.- Informe de Auditoria Externa Ejercicio Económico 2.010. 6.- Presupuesto de Ingreso, gastos e Inversiones para el Ejercicio Económico 2.011. 7.- Plan Anual de Gestión que regirá para el Ejercicio Económico 2.011. 8.- Decreto de Dividendos, es todo. AL PARTICULAR SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que por revisión ocular, que si existe el Proyecto de Reforma de Estatutos que fueron aprobados en dicha Asamblea de Delegados como segundo punto de Agenda, es todo. AL PARTICULAR TERCERO: Este Tribunal solicita a la Notificada Copia Certificada del Proyecto de Estatutos aprobados en Asamblea, es todo. AL PARTICULAR CUARTO: Este Tribunal deja constancia que no se presento ningún hecho fortuito que impidiese la practica de la presente Inspección, es todo. AL PARTICULAR QUINTO: Este Tribunal deja constancia que la Registradora Encargada esta presente, facilitando toda la información requerida, es todo. La Notificada solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expone: Se acuerda expedir la Copia Certificada solicitada. Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 12:15 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez Temporal.

Abg. F.J.P..

El Solicitante y su Abg. Asistente.

M.I.L.A..

Abg. YIMIS W.R.A..

La Notificada.

Abg. F.A..

El Jefe de la Comisión Policial.

OFICIAL AGREGADO EGDUAR OLIVARES.

C.I. V-18.328.834.

El Alguacil Temporal.

Y.M.I.D.N..

La Secretaria Titular.

Abg. M.M.A. T.

Comisión Nº S- 13- 59.-

Rc.-

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