Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 25 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo
PonenteAnaid Carolina Hernandez
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San F.d.A., 25 de Noviembre de 2.008

197° y 149°

Presentado personalmente por su firmante. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre ó a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN” a favor de la ciudadana M.Y.M.P., venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.693.522, y de este domicilio, sobre las bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal. Consistentes en: unas bienhechurías construidas por el sistema de mampostería, consistente en una casa de habitación familiar, constante de Setenta y dos metros cuadrados de construcción, consistente en tres (3) habitaciones, un área para recibo, una cocina empotrada en mármol y madera, un baño, piso de cemento, techo de acerolit puertas y ventanas de hierro, además cuenta con todos los servicios. Dichas bienhechurías se encuentran construidas en terreno de su Posesión, según documento otorgado Carta Agraria por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), en una superficie de de terrenos de DOS HECTAREAS (2 Has), el cual se encuentra ubicado en el asentamiento campesino San Diego, sector San Diego, Parroquia Biruaca, Jurisdicción del Municipio Biruaca del Estado Apure, dentro de los siguientes linderos específicos; NORTE: terrenos ocupados por C.M., SUR: vía de acceso San Diego, ESTE: terrenos ocupados por J.V. y OESTE: terrenos ocupados por D.V.. Siendo el valor de dichas bienhechurías la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F.30.000,00). Bienhechurías estas fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana M.Y.M.P.. Se ordena devolver estas resultas al solicitante quedando anotado en el Libro de solicitudes llevados por este Tribunal durante el año 2.008, bajo el Nº 1139.-

La Jueza Titular;

Dra. A.C.H.Z..

El Secretario Temporal;

F.J.R..

En fecha 25 de Noviembre de 2.008, se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, constante de ( ) folios útiles, quedando copia de la misma en el archivo de este Tribunal.-

El Secretario Temporal;

F.J.R..

ACHZ/FJR/Eddami.-

Titulo Supletorio Nº 1139.-

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