Sentencia nº 935 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 10 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto de designación de ponente

SALA ELECTORAL

Caracas, 10 de diciembre de 2012

202º y 153º

Por recibido en fecha 05 de diciembre de 2012 Oficio N° 12-0824-A de fecha 21 de noviembre de 2012, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos G.M., H.M. y JENISETH JIMÉNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 9.464.053, 3.664.415 y 18.521.273, respectivamente, asistidos por el abogado J.G.S.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.675, contra la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Ciudad Guayana, respecto a las elecciones para elegir a la Junta Directiva del referido Colegio Seccional Ciudad Guayana, periodo 2012-2014; remisión que se efectuó en razón de la decisión dictada en fecha 12 de noviembre de 2012, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia para conocer de la acción de amparo interpuesta y declinó el conocimiento del asunto en esta Sala Electoral; se designa ponente al Magistrado F.R.V.T., a los fines del pronunciamiento correspondiente.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000116

JMMS/pc

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