Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 14 de Abril de 2007

Fecha de Resolución14 de Abril de 2007
EmisorTribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteAlexa Gamardo
ProcedimientoOrden De Aprehension

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona

Barcelona, 14 de Abril de 2007

196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2007-001458

ASUNTO : BP01-P-2007-001458

Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, dictar el pronunciamiento respectivo en virtud a la orden de APREHESION, solicitada por la Representante de la Fiscalía Sexta Encargada del Ministerio Publico de este Estado, DRA. Y.M.A., en contra del ciudadano J.A. MONTANA GARCIA (alias El Menor), por la comisión del delito de “HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO”, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° en concordancia con el artículo 457 ambos del Código Penal Venezolano. Por encontrarse llenos los extremos del artículo 250 y siguientes del Código Orgánico Procesal penal.

De la revisión del presente asunto se evidencia que la Fiscalia Sexta Encargada del Ministerio Publico de este Estado, interpuso escrito contentivo de Solicitud de Orden de Aprehensión en contra del ciudadano J.A. MONTANA GARCIA (alias El Menor), y a tales efecto consigna actuaciones relacionadas con la investigación llevada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Puerto la Cruz, con ocasión del delito de “HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO”, cometido en perjuicio del ciudadano O.A. RIJO VALERY.

Señala la Representante del Ministerio Público en su solicitud entre otras cosas lo siguiente:

Se recibe de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística Delegación Puerto La Cruz, actuaciones policiales de fecha 13 de Abril del 2007, en el expediente signado con el número 337.846, en la que cursa:

1.-TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, de fecha 19 de Marzo de 2007, suscrita por el Jefe de Guardia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien hace constar que en la novedades diarias llevadas por ante este Despacho durante el lapso comprendido desde las 07:30 horas de la Mañana del día de 08-10-06 hasta las 07:30 Horas de la mañana del día 20/03/2007, aparece una copia textualmente dice así: 16:15Hrs.- RECEPCION TELEFONICA: Se recibe la misma por parte de la centralista de guardia de la policía del Estado Anzoátegui informando que en la avenida intercomunal , casa Nº 604, del sector sierra Maestra de esta ciudad, se encuentra una persona sin vida, dicho cadáver presenta un avanzado estado de descomposición …/

  1. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 21/03/2007, suscrita por INSPECTOR J.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con las Actas Procesales signadas con el numero H-337-826, que se siguen por ante este Despacho por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas ( Homicidio), procedí a trasladarme hacia a la empresa CANTV- MOVILNET, específicamente hacia la oficina de seguridad de dicha empresa, una vez en la misma fui recibido por el ciudadano A.J.V., con la finalidad de solicitarle la relación de llamadas del móvil 0416-0838784, quien luego de hacer un compás de espera me hizo entrega de dicha relación de llamadas, el cual anexo a la presente acta, es todo

  2. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 21/03/2007, suscrita por INSPECTOR J.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: “Prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con las Actas Procesales signadas con el numero H-337-826, que se siguen por ante este Despacho por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas ( Homicidio), luego de analizar la relación de llamada del móvil 0416-0838784, dicho móvil era utilizado por la persona quien en vida respondía al nombre de O.A. RIJO VALERY, después del día 17-03-2007 hasta la presente fecha arrojo el siguiente resultado: llamo una vez al móvil 0416-3814387, llamo una vez 0416-0989481, llamo una vez al móvil 0416-5836110, llamo dos veces al móvil 0416-5814075, llamo dos veces al móvil 0414-0937614, es todo”

  3. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 21/03/2007, suscrita por INSPECTOR J.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con las Actas Procesales signadas con el numero H-337-826, que se siguen por ante este Despacho por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas ( Homicidio), procedí a realizarle llamada telefónica al ciudadano A.J.V., con la finalidad de solicitarle los datos filiatorios de los móviles 0416-3814387, 0416-0989481, 0416-5836110, 0416-5814075, 0414-0937614, quien luego de hacer un compás de espera me manifestó que el móvil 0416-3814387 le pertenece al ciudadano Dr. Z.A., residenciado en la Quinta A.V., Urbanización Puerto Morro, Puerto la C.A., el móvil 0416-0989481 le pertenece a LUIS MISETH, C.I.V- 19.980.847, residenciado en la Quinta sin numero, calle principal, Sector San N.P., el móvil 0416-5836110 le pertenece a la ciudadana J.J. QUIJADA, C. I. V- 19.957.417, residenciada calle principal, sector chamarrita Cariaco Estado Sucre, y el móvil 0416-5814075 le pertenece a INV. ROBERDI, Quinta 100, callejón 1, Barcelona Casco Central, es todo. TERMINO SE LEYO Y CONFORME FIRMAN

  4. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 27/03/2007, suscrita por INSPECTOR J.A., quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con las Actas Procesales signadas con el numero H-337-826, que se siguen por ante este Despacho por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas ( Homicidio), procedí a realizarle llamada telefónica al ciudadano A.J.V., con la finalidad de solicitarle la ubicación geográfica del móvil 0416-0838784, para los días 18 y 19 de Marzo del 2007, quien luego de hacer un compás de espera me manifestó que el móvil 0416-0838784, abrió en la celda de Pozuelo de Puerto la C.E.A., los días antes mencionado, es todo. TERMINO SE LEYO Y CONFORME FIRMAN

  5. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 27/03/2007, suscrita por INSPECTOR J.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con las Actas Procesales signadas con el numero H-337-920, que se siguen por ante este Despacho por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra la Propiedad, procedí a realizarle llamada telefónica al Ciudadano luego de analizar la relación de llamada del móvil 0416-0838784, dicho móvil era utilizado por la persona quien en vida respondía al nombre de O.A. RIJO VALERY, después del día 17-03-2007 hasta la presente fecha arrojo el siguiente resultado: llamo una vez al móvil 0416-3814387, llamo una vez 0416-0989481, llamo una vez al móvil 0416-5836110, llamo dos veces al móvil 0416-5814075, llamo dos veces al móvil 0414-0937614, es todo

  6. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 12/04/2007, DE LA CIUDADANA VICENT R.D.M., Venezolana, natural de Humanan Estado sucre, nacida en fecha 16-02-1986, de 21 años de edad, soltera, Domestica, residenciada en el sector Puerto Príncipe, villa 163 Lecherías Estado Anzoátegui, portadora de la cedula de identidad V- 18.777.256, quien manifestó textualmente; “Bueno resulta que el día de hoy una comisión de PTJ, llego a la cada donde yo laboro como domestica y me preguntaron si yo tenia el teléfono 0414-0937614 y yo le dije que si que ese era mi numero telefónico y ellos me pidieron la colaboración que los acompañara hasta aquí para rendir una entrevista es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECPETOR INTERROGA A LA ENTREVISATA DE LA SIGUIENTE MANERA. PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, desde que tiempo posee el referido móvil. CONTESTO: Yo, lo tengo desde el 06 de Marzo del 2007. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, a quien le compro el referido móvil celular. CONTESTO: Mi mama de nombre M.R., se lo compro al señor J.A.. TERCERA PREGUNTA: Diga usted, donde puede ser ubicado el ciudadano antes mencionado. CONTESTO: El vive en el sector de Puerto Morro de Lecherías. CUARTA PREGUNTA: diga usted, tiene conocimiento como su mama le compro el referido teléfono al ciudadano J.A.. CONTESTO: Mi mama trabaja en la casa de señor J.A. como domestica. CUARTA PREGUNTA: Diga usted, a quien le pertenece el numero 0416-0838784. CONTESTO: Una vez o dos veces mi cuñada de nombre YULEXIS quien es la esposa de mi hermano de nombre L.R.V., creo que me llamo de ese numero. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, como justifica una llamada telefónica del móvil 0416-0838794 a su móvil 0414-0937614, que duro la cantidad de dos minutos y cuatro segundo el día 19-03-2007. CONTESTO: No, se realmente pero la persona que a mi me llamo de un movilnet extraño fue mi cuñada antes mencionada. SEXTA PREGUNTA: Diga usted, conoce los siguientes números telefónicos. 0416-3814387, 0416-0989481, 0416-5836110, 0416-5814075, 0414-0937614, CONTESTO: Los únicos números telefónicos que conozco es el 0416-3814387 que es el de mi mama y el 0416-0989481 es de mi hermano L.A. VICENT. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, donde puede ser ubicada su progenitora. CONTESTO: Ella se encuentra en este Despacho. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, donde puede ser ubicado su hermano LUIS VICENT. CONTESTO. El vive en la isla de Margarita. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, donde reside su hermano L.R.V.. CONTESTO: El vive en el sector de Pozuelo de Puerto la C.E.A.. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, las características de su teléfono celular. CONTESTO: Es un LG, color gris, modelo MD2330, serial 604CYEA1401468. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista. CONTESTO: No, es todo”

  7. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 12/04/2007, DE LA CIUDADANA R.M., Venezolana, natural de Cumana Estado sucre, nacida en fecha 31-03-1968, de 39 años de edad, soltera, Domestica, residenciada Puerto morro, villa numero 380, Lecherías Estado Anzoátegui, portadora de la cedula de identidad V- 10.463.004, quien manifestó textualmente; El día de hoy en horas de la mañana funcionario de este cuerpo policial, llegaron a la casa de mi jefe de nombre J.A., y le preguntaron por los teléfonos de ellos y que donde estaban dicho teléfonos y el le dijo que los dos teléfonos me lo habían vendido a mi y por ese motivo los funcionarios me dieron una citación para que yo viniera a declarar a esta oficina. es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECPETOR INTERROGA A LA ENTREVISATA DE LA SIGUIENTE MANERA. PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, desde que tiempo posee los referidos móviles. CONTESTO: El teléfono 0416-3817946 lo tengo yo y el otro teléfono 0414-0937614 lo tiene mi hija de nombre DANYI RODRIGUEZ. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, a quien le compro el referido móvil celular. CONTESTO: Al señor J.A.. TERCERA PREGUNTA: Diga usted, donde puede ser ubicado el ciudadano antes mencionado. CONTESTO: El vive en el sector de Puerto Morro de Lecherías. CUARTA PREGUNTA: Diga usted, a quien le pertenece el numero 0416-0838784. CONTESTO: No, se. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, como justifica una llamada telefónica del móvil 0416-0838794 a su móvil 0416-3814387. que duro la cantidad de Un minuto y siete segundo el día Domingo 18-03-2007, a las 21:22:14 . CONTESTO: No, se realmente pero un domingo me llamo mi hijo LUIS y me pregunto que porque por todos en la casa. SEXTA PREGUNTA: Diga usted, conoce los siguientes números telefónicos. 0416-0989481, 0416-5836110, 0416-5814075, 0414-0937614, CONTESTO: El único numero teléfono que conozco es el 0416-0989481 es de mi hijo L.A. VICENT. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, donde puede ser ubicado su hermano LUIS VICENT. CONTESTO. El vive en la isla de Margarita. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, donde reside su hijo L.R.V.. CONTESTO: El vive en el sector Pozuelo de Puerto la C.E.A.. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, las características de su teléfono celular. CONTESTO: Es un teléfono Nokia, modelo 2118 serial color gris y beige, serial 215A7CD: Diga usted, cual es el numero telefónico de su hijo L.R.V.. CONTESTO: No, me lo se, pero los primero días del mes de Abril yo fui para la casa de mi hijo L.R. y observe que su mujer de nombre YULI, tenia dos teléfonos celulares pero no se me los números. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo mas al a presente entrevista. CONTESTO: NO, es todo. TERMINO SE LEYO Y CONFORME FIRMAN.

  8. -ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 12/04/2007, DEL CIUDADANO J.G.A.Z., de nacionalidad Venezolano, natural de Punto Fijo, Punta Cardon Estado Falcón, de 31 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio diseñador grafico, residenciado en la urbanización puerto morro villa 380 en la avenida A.V. de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V-11.772.752, numero de teléfono 0414-7877964, quien manifestó textualmente; Bueno resulta que el día de hoy 12-04-07 recibí una visita de unos funcionarios de este Cuerpo Policial manifestándome que si el numero telefónico 0414-0937614, pertenecía a mi persona, luego les informe que yo se lo había vendido a la adolescente de nombre DANYI VICET, seguidamente los funcionarios me dieron una boleta de citación para que compareciera por ante este Despacho a fin de tomarme una declaración. Es todo.” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA A LA ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, lugar, hora y fecha de los hecho que narra? CONTESTO:” Eso fue en la urbanización de puerto morro villa 380 el día de hoy 12-04-07, como a las 02:00 horas de la tarde.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato o comunicación a la adolescente DANYI VICET? CONTESTO: “Si, la conozco aproximadamente desde hace dos años”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de teléfono en cuestión? CONTESTO: “un teléfono marca LG, color PLATEADO, modelo LG-MD2330.” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número del teléfono en cuestión? CONTESTO: “0414-0937614” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, hace cuanto tiempo le vendió el teléfono a la adolescente antes mencionada? CONTESTO: “hace como un año aproximadamente” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que persona le compro el teléfono en cuestión? CONTESTO: “Lo compre directamente a la sede principal de Movistar” SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, que tiempo estuvo usted con el mencionado teléfono”? CONTESTO: “Como un mes aproximadamente” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee documentos del teléfono en cuestión? CONTESTO: “No, yo se los entregue a la adolescente cuando le vendí el teléfono” NOVENA PREGUNTA: Diga usted, tiene algo mas que agregar a la presente entrevista? CONTESTO: “No. Es todo Terminó

  9. -ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 12/04/2007, suscrita por INSPECTOR J.Z. y J.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: “En horas de la mañana del día de hoy, prosiguiendo con las actas procesales relacionadas con el numero de expediente H-337-826, que se instruye por ante este Despacho por uno de los delitos Contra Las Personas, me trasladé en compañía del funcionario J.Z., en la unidad P-146, hacia la Urbanización Puerto Morro, de Lecherías Estado Anzoátegui, con la finalidad de ubicar a los ciudadanos J.G.A. y Z.A., quienes posee los móviles 0414-0937614 y 0416-3814387 respectivamente, una vez en la referida urbanización y luego de entrevistarnos varios moradores del mismo, nos indicaron la residencia del mismo, donde procedimos a trasladarnos hacia la referida villa una vez en la misma y luego de tocar varias veces la puerta y hacer un compás de espera fuimos atendidos por una persona de sexo masculino, quien quedo identificado de la siguiente manera J.G.A.Z., de nacionalidad Venezolano, natural de Punto Fijo, Punta Cardon Estado Falcón, de 31 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio diseñador grafico, residenciado en la urbanización puerto morro villa 380 en la avenida A.V. de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V-11.772.752, numero de teléfono 0414-7877964, quien manifestó que efectivamente el numero 0414-0937614 se encontraba a nombre de su persona pero que se lo había vendido a la ciudadana VICENT DANYI quien es la hija de la domestica de su residencia y que el señor Z.A. era su hermano y que el móvil 0416-3814387 estaba a nombre del mismo y que también se lo había vendido a la ciudadana M.R., quien es la domestica de su casa y progenitora de DANYI VICENT, luego de escuchar lo antes expuesto se le libro boleta de citación a nombre de su hermano Z.A. y sus domesticas antes mencionada a fin de que compareciera por ante este Despacho a fin de rendir su respectiva entrevista, es todo. ”

    11 ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 1/04/2007, DEL CIUDADANO J.G.V., de nacionalidad Venezolano, natural de San Félix, estado Bolívar, de 43 años de edad, estado civil casado, profesión Comerciante, residenciado en la calle Neveri, numero B-18, Pozuelo, de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V-8.326.848, teléfono 0416-7841093, quien indico textualmente lo siguiente: Resulta que el día de hoy en horas de la mañana llegaron a mi negocio dos funcionarios de este Cuerpo Policial y me preguntaron si a mi local llegaban varios muchachos a limpiar el frente del negocio y yo les conteste que si lo hacían pero no se donde viven y ni como se llaman. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA AL CIUDADANO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, Lugar hora y fecha de la ultima vez que observo a los muchachos que le limpian el frente de su local comercial? CONTESTO: A uno de ellos que llaman el menor lo vi hace como unos tres días” SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, las características fisonómicas de los muchachos que limpian en las afueras de su local comercial? CONTESTO: “El que llaman el menor es de contextura delgada de piel morena, de estatura aproximada un metro setenta y ocho centímetros, como 18 años aproximadamente, con bigote escaso, y el otro es de contextura delgada, de piel clara, de estatura como un metro setenta y ocho centímetros” TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de donde residen lo sujetos en cuestión? CONTESTO: “No, pero siempre que se van es hacia la entrada de pozuelo” CUARTA PREGUNTA: Diga usted, cuando fue la ultima vez que observo a estas personas? CONTESTO:” El mas jovencito estuvo anoche limpiando en mi negocio” QUINTA PREGUNTA: Diga usted, el nombre de su local comercial y donde queda ubicado? CONTESTO: Se llama la parada de la QRDA, ubicada en la avenida Intercomunal, sector Sierra maestra, cerca de la Pasarela de Pozuelo, en esta ciudad” SEXTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser ubicadas las personas que limpian frente a su local comercial? CONTESTO: “No, solo se la pasan por el sector recogiendo latas, limpiando y recogiendo botellas” SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, los sujetos mencionados en la entrevista le han llegado a vender alguna clase o tipo de objetos? CONTESTO: Solo botellas cerveza y tienen que ser de la marca REGIONAL, que es la que vendo mas en mi negocio” OCTAVA PREGUNTA. Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO:”No“Es todo.” “”

  10. -INSPECCION TECNICO POLICIAL nº 834 DE FECHA 19-03-2007, SUSCRITA POR Sub-Comisario O.Z., Detectives CASTELLANO YOSELIX Y FEBRES JUAN, Agentes QUERECUTO HENRI Y J.A., ADCSRITOS AL Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Sub. Delegación Puerto La Cruz, la cual indica lo siguiente: “El lugar a inspeccionar trátese de un sitio del suceso de los denominados CERRADO, correspondiente a una vivienda, ubicada en la dirección antes mencionada, se aprecia un nivel de temperatura ambiental calido, regular iluminación natural y visibilidad física, todos estos aspectos físicos presentes para el momento de realizar la respectiva inspección técnica. Continuando con dicho acto se deja ver que la mencionada vivienda presenta su fachada en sentido Norte, elaborada en bloques Frisados y revestidos de color amarillo y blanco, como medio de acceso una reja elaborada en metal revestida de color blanco del tipo batiente, en la cerradura de la misma se observa en la parte interna un manojo de llaves la cual fue colectada, seguidamente una puerta elaborada en madera revestida de color blanco del tipo batiente, la cual presenta violentada su cerradura y desprendida de su sitio original, al trasponer la misma se percibe un olor nauseabundo y se observa en sentido norte la sala con paredes elaboradas en bloques frisados y revestidos de color amarillo, techo de laminas de zinc, justo en esta se aprecia sobre el suelo el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino en posición decúbito ventral, en avanzado estado de descomposición, con sus manos atadas detrás del mismo por medio de un segmento de tela de los comúnmente usados para zapatos, el mismo al ser removido fue fijado y colectado, orientadas en sentido este, sus extremidades inferiores con sus terminaciones (pies) ligeramente flexionadas y también atados por medio de una correa de cuero de color negro, que el ser removida resulto ser marca DIESEL, la misma fue fijada y colectada. Así mismo dicho cadáver presenta su región cefálica orientada en sentido oeste, el mismo no portaba vestimenta alguna. En dicho lugar se observo a 30 centímetros del cadáver una cerradura de color gris, marca CISA, además cuatro (04) tornillos de color gris la cual fueron fijadas y colectados, del lado izquierdo vista del observador se aprecia una vitrina o chifonier de madera con puertas de vidrios, dentro del cual fue localizado un sobre color amarillo contentivo de dieciocho fotografías, las cuales fueron colectadas. Prosiguiendo con la inspección, se aprecia en sentido norte con vista al observador tres habitaciones donde: Una habitación sin puerta protectora la cual funge como comedor, donde se observa sus paredes elaboradas de bloques frisados y revestidas de color amarillo, se nota la mesa del comedor y cuatro sillas; una habitación con puerta elaborada de madera de color blanco la cual funge como baño donde se observa sus paredes elaboradas de bloques frisados y revestidas de color azul y blanco, se nota objetos acordes al área; una habitación que funge como dormitorio, con sus paredes de color azul y en su interior se aprecia la misma en estado de desorden y registro; en sentido este se observa una habitación que funge como dormitorio con sus paredes elaboradas de bloques frisadas y revestidas de color amarillo y donde se notan objetos acordes al lugar; en sentido sur se observan dos habitaciones elaboradas en bloques frisados y revestidas de color morado con blanco y la otra de color azul, donde se aprecia objetos y materiales acordes al lugar. Dicha vivienda se encuentra en aparente estado de abandono. Seguidamente se tomaron fotografías en carácter General identificativas y de detalles del cadáver, copias de las cuales se anexa al original del presente informe. Como evidencias de interés criminalistico, Además de lo ya mencionado se colectó al cadáver lo siguiente: Muestras de capaz corneas, apéndices pilosos, frotesis anal, un segmento de gasa impregnada de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hematica; una sabana color blanca la cual fue fijada y colectada por expertos Criminalisticos del Laboratorio de la Sub-Delegación de Barcelona; Se ubicaron y trasplantaron rastros dactilares en el sitio del suceso. Dichas evidencias serán enviadas a los departamentos técnicos correspondientes a fin de que sean sometidas a las respectivas experticias ”

  11. -EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO nº 119 DE FECHA 22-03-2007, suscrita por la experto CASTELLANO YOSELIX, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, practicada:

  12. - UNA (01) CERRADURA; elaborada en metal, color gris, marca CISA, la misma se halla en regular estado de uso y conservación.-

  13. - CUATRO (04) TORNILLOS, elaborados de metal, color gris, con una longitud de 60 milímetros y un espesor de 5 milímetros, el mismo presenta en su superficie una caída para destornillador tipo estría.-

  14. - UNA (01) CORREA, elaborada en cuero, color negro, con una longitud de 117 centímetros y un espesor de 3.5 centímetros, la cual presenta una hebilla elaborada en metal color plateada, marca DIESEL, con una longitud de 8 centímetros y un ancho de 4.3 centímetros.-.

  15. - UN (01) SEGMENTO DE TELA, color negro, con una longitud de 40 centímetros, de los comúnmente usados para zapatos, el cual presenta varios nudos.-

  16. -.-ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 13/04/2007, suscrita por INSPECTOR J.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: En horas de la mañana del día de hoy, prosiguiendo con las actas procesales relacionadas con el numero de expediente H-337-826, que se instruye por ante este Despacho por uno de los delitos Contra Las Personas, me trasladé en compañía del funcionario J.Z., en la unidad P-146, hacia el sector de Sierra Maestra de esta ciudad, específicamente hacia la calle R.P. con nueva granada, sector II, casa numero 120-01, Puerto la C.E.A., con la finalidad de ubicar a la ciudadana RIOS DE VALERI ISANDYA JOSEFINA, ampliamente identificada en auto anteriores por ser parte victima en el citado caso, con la finalidad de colocarle de vista y manifiesto unos objetos que presuntamente guarda relación con el presente caso, una vez en la referida dirección fuimos recibidos por la referida ciudadana quien luego de identifícanos como funcionarios de este cuerpo policial, nos indico ser la persona requerida por la presente, así mismo nos manifestó que la persona que tenia mas contacto con el hoy occiso era su sobrino MERWIN AZOCAR, y que el mismo también podía reconocer algún objeto perteneciente a su tío occiso, luego de escuchar lo antes expuesto procedí a librarle boleta de citación a los ciudadana antes mencionada y a su sobrino de nombre MERWIN AZOCAR, a fin de que comparezca por ante este Despacho a fin de rendir entrevista, es Todo

  17. - ACTA DE ENTREVISTA DEL CIUDADANO RIOS DE VALERI ISANDYA JOSEFINA, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 46 años de edad, estado civil casada, profesión Docente, residenciado en Calle R.P. con Nueva Granada, sector II, casa Nro 120-1, Barrio Sierra Maestra de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V-6.878.433, quien manifestó lo siguiente: ““ Me encuentro en esta oficina ya que fui citada a fin de identificar y reconocer unos objetos que se encuentran acá, presuntamente relacionados con la muerte de mi primo O.A. RIJO VALERI. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA AL CIUDADANO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, reconoce los objetos que se le ponen de vista y manifiesto? ( DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 234 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, EL DESPACHO DEJA CONSTANCIA DE HABERLE PUESTO DE VISTA Y MANIFIESTO UN TELEFONO CELULAR MARCA NOKIA, MODELO 1255, COLOR AZUL Y BLANCO, SERIAL 1AA512B4, SIETE PLATOS DE COLOR BLANCO, ONCE VASOS DE DIFEENTES MODELOS, CUATRO COPAS Y UNA JARA, TODO DE VIDRIO) CONTESTO: “Si, ese es el teléfono de mi primo, al igual que los platos, copas y vasos, los cuales tenia dentro de la vitrina o chifoniel que estaba en la sala de la casa? SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: “Es todo

  18. - ACTA DE ENTREVISTA DEL CIUDADANO MERWIN J.A.R., de nacionalidad Venezolano, natural de esta ciudad, de 27 años de edad, estado civil soltero, profesión T.S.U en seguridad, residenciado en la avenida prolongación paseo colon edificio numero 5 el paraíso de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V-14.476.360, quien manifestó textualmente; “Bueno resulta que el día lunes 19 de marzo recibí una llamada donde me informaban que de la casa de mi tío O.A., salían malos olores y que las puertas y ventanas estaban abiertas, por lo cual me trasladé al sitio junto con mis otros familiares, vimos a través de la reja y fue cuando vimos el cadáver de mi tío tirado en el suelo, maniatado y ya estaba descompuesto, por lo cual se le dio aviso a las autoridades competentes quienes posteriormente procedieron a sacar el cadáver. Bueno, eso fue en esa oportunidad, ahora me citaron para reconocer unas cosas que se recuperaron en este Despacho. es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA AL CIUDADANO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado? CONTESTO: “Eso fue en la casa de mi tío antes mencionada, ubicada en la Avenida Intercomunal, sector Sierra Maestra, de esta Ciudad, no recuerdo el número de l casa, el hallazgo fue el día Lunes 19-03-07, pero e presume que la muerte fue unos días antes ya que el día viernes 16-03-07, fue la ultima vez que e vio con vida por el sector.” SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de con quién habitaba su tío hoy occiso en el referido lugar? CONTESTO: “Bueno, él estaba viviendo solo y yo lo visitaba de vez en cuando.” TERCERA PREGUNTA: Diga usted, que se dedicada su tío O.A. RIJO VALERI, hoy occiso? CONTESTO: “El era educador en una escuela por el sector de carrizales.” CUARTA PREGUNTA: Diga usted, que objetos poseía su tío antes mencionado en su residencia? CONTESTO: “Bueno, el tenia una cama, un televisor de 20 pulgadas, pero estaba dañado, tenia un chifoniel en la sala donde tenia unos vasos, copas y platos, tenia muebles y u ropa, tenia pocas cosas.” QUINTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de las características del teléfono celular que poseía su tío, hoy occiso? CONTESTO: “Si, era un NOKIA, DE COLOR AZUL y BLANCO, el cual e lo había regalado mi prima Z.V., cuyo número es 0416-0838784.” SEXTA PREGUNTA: Diga usted, su persona sospecha de alguna persona en particular como autora del hecho donde perdiera la vida su tío en cuestión? CONTESTO: “No, de nadie.” SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, reconoce los objetos que se le ponen de vista y manifiesto? ( CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 234 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, EL DESPACHO DEJA CONSTANCIA DE HABERLE PUESTO DE VISTA Y MANIFIESTO UN TELEFONO CELULAR MARCA NOKIA, MODELO 1255, COLOR AZUL Y BLANCO, SERIAL 1AA512B4, SIETE PLATOS DE COLOR BLANCO, ONCE VASOS DE DIFEENTES MODELOS, CUATRO COPAS Y UNA JARA, TODO DE VIDRIO) CONTESTO: “Si, ese es el teléfono de mi tío, al igual que los platos, copas y vasos, los cuales tenia dentro de la vitrina o chifoniel que estaba en la sala de la casa? NOVENA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo amas a la presente entrevista? CONTESTO: “Es todo”

  19. - ACTA DE ENTREVISTA DEL CIUDADANO RIOS DE VALERI ISANDYA JOSEFINA, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 46 años de edad, estado civil casada, profesión Docente, residenciado en Calle R.P. con Nueva Granada, sector II, casa Nro 120-1, Barrio Sierra Maestra de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V-6.878.433, quien manifestó textualmente lo siguiente: Bueno, resulta que en horas de la tarde de hoy nos informaron que en la casa de mi primo O.A., había mal olor y muchas moscas dentro, y que las ventanas estaban abiertas, por lo cual varios familiares nos fuimos hasta allá, llamamos a la Policía para que nos acompañan, luego que nos hicimos presentes nos cercioramos que dentro de la casa estaba el cadáver de mi primo, procedieron a sacarlo y a mi m trajeron a esta Oficina. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA AL CIUDADANO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado? CONTESTO: “Eso fue en la casa de mi primo, ubicada en la Avenida Intercomunal, sector sierra maestra, casa Nro 634, en horas de la tarde de hoy.” SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, en compañía de quien habitaba en dicho lugar, su primo hoy occiso? CONTESTO: “El estaba viviendo solo allí.” TERCERA PREGUNTA: Diga usted, cuando fue la ultima vez que vio con vida a su primo O.A. RIJO VALERI, hoy occiso? CONTESTO: “El día viernes 16-03-07, como a las cinco de la tarde, él estaba en casa de mi suegra en la calle Monagas, desde allí no e supo mas de él.” CUARTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que su primo hoy occiso tuviera problemas con alguna persona en particular? CONTESTO: “No lo creo porque él era muy tranquilo.” QUINTA PREGUNTA: Diga usted, a que se dedicaba su primo en cuestión? CONTESTO: “El era docente.” SEXTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que de la residencia de su primo hoy occiso haya sido sustraído algún objeto? CONTESTO: “Bueno, si faltaron cosas, notamos que no estaba su celular, el chifoniel que está en la sala estaba abierto y faltaban una copas y vasos de él, y otras cosas que no recuerdo ahora.” SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, las características del teléfono celular de su primo hoy occiso? CONTESTO: Si, era un NOKIA, DE COLOR AZUL y BLANCO, el cual se lo había regalado mi prima Z.V., cuyo número es 0416-0838784, a dicho teléfono hemos llamado pero está apagado.”. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, los datos filiatorios de su primo hoy occiso? CONTESTO: El se llamaba O.A. RIJO VALERI, Venezolano, natural de esta Ciudad, de estado civil soltero, de profesión u oficio docente, de 57 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.010.537? NOVENA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que su primo, hoy occiso, tuviera alguna relación amorosa? CONTESTO: “No, ni tenia hijos.” DECIMA PREGUNTA: Diga usted, sospechan de alguna persona en particular como autora del hecho? CONTESTO: “No.” DECIMA PRIMERA: Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: “Es todo.” TERMINO, SE LEYO Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN “”

  20. .-ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 13/04/2007, suscrita por INSPECTOR J.Z., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo las averiguaciones relacionadas con las actas procesales signadas con el numero H-337.826, que se siguen por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas, y por cuanto en esta sede se encuentra presente la ciudadana R.M., titular de la Cédula de Identidad número V-10.463.004, plenamente identificada, luego que la misma fue entrevistada, me constituí en comisión en compañía del funcionario J.A., en vehículo particular, conjuntamente con la precitada ciudadana, hacia el sector Pozuelo de estas Ciudad, a fin de ubicar a su hijo L.R.V., una vez establecidos en el elevado de Pozuelo, dicha ciudadana nos guió hacia la parte baja del mismo y nos llevó a una vivienda, donde previa identificación como funcionarios de este Cuerpo, pudimos ubicar al ciudadano requerido, quien luego fue identificado como VICET R.L.R., Venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de estado civil soltero, de profesión u oficio cauchero, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-19.980.849, residenciado en la Calle Las Flores, Casa sin número I. deC. II, el mismo al ser consultado en relación a que si poseía algún teléfono celular nos manifestó que si y procedió a buscarlo dentro de la residencia y hacernos entrega del mismo, al cual presente las siguientes características: marca NOKIA, modelo 1255, serial 1AA512B4 y 0532266EN2303, color azul y gris, al ser revisado se constató que el número asignado es 0416-0838784, al mismo tiempo dicho ciudadano manifestó que se lo había comprado a dos sujetos conocidos por el sector como LOS MENORES, quienes deambulan sin residencia fija y que se dedican a recoger latas y generalmente cometen fechorías, inmediatamente procedimos a realizar un recorrido por las adyacencias en busca de dichos sujetos, pero con resultado infructuoso, sin embargo pudimos observar en un terreno baldío cercano al mencionado elevado y frente a la estación de servicios Pozuelo un lugar con signos de que pernoctan personas de la calle o indigentes, siguiendo con el pesquisaje y mediante indagaciones tuvimos conocimiento que los referidos sujetos frecuentan en la licorería QRDA, la cual se encuentra ubicada en la Avenida Intercomunal, sector Sierra Maestra, frente a la Pasarela, por lo cual nos dirigimos al sitio y presente allí fue negativa la ubicación de los mismo, de igual forma nos entrevistamos con el propietario de establecimiento quien fue identificado como J.G.V., Venezolano, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.326.848, quien al ser consultado en relación a los sujetos nos manifestó que en efecto frecuentan en lugar y le realizan alguna limpieza al frente y que uno es conocido como EL MENOR, por lo cual le fue librada boleta de citación para que posteriormente comparezca por este Despacho. En vista de que la búsqueda nos resultó infructuosa procedimos a regresar a la Sede trasladando al ciudadano VICET R.L.R. a fin de ser entrevistado debidamente y al teléfono celular se le realizó la respectiva planilla de remisión. Es todo”

  21. .-ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 13/04/2007, suscrita por INSPECTOR J.Z., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo las averiguaciones relacionadas con las actas procesales signadas con el numero H-337.826, que se siguen por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas, y por cuanto se tuvo conocimiento que los sujetos mencionados como LOS MENORES, habían negociado un juego de vajillas en el Barrio 17 de Junio el cual se encuentra ubicado al lado de la R.V.Z. deB., en horas de la noche de hoy me trasladé en compañía de los funcionarios Inspector Jefe L.G., Agentes J.A., JORGE MARCANO, ARAQUE MARWIN, FALCON ALIMIR, PEÑA OMAR y HEILER OJEDA, hacia el referido sector a fin de constatar dicha información, una vez en la zona procedimos a realizar un arduo pesquisaje y mediante indagaciones tuvimos conocimiento que en el sector existe un ciudadano conocido como EL NIÑO quien compra desechos de aluminio, por lo cual logramos ubicar la residencia especifica y presentes en la misma, previa identificación como funcionarios de este Cuerpo fuimos atendidos por los propietarios del inmueble quienes fueron identificados como O.I.L. AGREDA, (EL NIÑO), Venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.436.707, residenciado en el mencionado Barrio, sector B, casa Nro. 128, el mismo manifestó que en efecto compraba y vendía desechos de aluminio y que en una oportunidad a su residencia se presentaron dos sujetos que acostumbran venderle ese tipo de material, uno de ellos conocido como EL MENOR y le vendieron a su esposa unos platos, vasos y copas, por la cantidad de Veinte mil bolívares, por lo cual procedimos a identificar a la esposa como SAN VICENTE IRIDA DEL CARMEN, Venezolana, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V-16.893.508, quien nos certificó la información aportada indicando que se encontraba sola para el momento de comprar los objetos, acto seguido de manera voluntaria dichas personas procedieron a hacerle entrega a la comisión de los mismos los cuales constan de Una Jarra, cuatro copas, once vasos, todos de cristal y siete platos de color blanco, por lo cual le fue librada boleta de citación a dicha ciudadana para que comparezca por ante este Sede y a los objetos se les elaboró planilla de remisión. Es todo”. Termino se leyó y estando conforme firma…

  22. .-ACTA DE INVESTIGACION, DE FECHA 13/04/2007, suscrita por INSPECTOR J.Z., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz, quien deja constancia de lo siguiente: Prosiguiendo las averiguaciones relacionadas con las actas procesales signadas con el número H-337.826, que se siguen por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra las Personas, en horas de la mañana de hoy me trasladé en compañía del funcionario J.A., hacia los sector de Elevado de Pozuelo, Sierra Maestra-Avenida Intercomunal e I. deC. II de esta Ciudad, a fin de tratar de ubicar a los sujetos mencionados como LOS MENORES, por lo cual procedimos a realizar varios rastreos y recorridos por todas y cada una de las calles, sostuvimos conversación con algunos comerciantes de la zona y logramos obtener información que en efecto los sujetos descritos deambulan por los diferentes sector pero que desde hace varios días no son vistos, de igual forma supimos que solo uno de ellos es llamado el MENOR y el otro JESUS y que porque andar juntos los llaman “LOS MANORES,” asimismo tuvimos conocimiento que dichos sujetos han estado detenidos por sospechosos en algunos delitos. En vista de los resultados negativos en cuanto a la ubicación de dichos sujetos, optamos en regresar al Despacho y me trasladé a la Sala Técnica a fin de verificar si en los archivos decadactilares llevados por esa sala aparecen registrados los sujetos en referencia, y luego de una minuciosa búsqueda, mediante el apodado señalado como Banda LOS MENORES de Pozuelo, logré obtener tarjetas de reseñas R6 de dos sujetos quienes fueron identificados como J.C.J., (Alias JESUS) Venezolano, natural de la Guaira, Estado Vargas, soltero, nacido el 24-07-91, de 15 años de edad, soltero, de profesión no definida, Indocumentado, hijo de Yemilet Jiménez y F.O., y MONTANA G.J.A. (apodado EL MENOR), Venezolano, natural de esta Ciudad, soltero, profesión no definida, nacido el 22-09-83, de 23 años de edad, Indocumentado, hijo de V.G. y J.M., ambos sin residencia fija; posteriormente me trasladé a la Sala de SIIPOL, a fin de verificar en el Sistema Computarizado y mediante enlace DIEX si dichas personas registran, obteniendo como respuesta que no aparecen registrados en dicho sistema. Es todo”. Termino se leyó y estando conforme firma

  23. -PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 242-2007, suscrita por la G.C., practicado a quien en vida se llamara OSWALDO RIJO VALERI, causa de la muerte Hipoxia Cerebral debido a asfixia mecánica por sofocación.

    Por lo expuesto, ciudadano Juez, en vista de las actuaciones practicadas se evidencia la comisión de un hecho punible que constituye el delito de “HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO”, previsto en el Articulo 406 ordinal 1ero, en concordancia con el artículo 457 ambos del Código Penal Venezolano.

    Así mismo quedando claro un peligro de fuga evidente y flagrante de quien de acuerdo a declaraciones de testigos no posee residencia fija donde pueda ser ubicado, debido a que el mismo vive a la intemperie y como quiera que entendemos que es practica Judicial que no estando a derecho el imputado ante de proceder al pronunciamiento del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se libre Orden de Aprehensión que haga posible la presentación forzosa de el Imputado ante el Tribunal, solicito se libre ORDEN APREHENSIÓN al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica (División De Captura) con el expreso señalamiento de que el imputado debe ser incluido en el sistema policial como persona solicitada por ese Tribunal.

    Ahora bien, la Representante del Ministerio publico, presento conjuntamente a la solicitud en cuestión, copias certificadas del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Puerto la Cruz, entre las que se evidencia las siguientes: 1º) Inspección Técnico Policial Nro. 834 de fecha 19-03-07 practicada por los funcionarios OEWALDO ZACARIAS, CASTELLANO YOSELIX y FEBRES JUAN, QUERECUTO HENRY y J.A., en la avenida intercomunal casa numero 604 sector Sierra maestra Puerto la C.E.A., en la cual se deja constancia “El lugar a inspeccionar trátese de un sitio de suceso denominado cerrado correspondiente a una vivienda ubicada en al dirección antes mencionada…presenta como medio de acceso una reja elaborada en metal revestida de color blanco de tipo batiente en al cerradura de la misma se observa en al parte interna un manojo de llaves la cual fue colectada, seguidamente un puerta elaborada en madera revestida de color blanco del tipo batiente la cual presenta violentada su cerradura y desprendida de su sitio original al trasponer la misma se percibe un olor nauseabundo y se observa en sentido norte la sala…justo en esta se aprecia sobre el suelo el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino de posición decúbito ventral en avanzado estado de descomposición con sus manos atadas detrás del mismo por medio de un segmento de tela de los comúnmente usados para zapatos el mismo al ser removido fue fijado y colectado, orientadas en sentido este sus extremidades inferiores con sus terminaciones (pies) ligeramente flexionadas y también atados por medio de una correa de cuero de color negro que al ser removida resulto ser marca Diesel la misma fue fijada y colectada. Así mismos dicho cadáver presenta su región cefálica orientada en sentido oste el mismo no porta vestimenta alguna. En dicho lugar se observo a 30 centímetros del cadáver una cerradura de color gris marca Cisa a demás cuatro tornillos de color gris las cuales fueron fijadas y colectadas, del lado izquierdo vista del observador se aprecia una vitrina o chifonier de madera con puerta de vidrio dentro del cual fue localizado un sobre de color amarillo contentivo de dieciocho fotografías las cuales fueron colectadas…como evidencia de interés criminalistico además de lo ya mencionado se colecto al cadáver lo siguiente: muestras d capas corneas, apéndices pilosos, frotesis anal, un segmento de gasa impregnada de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hematica, una sabana de color blanca….se ubicaron y transplantaron rastros dactilares en el sitio del suceso…” 2º) Acta de entrevista de fecha 19 de Marzo de 2007, rendida previa citación por la ciudadana RIOS DE VALERI ISANDYA JOSEFINA quien manifestó “Bueno resulto que en horas de la tarde del día de hoy nos informaron que en la casa de mi primo O.A. había mal olor y muchas moscas dentro y que las ventanas estaban abiertas por lo cual varios familiares nos fuimos hasta allá, llamamos a la policía para que nos acompañara luego que nos hicimos presentes nos cercioramos que dentro de la casa estaba el cadáver de mi primo…Tiene conocimiento que de la residencia de su primo hoy occiso haya sido sustraído algún objeto? Contesto: Bueno si faltaron cosas notamos que no estaba su celular, el chifoniel que esta en la sala estaba abierto y faltaban unas copas y vasos de el…” 3º) Acta de entrevista de fecha 12 de abril de 2007, rendida previa citación por el ciudadano VICENT R.L.R. quien manifiesta que el día domingo 18-03-07 se encontraba en su casa en eso llegaron dos chamos que son huele pega y recoge lata que se la pasan por el sector y uno de ellos e dijo “Mira vamos a véndete este teléfono” y le mostró un celular marca Nokia color azul y blanco, y le pregunto en cuanto, y el le dijo que en treinta mil, y le dijo que lo que le podía dar era veinticinco mil bolívares y le dio esa cantidad, le entregaron el teléfono, así mismo señalo el ciudadano VICENT R.L.R. que los sujetos le ofrecieron unos platos y unos vasos y ellos lo vendieron en el Barrio 17 de Junio a una persona a quien le venden aluminio. 4º) Acta de Entrevista de fecha 13-04-07, rendida previa citación por la ciudadana SAN V.I.D.C. quien señala que debido a que ella compra aluminio y chatarras aproximadamente un mes a las 02:00 horas de la madrugada un muchacho a quien le dicen “El Menor” y otro muchacho desconocido, llegaron a su residencia ubicada en el Urbanización 17 de Junio de Barcelona y le vendieron un juego de vajillas de vidrio debido a que siempre le compra aluminio al Menor en la cantidad de veinte mil bolívares. 5º) Acta de Entrevista de fecha 13-04-07, rendida previa citación por la ciudadana MERWIN J.A.R. quien manifiesta que el día lunes 19 de Marzo recibió una llamada donde le informaban que de la casa de su tío O.A. salían malos olores y que las puertas y ventanas estaban abiertas por lo cual se traslado al sitio junto con sus otros familiares y fue cuando vieron el cadáver de su tío tirado en el suelo maniatado y estaba descompuesto, así mismos reconoció el teléfono celular marca Nokia recuperado propiedad de la victima, igualmente los platos , copas y vasos recuperados como los mismos que se encontraban dentro d el vitrina o chifoniel que se encontraba en la casa de su tío O.A.. 6º) Acta de Entrevista de fecha 13-04-07, rendida previa citación por la ciudadana RIOS DE VALERI ISANDYA JOSEFINA quien manifestó reconocer el teléfono, platos, vasos y copas recuperados como los mismos que eran propiedad de su primo O.A., señalando que estos últimos se encontraban en la vitrina o chifoniel que estaba en la sala de la casa. 7º) Experticia de Reconocimiento técnico Legal Nro. 122 de fecha 19-03-07 practicada por los funcionarios CASTELLANOS YOSELIX sobre un llavero elaborado en metal de color gris, en forma de gancho contentivo de nueve llaves…” 8º) Experticia de Reconocimiento técnico Legal Nro. 119 de fecha 19-03-07 practicada por los funcionarios CASTELLANOS YOSELIX sobre una cerradura elaborada en metal color gris marca cisa, cuatro tornillos elaborados en metal color gris con una longitud de sesenta milímetros y un espesor de 5 milímetros el mismo presenta en su superficie una caída para destornillador tipo estría, una correa elaborada en cuero color negro con una longitud de 117 centímetros y un espesor de 3.5 centímetros la cual presenta una hebilla elaborada en metal color plateado marca Diesel con una longitud de 8 centímetros y un ancho de 4.3 centímetros, un segmento de tela color negro con una longitud de cuarenta centímetros…” 9º) Relación de llamadas del móvil 04160838784. 10º) Protocolo de Autopsia, signado con el Nº 242-07 (o47) de fecha 19/03/2007 practicado por el funcionario G.C., al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de O.A. RIJO VALERY, en el cual deja constancia que el mismo presento asfixia mecánica por oclusión de las vías áreas superiores (sofocación), signos titulares de hipoxia, putrefacción gaseosa, causa de muerte hipoxia cerebral debida a asfixia mecánica por sofocación.

    Así las cosas, analizadas las actuaciones anteriores así como el petitorio Fiscal, cabe señalar lo siguiente: El articulo 44 Numeral 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela dispone: “La libertad personal es inviolable, en consecuencia ninguna persona puede se llamada o detenida, sino en virtud de una orden judicial, a menos de que sea sorprendida in fraganti”.

    El articulo 37 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente prevé: “Todo los niños y adolescente tienen derecho a la libertad personal, sin mas limites que los establecidos en la Ley. No pueden ser privados de ella ilegal o arbitrariamente”.

    El articulo 551 de la citada Ley, establece: “La investigación tiene por objeto confirmar y destacar la sospecha fundada de la existencia de un hecho punible y determinar, en el primer caso, si un adolescente concurrió en su perpetración”.

    En este orden de ideas, el articulo 559 Ejusdem dispone: “identificado el adolescente el Ministerio publico podrá solicitar su detención para asegurar su comparecencia a la audiencia preliminar. A tal efecto, lo conducirá ante el Juez de Control dentro de las veinticuatro horas siguientes a su ubicación y aprehensión…”

    Ahora bien del análisis de las actuaciones antes descritas resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública como es el delito de “HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO”, cuya acción penal no está prescrita y la cual admite la privación de libertad como sanción ; e igualmente de las mismas se desprenden fundadas sospechas de la participación del adolescente ciudadano J.A. MONTANA GARCIA, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y por cuanto el prenombrado adolescente no posee residencia determinada ; en consecuencia llenos los extremos del artículo 250, 251 Y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente es por lo que considera este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, procedente DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano Identificado por la Representante del Ministerio Público como J.A. MONTANA GARCIA y se comisiona suficientemente para ello al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas (División de Captura a Nivel nacional), quienes deberán ponerlo a la orden de la Fiscalia Sexta Encargada del Ministerio publico, inmediatamente después de su aprehensión, a los efectos de presentarlo ante este Tribunal de Control dentro de las veinticuatro horas siguientes a su aprehensión. Y así se decide.

    Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el petitorio Fiscal y consecuencialmente la APREHENSION del ciudadano J.A. MONTANA GARCIA, quién es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 22 de Septiembre de 1983, de 23 años de edad, Indocumentado, hijo de los ciudadanos V.G. y J.M., sin residencia fija; y a tales efectos se comisiona suficientemente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas (División de Captura a Nivel Nacional), quienes una vez practicada dicha comisión, deberán colocarlo a disposición de la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico. Líbrese Orden de Ubicación y Aprehensión, al referido Cuerpo Policial y Notifíquese a la Fiscal del Ministerio publico. Y así se decide. Cúmplase.

    LA JUEZ DE CONTROL Nº 06;

    DRA. ALEXA GAMARDO RIVERO

    ELSECRETARIO DE GUARDIA;

    ABOG. C.A. BASTARDO

    Resolución: Orden de Aprehensión

    Fecha: 14-04-2007.-

    Asistente: J.L.-

    AGR/CAB

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