Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de Yaracuy, de 31 de Julio de 2007

Fecha de Resolución31 de Julio de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
PonenteMary Salcedo
ProcedimientoAccidente De Trabajo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2006-000233

PARTE DEMANDANTE W.J.G.M.

APODERADOS K.R., inscrita en el IPSA bajo el No. 109.497

PARTE DEMANDADA INSTITUTO DE DEFENSA CIVIL Y DE APOYO EN CASO DE EMERGENCIAS Y DESASTRES NATURALES DEL ESTADO YARACUY (IADCEY)

ABOGADO ASISTENTE Z.P.d.M., inscrita en el IPSA bajo el No. 38.391

MOTIVO ACCIDENTE DE TRABAJO

En la ciudad de San F.E.Y. a los treinta y un (31) días de la mes de Julio del año 2007, siendo las tres de la tarde (03:00 P. M), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Juez M.S.S.d. D’ENJOY, anunciado como ha sido el acto conciliatorio fijado y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada para la realización del mismo en la causa signada con el No. UP11-L-2006-000233 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la Demanda por Accidente de Trabajo, incoada por el ciudadano W.J.G.M., representado por el abogado en ejercicio P.C., inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 58.234, CONTRA INSTITUTO DE DEFENSA CIVIL Y DE APOYO EN CASO DE EMERGENCIAS Y DESASTRES NATURALES DEL ESTADO YARACUY (IADCEY), representado por la abogado Z.P., inscrita en el IMPREABOGADO bajo el No.38.391, y la representación de la Procuraduría General del Estado Yaracuy abogado MARYHUSKA ALONSO, quien es venezolana, mayor de edad, inscrita en el

Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 109.450, se encuentra presente el ciudadano J.M.M.V.S., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.170.723, en su condición de Gerente de la sucursal en Yaracuy de RESCARVEN PLANES INTEGRALES DE SALUD, este tribunal da inicio al acto conciliatorio, en el cual la demandada a los fines de dar cumplimiento a lo acordado por ante este Tribunal celebró con la empresa RESCARVEN PLANES INTEGRALES DE SALUD, convenio según el cual la empresa señalada asumiría los gastos de la operación del accionante, así como los gastos pre y post operatorios de la misma, se fijó como fecha para consulta pre-operatoria del accionante por ante el consultorio de RESCARVEN en Parque Cristal para el día 06/08/2007 a las 07:00 a.m., para realizar la operación en una de las Clínicas afiliadas a la empresa. Siendo las tres y treinta minutos de la tarde (3:30 P. M.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

La Juez,

Abg. M.S.S.d. D’ENJOY

La parte demandante, La parte demandada,

P/PROCURADURIA GENERAL

DEL ESTADO YARACUY

La Secretaria,

Abg. G.V.

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