Decisión nº UG012013000234 de Corte de Apelaciones de Yaracuy, de 5 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2013
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteReinaldo Rojas Requena
ProcedimientoRecusacion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy

Corte de Apelación Penal de San Felipe

San Felipe, 5 de Noviembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2013-003911

ASUNTO : UP01-P-2013-003911

MOTIVO: RECUSACION CONTRA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2.

PONENTE: ABG. R.R.R.

Visto escrito dirigido a los Miembros de la Corte de Apelaciones, suscrito por la Abg. M.T.C. y Abg. Moraidy Santeliz, representante de la Fiscalia Sexagésima Quinta a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, competencia contra la Corrupción, Seguros y Mercado de Capitales, quienes interponen Recusación de conformidad con el articulo 88 y 89 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la abogado LIGMAR ALVARADO, Jueza de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, sin entrar a analizar el mencionado escrito y con miras a resguardar el debido proceso y el derecho a la defensa, considerando que las normas procesales son de orden publico, lo cual no puede ser quebrantado en virtud de arreglos entre particulares o cualquier otra circunstancia que vulnere el debido proceso, conforme al articulo 96 de la N.A.P., que establece que la Recusación se propondrá por escrito por ante el Tribunal que corresponda, así mismo, el mencionado articulo refiere que el Juez o Jueza recusada extenderá su informe inmediatamente o en el día siguiente a continuación del escrito de recusación, este Tribunal Colegiado procede a remitir la presente causa al Tribunal de Control N° 2, a los fines de la sustanciación de la incidencia y posterior envío a este Tribunal Colegiado, a quien le corresponde resolver sobre el fondo. Líbrese los oficios correspondientes. Cúmplase

LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES

ABG. D.L.S.N.

JUEZA SUPERIOR PROVISORIA PRESIDENTA

ABG. JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA

JUEZA SUPERIOR PROVISORIO

ABG. R.R.R.

JUEZ SUPERIOR PROVISORIO

(PONENTE)

ABG. MIRLLÁN VEROES

SECRETARIA

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