Decisión nº PJ0092007000020 de Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 23 de Enero de 2007

Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorTribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteRosiris Cecilia Rodriguez Gonzalez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001451

PARTE ACTORA: J.R.H.N.C.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO

PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE EL MORRO, C.A

TERCEROS: SEGUROS BANCENTRO C.A. y TRANSEGURO C.A. DE SEGUROS

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES y ACCIDENTE DE TRABAJO

En el día hábil de hoy 23 de Enero del año 2007, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se dejó expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada TRANSPORTE EL MORRO C.A., representada por su apoderada judicial S.C.A., debidamente inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 20.852, carácter acreditado en autos y por SEGUROS BANCENTRO S.A, representados por su apoderado judicial: DILLA SAAB, inscritos en el I.P.S.A. bajo el N° 67.142, y TRANSEGURO C.A DE SEGUROS representados por su apoderado judicial: DILLA SAAB, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 67.142,. Por cuanto este tribunal observa que se dejó constancia que la Parte Actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los VEINTÍTRES (23) días del mes de enero del año 2007, Años 196° y 147°.

LA JUEZ,

Abg. ROSIRIS C.R.G..

LA SECRETARIA,

Abg. ANMARIELLY HENRIQUEZ

En la misma fecha se publicó la presente sentencia EXPEDIENTE GPO2-L-2006- 0001451 siendo las 11:40 A.M.

LA SECRETARIA,

Abg. ANMARIELLY HENRIQUEZ

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