Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de Lara, de 15 de Junio de 2005

Fecha de Resolución15 de Junio de 2005
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil
PonenteSaul Dario Melendez Melendez
ProcedimientoPartición De Bienes

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 15 de Junio de 2005

Años N°: 195º y 146º

ASUNTO : KH01-X-2005-000090

Por recibido, désele entrada.- Vista la copia certificada del Acta de Inhibición, suscrita por la abogada P.E.C.M., su carácter de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T.d.E.L., contenida en el expediente Nº KH01-X-2005-000090 en el juicio de INHIBICIÓN (PARTCIIÓN DE BIENES) intentado por los ciudadanos MÚJICA A.A.C. y OTROS contra los ciudadanos MÚJICA CAPDEVILLA J.L. y OTROS.-

Y por cuanto es un hecho público y notorio que la Juez Inhibida, Dra. P.E.C.M., en la actualidad no se encuentra desempeñando el cargo de JUEZ del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y T.D.E.L., este Superior Primero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE LA INHIBICIÓN interpuesta por la juez de Primera Instancia antes mencionada, y en consecuencia deberá conocer del presente asunto el Juez que se encuentre a cargo de dicho Juzgado Primero de Primera Instancia.-

Insértese esta inhibición en el Libro de Control de Inhibiciones que se lleva, según decreto de fecha 22-04-87, de este, a los fines legales consiguientes.

De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase otra copia certificada de esta Inhibición para ser agregada al Libro respectivo.-

Regístrese y publíquese y remítase la presente causa a la UNIDAD RECEPTORA DE DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS de este Estado a los fines de su envío al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T.d.E.L..-

EL JUEZ PROVISORIO,

DR. S.M.M.

EL SECRETARIO,

Abg. J.A. MONTES C. Publicada en la misma fecha en horas de Despacho y seguidamente se expidió las copias certificadas conforme a lo ordenado.-

El Secretario,

Abg. J.M.

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