Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de Anzoategui, de 7 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites
PonenteIlmiflor Guevara
ProcedimientoCobro De Bolívares

En horas de despacho del día de hoy Martes 07 de Diciembre del 2010 de dos mil diez, siendo las Once y media (11:30) de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio P.M.F. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada M.F.F. y la Alguacil T.T., en compañía y por indicación de la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada M.B., venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 82.814 a los fines de practicar una Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el Juzgado del Municipio San J. deG. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue la ASOCIACION COOPERATIVA TRANSPORTE MULTISERVICIOS LIBERTADOR, S.B. contra la Empresa SOCIEDAD MERCANTIL ENGINES COMPRESOR & PARTS, C.A . ( ENCOPA). Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora el Departamento Jurídico de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. ubicada en San Tomé, Municipio P.M.F. delE.A. se notificó de su misión a la ciudadana F.Z. , Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 9.897.049 de profesión Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.489 quien ocupa el cargo de Asesor Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Me doy por notificada de la presente Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el Tribunal de la Causa. Seguidamente intervienen la parte actora Abogada M.B. y expone: Solicito muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el Tribunal de la causa sobre cualquier cantidad de dinero liquida y exigible, crédito, acreencia existentes, factura que pudiera tener a su favor la Empresa demandada ENGINES COMPRESOR & PARTS, C.A. Rif.J- 31321485-0 en la Empresa PDVSA Petróleo S.A. hasta cubrir el monto de CIENTO VEINTISEIS MIL CUATRCIENTOS TREINTA CINCO BOLIVARES CON SESENTA YCINCO CENTIMOS ( Bs.126.435,65) que comprende la cantidad demandada mas la suma de las costas procesales y costas por ejecución calculadas prudencialmente por este Tribunal en el Exhorto. Seguidamente interviene la Asesora Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Abogada F.Z. expone: Me informó el Departamento de Finanzas que actualmente la Empresa demandada NO posee acreencias a su favor que cubren la cantidad señalada, posee varios Embargos en su contra un Anticipo y Pasivos laborales a favor de la Empresa P.D.V.S.A por tal motivo a los fines de dar con exactitud la información para dar cumplimiento o no a la Medida Ejecutiva de Embargo me acojo a lo establecido en el Articulo 594 del Código de Procedimiento Civil de informar dentro de los dos días siguientes si la Empresa demandada posee o no acreencias, cantidades de dinero Liquidas y exigibles a su favor en la Empresa P.D.V.SA y hacer si fuera el caso las retenciones pertinentes . Es todo. Seguidamente interviene el Apoderado Judicial de la parte actora plenamente identificado en la presente acta y expone: pido al tribunal Ejecutor ejecute la presente Medida Ejecutiva de Embargo a todo evento a los fines de dar cumplimiento al Mandato Judicial. En este estado este Tribunal Ejecutor práctica la presente Medida Ejecutiva de Embargo en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que confiere la Ley contra la Empresa ENGINES COMPRESOR & PARTS, C.A hasta cubrir el monto de CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA CINCO BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS ( Bs.126.435,65) que comprende el monto demandado mas las costas procesales y de ejecución sobre cualquier cantidad de dinero liquida e exigible, acreencias o contratos a favor de la parte demandada ENGINES COMPRESOR & PARTS, C.A. en la Empresa P.D.V.S.A Petróleo, S.A.. Una vez deducidas las cantidades de dinero deben ser remitidas mediante Cheque de Gerencia al Tribunal de la Causa Juzgado del Municipio San J. deG. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Rif. G200000309. Es todo. Se anexa a la presente copia simple donde se refleja los embargos que tiene la Empresa demandada ENCOPA. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites cumplida su misión declara cerrado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL

LA NOTIFICADA

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA.

LA SECRETARIA

LA ALGUACIL

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