Sentencia nº 40 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 20 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de mayo de 2008

198º y 149º

Oficio Nº TS-SC-08-______

Ciudadana

Magistrada Dra. Y.A.P. deA.

INSPECTORA GENERAL DE TRIBUNALES

Su Despacho.-

Me dirijo a usted, a fin de remitirle copia certificada de la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 586 de fecha 16 de abril de 2008, mediante la cual ACEPTA la declinatoria de competencia que realizara el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, para conocer del recurso de nulidad intentado por la apoderada judicial del Municipio Carrizal del Estado Miranda, contra el artículo 21 de la Ley de División Político Territorial dictada por la Asamblea Legislativa del Estado Miranda y publicada en la correspondiente Gaceta Oficial en fecha 31 de julio de 1989. Asimismo, ANULA el auto de admisión de pruebas dictado el 17 de mayo de 2007 por el Juzgado Superior antes citado y REPONE la causa al estado de admisión de pruebas.

Notificación que se hace, en cumplimiento de lo ordenado en la citada decisión, a los fines legales consiguientes.

L.E.M. LAMUÑO

Presidenta

Exp. Nº: AA50-T-2008-000231

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