Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 27 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2006
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
PonenteMirla Bianexis Malave Saez
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUNTO FIJO.

Punto Fijo 27 de Octubre del 2006

Años: 196º Y 147º

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR CON DESISTIMIENTO

ASUNTO: 4415

DEMANADANTE: J.C.N.V., Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.588.633.

APODERADOS JUDICIALES: F.I.S. PADILLA, ALBRANYER ZAMBRANO MORA, F.G.M., A.Z.A. y N.C.A., inscritos en el inpreabogado bajo los Números: 12.472, 44.151, 50.520, 9.293 y 74.685

DEMANDANDO: Empresas FLAG INSTALACIONES S.A.

APODERADOS JUDICIALES: F.E.G.L. y J.G.D.P., inscritos en el inpreabogado bajo los Números 53.281 y 60.212.

MOTIVO: DERECHOS DERIVADOS DE LA LEY DEL TRABAJO.

En el día de hoy, Veintisiete (27) de Octubre de Dos Mil Seis (2006), siendo las Nueve de la Mañana (09:00 A.m.), día y hora pautados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar fijada en la presente causa, comparecieron a la misma por la parte demandada, Empresa FLAG INSTALACIONES S.A, sus apoderados Judiciales abogados F.E.G.L. y J.G.D.P., inscritos en el inpreabogado bajo los Números 53.281 y 60.212, dejándose constancia de la incomparecencia del Demandante ni por si ni por intermedio de Apoderado Judicial, por motivo de Derechos derivados de la Ley del Trabajo, previo el anuncio de Ley que a viva voz realizara el Alguacil, se constituye este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo como del viejo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, presidido por la Jueza Temporal Abg. M.B.M.S., con el objetivo de dar inicio a la referida audiencia preliminar fijada en la presente causa signada con el Nº 4415, llevada por este Juzgado, Verificada la Asistencia. De seguidas la ciudadana Juez, ordena la verificación de la presencia de las partes, dejándose constancia de la no comparecencia de la parte actora, ciudadano J.C.N.V., Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.588.633, y de este domicilio, ni por si mismo ni por medio de Apoderado Judicial; y asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada Empresa FLAG INSTALACIONES S.A, sus apoderados Judiciales abogados F.E.G.L. y J.G.D.P., inscritos en el inpreabogado bajo los Números 53.281 y 60.212. En virtud de lo cual este Tribunal conforme lo dispuesto en el Artículo 130° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo establecido en su Parágrafo Primero, declara en este mismo acto, EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR PARTE DE LA ACTORA, y por lo tanto, TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, lo cual se reduce mediante la presente acta elaborada en esta misma fecha, a la cual la parte demandante podrá apelar dentro del lapso de Cinco (05) días hábiles a partir de la publicación. En razón de lo declarado, el demandante no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos Noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente decisión. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y LA TERMINACIÓN DEL PROCESO. Regístrese y publíquese. A los Veintisiete (27) de Octubre de Dos Mil Seis (2006), siendo las Nueve y Diecisiete de la Mañana (09:17 A.m.). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-

LA JUEZA TEMPORAL

ABG. M.B.M.S.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA, Empresa FLAG INSTALACIONES S.A

F.E.G.L.

J.G.D.P.

LA SECRETARIA,

ABG. R.M.C.

LA SECRETARIA,

ABG. R.M.C.

Exp. 4415.-

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