Sentencia nº 0525 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Social de 11 de Junio de 2012

Fecha de Resolución11 de Junio de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Social
PonenteAlfonso Rafael Valbuena Cordero
ProcedimientoAuto ordenando practicar cómputo por Secretaría

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

Caracas, once (11) de junio de 2012. Años: 202º y 153º.-

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Practíquese por Secretaría el cómputo de los diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, incluyendo el término de la distancia correspondiente, si lo hubiere.-

El Presidente de la Sala,

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O.A. MORA DÍAZ

El Secretario,

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M.E.P.

Exp. Nº AA60-S-2012-00643

M.E.P., Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, certifica: que el lapso para fundamentar la apelación en la presente, comenzó a correr en fecha once (11) de mayo de 2012, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, hasta el día veinticinco (25) de mayo de 2012, ambas fecha inclusive, los cuales se discriminan de la siguiente manera: 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 mayo del año 2012, todo ello de acuerdo al contenido del articulo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Caracas, once (11) de junio de 2012. Años: 202º y 153º.-

El Secretario,

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M.E. PAREDES

Auto N° 525

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