Decisión de Tribunal Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 1 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución 1 de Mayo de 2006
EmisorTribunal Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteGladys Jazmin Rivas Parada
ProcedimientoAutorización Judicial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

SALA DE JUICIO.

JUZGADO UNIPERSONAL NRO. 2

San Cristóbal, 01 de Junio de 2006

196º y 147º

Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento signado con el Nro. 41.025, oída como ha sido la opinión de la adolescente: S.G.J.M. (f 15) y notificada como está la Fiscalía XV del Ministerio Público en el Estado Táchira (f 16), es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana: N.Y.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-3.061.317, para que proceda aumentar el capital de la Sociedad Mercantil “Pollos Abreus C.A.”, con domicilio en la ciudad de San C.E.T., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nro. 52, Tomo 10-A de fecha 07 de Octubre de 2002, de: UN MILLÓN DE BOLÍVARES (1.000.000,oo BS.) que es el capital actual, a la cantidad de: QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (15.000.000,oo Bs.), procediéndose a emitir catorce mil (14.000) nuevas acciones a razón de un mil bolívares (1.000 Bs.) cada una, a nombre de la mencionada ciudadana: N.Y.M., todo lo cual fue aprobado mediante Acta de Asamblea General Ordinaria de la Sociedad Mercantil “Pollos Abreus C.A.”, celebrada el día 21 de Marzo de 2006 y de la cual su adolescente hija: S.G.J.M.d. 17 años de edad, con cédula de identidad Nro. V-19.135.968, es titular del derecho de propiedad de quinientas (500) acciones. Y ASI SE DECIDE. Entréguese a la parte interesada copia certificada de la presente autorización, comisionando a la oficina de alguacilazgo de éste Tribunal para el trabajo fotostático. Archívese el expediente. Cúmplase.

Abg. G.J.R.P.

Jueza Unipersonal Nro. 2

Abg. G.Y.M.

La Secretaria

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Exp. Nro. 41.025 Secretaria

Jcl.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR