Decisión nº 3073 de Juzgado Superior Civil de Vargas, de 8 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado Superior Civil
PonenteMaría Carolina Mariotto Ortíz
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 08 de Marzo de 2012

Años 201° y 152°

Vencido totalmente como se encuentra el lapso para que las partes presentaran sus informes, y por cuanto ninguna de las partes hizo uso de tal derecho, la Juez quedó en cuenta que deberá pronunciar su fallo dentro de los TREINTA (30) días calendario, contados a partir de la presente fecha, inclusive, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del código de procedimiento Civil, a reserva del lapso que pudiera otorgarse de acuerdo al artículo 515 ejusdem, para dictar un auto para mejor proveer, en cuyo caso, luego de cumplido o concluido su lapso, lo que ocurra primero, comenzará a correr el lapso para dictar sentencia.

LA JUEZA SUPERIOR

DRA. M.C.M.O.

LA SECRETARIA Acc.

LIXAYO MARCANO MAYORA

MCMO/lmm

Exp. 2242

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