Decisión de Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 16 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2007
EmisorJuzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteElizabeth Breto Gonzalez
ProcedimientoDivorcio 185-A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 15 de febrero de 2.007

196° y 147°

Definitivamente firme como y como quiera que el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil vigente, faculta al Juez para aclarar o subsanar las omisiones cometidas en dicha sentencia, ahora bien, a los fines de no cercenarle el derecho a las partes, y por cuanto el Juez es el director del proceso y como quiera que esta sentencia tiene que ser registrada, porque así lo amerita el caso, este Tribunal procede en este acto a subsanar la omisión cometida, en consecuencia, este Tribunal pasa a dejar constancia de lo siguiente: En la sentencia de divorcio fundamentada en ele articulo 185-A del Código Civil, dicta por este Juzgado en fecha 13 de octubre de 2006, debe corregirse lo siguiente: Donde se lee: “…MARIA NATALIA HERRERA DE LOPEZ…”, debe leerse: “…MARIA NATALIA HERRERA DE SARDI…”, quedando así subsanado tal error material involuntario cometido en la sentencia antes señalada, y manteniendo con toda su fuerza y vigor el resto del contenido del fallo proferido por este Juzgado. Por consiguiente téngase el presente auto como complemento de la sentencia de fecha trece (13 ) de octubre de 2006.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

DRA. E.B.G..

EL SECRETARIO,

J.O.G..

EBG/JOG/or

Exp. N° 23.705

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR