Decisión nº SME2-0251 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de Merida (Extensión Mérida), de 21 de Junio de 2006

Fecha de Resolución21 de Junio de 2006
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
PonenteYajaira Rojas de Ramirez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida

Mérida, veintidós de junio de dos mil seis

196º y 147º

ASUNTO: LP21-S-2006-000020

ACTA DE DESISTIMIENTO

PARTE ACTORA:

N.D.C.G.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.648.248, de este domicilio.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA:

A.B.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.755

PARTE DEMANDADA:

COLEGIO DE MEDICOS DEL ESTADO MERIDA.

MOTIVO:

CALIFICACCION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy veintidós (22) de junio de dos mil seis (2.006), siendo las 9:00 de la m mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de CALIFICACCION DE DESPIDO, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana: N.D.C.G.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.648.248, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.

La Juez,

Abg. Y.R. de Ramírez

La Secretaria,

Abg. Y.G.

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