Decisión nº 05 de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de Barinas, de 30 de Septiembre de 2016
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba |
Ponente | Nanci del Carmen Angel Vargas |
Procedimiento | Obligación Alimentaria |
Este Tribunal visto el acta de convenimiento del acto conciliatorio en el Juicio de Convenimiento de la Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-653, Intentado por: N.C.A.A., Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.932.156, contra la Ciudadana: TORREALBA AGUIN E.D.C., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.865.568, donde la Solicitante: N.C.A.A., Expone: Ciudadana Juez Ya que actualmente estamos separados hemos convenido de común acuerdo dejar constancia que le pasare la Obligación de Manutención a mi hija la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) Mensuales, y en el mes de Diciembre el 50% para la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento 50%, de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las quiero depositar o entregar a la madre de mi hija. Expone la Ciudadana: TORREALBA AGUIN E.D.C.: “Acepto lo convenido y ofrecido por el padre de mi hija, Ambas partes solicitan al Tribunal Homologue del presente Convenimiento de la Fijación de Obligación de Manutención, y el expediente al archivo judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Elixamar A.N.T. de 01 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, C.P. Y A.A.T. DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, C.P. y A.A.T. de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Treinta (30), días del Mes de Septiembre del Dos Mil Dieciséis. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZA
DRA. N.A.V.
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
NAV/wf
EXP: 16-653
En fecha: 30-09-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 11:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA