Decisión nº 0350-2010 de Tribunal Primero de Control de Zulia (Extensión Santa Bárbara), de 24 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución24 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Primero de Control
PonenteNeuro Villalobos
ProcedimientoOrden De Allanamiento

Vista la solicitud de Orden de Allanamiento presentada por la ciudadana Abogada NAYHAN A.Q., en su condición de Fiscal Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para ser practicada por Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Caja Seca, para ser practicada en la siguiente dirección: Calle El Guayabal, entrando por la calle del pesebre, al final entrando a la izquierda, en un rancho completamente elaborado en lata, a orilla del lago, Gibraltar, Municipio Sucre del Estado Zulia, Solicitud que se hace por cuanto se presume se encuentra objetos (Motor fuera de borda) proveniente del Hurto, en vista a las actas que conforman la referida comunicación, llevada a cabo por el mencionado cuerpo policial. Regístrese su ingreso. Désele entrada. En cuanto a lo solicitado, se observa que la solicitud de orden de allanamiento, reúne las condiciones establecidas por los artículos 210 y 211 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de ello, se autoriza la entrada y registro del referido inmueble, la cual será practicada por Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Caja Seca, quienes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del referido Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 202 Ibidem. Expídase la respectiva Orden de Allanamiento, la cual tendrá una duración de Siete (07) días, todo de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal.-

El Juez de Control,

Abg. NEURO VILLALOBOS.

La Secretaria (S),

Abg. A.P..

En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se cumple con lo acordado, se asentó la presente decisión bajo el N° 0350 – 2010, y se expide la respectiva Orden bajo Oficio N° 0878 - 2010.-

La Secretaria (S),

Abg. A.P.

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