Sentencia nº 374 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 22 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto Solicitando Antecedentes e Informes y Designando Ponente

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de mayo de 2013

203º y 154º

Visto el escrito presentado en fecha 21 de mayo de 2013 por la ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667,  asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, mediante el cual  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra “ la convocatoria a elecciones  realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013; en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Comisión Electoral  del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC y a la “Comisión Organizadora de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC”, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de dos (02) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrense Oficios.

            Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral  del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC y a la “Comisión Organizadora de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC”, las cuales pueden ser ubicadas en Urbanización Castillito, Av., Norte-Sur, Manzana N° 4, Parcela 6, San Diego, Valencia, estado Carabobo, para lo cual se ordena librar  despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítanse copia certificada del presente auto. Líbrense Oficio y Despacho.

            Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: Magistrado (a) F.R.V.T., a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar formulada.

El Presidente,

F.R.V.T.

                                                                      

                                                                                              La Secretaria,

                                                                                 P.C.G.

Exp. AA70-E-2013-000035

FRVT/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

                   En veintidós (22) de mayo de 2013, se deja constancia que se libró comisión al  Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral  del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC y a la “Comisión Organizadora de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC”,  del auto dictado en fecha 22 de mayo de 2013.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2013-000035.

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de mayo de 2013

Oficio Nº 13-208

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor)

Su Despacho

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667,  asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, contra “ la convocatoria a elecciones  realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013.

Atentamente,

F.R.V.T.

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000035

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor)

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667,  asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, contra “ la convocatoria a elecciones  realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la Comisión Electoral  del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC y a la “Comisión Organizadora de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC”,  del auto dictado en fecha 22 de mayo de 2013. A tal fin se remiten Oficios de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

         Caracas, 22 de mayo de 2013.

El Presidente,

F.R.V.T.

                                                                      

                                                                                              La Secretaria,

                                                                                 P.C.G.

Exp. AA70-E-2013-000035

FRVT/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de mayo de 2013

Oficio Nº 13-209

Ciudadano

Miembros de la Comisión Electoral  del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC.

Su Despacho

            Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 21 de mayo de 2013, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667,  asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, contra “ la convocatoria a elecciones  realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013. Asimismo, se les informa que este Juzgado en fecha 22 de mayo de 2013 dictó auto en el cual acordó solicitar a ustedes, y a la “Comisión Organizadora de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC”, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso los cuales deberán ser remitidos a este Juzgado en un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de dos (02) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del auto de fecha 22 de mayo de 2013.

Atentamente,

F.R.V.T.

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000035

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de mayo de 2013

Oficio Nº 13-210

Ciudadano

Integrantes de la “Comisión Organizadora de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC”

Su Despacho

  Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 21 de mayo de 2013, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667,  asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, contra “ la convocatoria a elecciones  realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013. Asimismo, se les informa que este Juzgado en fecha 22 de mayo de 2013 dictó auto en el cual acordó solicitar a ustedes, y a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso los cuales deberán ser remitidos a este Juzgado en un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de dos (02) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del auto de fecha 22 de mayo de 2013.

Atentamente,

F.R.V.T.

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000035

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR