Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 10 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo
PonenteAnaid Carolina Hernandez
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San F.d.A., 10 de Diciembre de 2.008

197° y 149°

Presentado personalmente por su firmante. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre ó a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN” a favor de la ciudadana N.M.F., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.877.742 y de este domicilio, sobre las bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal. Consistentes en: una casa propia de habitación familiar, de construcción de mampostería, techo de zinc, piso de cemento pulido, cuatro (4) habitaciones, un baño, un comedor, un recibo, una cocina, la cual se encuentra en perfectas condiciones para ser habitadas. Dichas bienhechurías se encuentran construidas en terreno de su propiedad, según consta en documento debidamente protocolizado en la Oficina de Registro subalterno de la ciudad de San F.d.A., bajo el Nº 05, folios 25 al 30, Protocolo Primero, Tome Treinta y Uno, Tercer Trimestre del año 2.008, en una superficie de de terrenos de CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS (172.94 M2) formando parte de una mayor extensión de terreno de ONCE HECTAREAS CON QUINCE AREAS (11.15 Has), el cual se encuentra ubicado en la calle La Antorcha con vereda 04, Manzana 07 del barrio Dios con Nosotros, Parroquia San Fernando, Jurisdicción del Municipio San F.d.E.A., dentro de los siguientes linderos específicos; NORTE: Trejo Nery, SUR: calle La Antorcha, ESTE: vereda 04 y OESTE: Herrera Ana. Siendo el valor de dichas bienhechurías la cantidad de NOVENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 96.000,00). Bienhechurías estas fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana N.M.F.. Se ordena devolver estas resultas al solicitante quedando anotado en el Libro de solicitudes llevados por este Tribunal durante el año 2.008, bajo el Nº 1157.-

La Jueza Titular;

Dra. A.C.H.Z..

El Secretario Temporal;

Abg. F.J.R..

En fecha 10 de Diciembre de 2.008, se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, constante de ( ) folios útiles, quedando copia de la misma en el archivo de este Tribunal.-

El Secretario Temporal;

Abg. F.J.R..

ACHZ/FJR/Eddami.-

Titulo Supletorio Nº 1157.-

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