La negación de la cárcel

La actual gravísima crisis penitenciaria nacional nos obliga a evocar la orientación del Derecho penal contemporáneo, dirigida hacia las llamadas medidas alternativas a las penas privativas de libertad, es decir, la progresiva sustitución de la reclusión carcelaria por otros preceptos diferentes. Son fórmulas de tratamiento que tienen carácter extrainstitucional, extramural, ya que se aplican fuera de los muros de una institución reclusoria. Entre esas proposiciones lega les figura la Probación o Régimen de Prueba, universalmente extendida y aplicada, que consiste, esencialmente, como su nombre lo indica, en someter a prueba al procesado o al penado, al concederle una libertad tenuemente restringida. Posee una impresionante vejez histórica, ya que hay indicios de su existencia en Inglaterra desde 1361, convertida en letra de ley en 1841 en la misma Inglaterra, en Birmingham, y en Estados Unidos, en Boston. Se cree que la matriz histórica de la Probación le pertenece al excelso jurista alemán Carlos David Augusto Roeder 1806/1879. A la Probation se la conoce como parola y on parole, o sea, de la palabra de honor. Los especialistas convocados por Naciones Unidas en 1950...

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