Decisión nº 0891-2009 de Tribunal Segundo de Control de Zulia (Extensión Santa Bárbara), de 26 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2009
EmisorTribunal Segundo de Control
PonenteYortman Enrique Villasmil Gonzalez
ProcedimientoNegativa De Solicitud

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA

EXTENSION S.B.D.Z.

TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

S.B.d.Z., 26 de agosto de 2009

199° y 150º

RESOLUCION N° 0891-2009. C02-15.827-2009.

Vista la solicitud de ORDEN DE ALLANAMIENTO presentada por la Abg. N.E.B., actuando con el carácter de Fiscal Decimasexta del Ministerio Publico, de conformidad con el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, en la siguiente Dirección: en un lote de terreno ubicado en el sector S.L. y calle Venezuela, Municipio J.M.S.d.E.Z., donde se encuentran invasores del terreno antes indicado, con la finalidad de aprehender en flagrancia los autores del hecho investigado en la presente causa, la cual será practicada por funcionarios adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 32 CR-3 de la Guardia Nacional de Venezuela.

Este Tribunal antes de resolver realiza las siguientes consideraciones:

Solicita el representante de la Fiscalía del Ministerio Publico a este Juzgado Segundo en Funciones de Control se le expida Orden de Allanamiento para el registro de un lote de terreno ubicado en el sector S.L. y calle Venezuela, Municipio J.M.S.d.E.Z., con la finalidad de aprehender en flagrancia los autores del hecho investigado en la presente causa, la cual será practicada por funcionarios adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 32 CR-3 de la Guardia Nacional de Venezuela.

En este estado, quien aquí decide, luego de analizada la solicitud de marras, estima prudente denegar tal solicitud, toda vez que, en fecha 25 de los corrientes, mediante decisión Nº 0888-2009, este Tribunal, acordó orden de aprehensión en contra de los ciudadanos YORENA M.V., A.R., Y.Y. URDANETA CHACON, JULEIMA COROMOTO URDANETA CHACON, G.E.M.R., R.E. RUEDA, YULEIDA DEL C.A.S., O.E.P., J.J.B.C., M.S.N. y SIERVO A.C., presuntos responsables del hecho que originó la solicitud ut supra, por lo que mal puede este Juzgador, acordar el allanamiento, luego de haber sido acordada de aprehensión judicial de los ciudadanos antes mencionados, en virtud que la decisión dictada bajo el Nº 0888-2009. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA extensión S.B.d.Z., Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud fiscal en la cual solicita ORDEN DE ALLANAMIENTO de un lote de terreno ubicado en el sector S.L. y calle Venezuela, Municipio J.M.S.d.E.Z., donde se encuentran invasores del terreno antes indicado, con la finalidad de aprehender en flagrancia los autores del hecho investigado en la presente causa, la cual será practicada por funcionarios adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 32 CR-3 de la Guardia Nacional de Venezuela, por los argumentos expuestos en la parte motiva. Regístrese la presente resolución, déjese copia en archivo y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía 16 del Ministerio Público.

El Juez de Control (S),

Abg. Yortman Villasmil González

El Secretario,

Abg. L.R.M.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado se asentó la presente resolución bajo el N° 0891– 2.009, se libró orden de Allanamiento, se remiten las actuaciones constantes de seis (06) folios útiles y orden de allanamiento. Se oficio bajo los Nos. 3.009 y 3.010-2009.

El Secretario,

Abg. L.R.M.

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