Decisión nº PJ0242007000647 de Sala Décimo Quinto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 10 de Julio de 2007

Fecha de Resolución10 de Julio de 2007
EmisorSala Décimo Quinto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteYumildre Castillo
ProcedimientoCuratela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito de Protección del Niño y del Adolescente

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15

Caracas, diez (10) de J.d.D.M.S. (2007)

Años: 197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2007-009816

Vista la solicitud presentada por la ciudadana N.J.T.A., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-24.862.918, nacionalizada según gaceta N° 5.777, de fecha 13 de julio de 2005, con el No 670.180, antes con cédula de identidad No. E-82.225.617 debidamente asistida por el Abg. C.G.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.554, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, la ciudadana MEYIRDE J.U.R., venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.481.149, en beneficio del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídanse copias certificadas de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense a la solicitante.

EL(A) JUEZ(A)

ABG. YUMILDRE C.H.

LA SECRETARIA

ABG. MARÍA E. VELÁSQUEZ

YCH/MEV/ych.

Motivo: Curatela.

ASUNTO: AP51-S-2007-009816-

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