Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 21 de Enero de 2008

Fecha de Resolución21 de Enero de 2008
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteHilda María Mora Rodriguez
ProcedimientoEjecuciòn De Sentencia Condenatoria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Cristóbal, 21 de Enero de 2007

196º y 148º

Analizada la presente causa, visto el escrito de la defensora publica Abog. N.L.G. en razón del error en la identificación del penado ZAMBRANO CHACON CARLOS ERNESTO/ J.A.C. este Tribunal observa lo siguiente: En fecha 31 de Octubre de 2006 se efectuó audiencia de juicio oral y publico en la causa 3JU-1030-05 conforme consta en acta de audiencia que riela del folio 283 al 286 de la I pieza de la causa E3-2896-07 en la que el imputado C.E.Z.C. fue acusado por la Fiscalia del Ministerio Publico por los delitos de TRAFICO MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y asimismo mediante ampliación de la acusación contra el mismo ciudadano se le acusa de USO DE DOCUMETNO FALSO previsto y sancionado en el articulo 322 del Código Penal en virtud de que mediante experticia realizada se determino que la identidad real del referido ciudadano es C.E.Z., el tribunal Tercero en funciones de Juicio admitió la acusación presentada por la Fiscalia del Ministerio Publico en contra del ciudadano C.E.Z.C. por la comisión de los delitos TRAFICO MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y USO DE DOCUMENTO FALSO y lo condena a NUEVE (09) AÑOS DE PRISION. Ahora bien, se observa igualmente que en la sentencia publicada en fecha 28 de Febrero de 2007 se utilizo el nombre de J.A.C. y no el correcto que es C.E.Z.; igualmente se omitió en la dispositiva lo referido a la condena por el delito de USO DE DOCUMENTO FALSO; es por lo que este Tribunal Tercero en funciones de ejecución ACUERDA: PRIMERO: Ejecutar la decisión conforme a lo indicado en el acta de juicio oral y publico de fecha 31 de Octubre de 2007 que riela al folio 283 al 286 de la I pieza de la causa 2896-07 suscrita por las partes conforme a la cual se le condeno al ciudadano C.E.Z. a la pena

de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION por la comisión de los delitos de TRAFICO MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y USO DE DOCUMENTO FALSO previstos y sancionados en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y psicotrópicas y el articulo 322 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: Realizar nuevo cómputo de pena tomando en consideración la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION TERCERO: Se rectifica los datos de identidad del penado C.E.Z.C. fundamentado en el articulo 28 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el articulo 126 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.

Abg. H.M.M.R.

Abog. Juez Tercero de Ejecución

La Secretaria

Abog. Patricia Sierra

HMM/

Exp. E3-2896-07

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