Sentencia nº 39 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 20 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de mayo de 2008

198º y 149º

Vista la decisión No. 586 dictada por esta Sala en fecha 16 de abril de 2008, relacionadas con el recurso de nulidad contra el artículo 21 de la Ley de División Político Territorial dictada por la Asamblea Legislativa del Estado Miranda y publicada en la Gaceta Oficial de esa entidad del 31 de julio de 1989, interpuesto por la abogada N.G., actuando con el carácter de apoderada judicial del Municipio Carrizal del Estado Miranda, este Juzgado, a los fines de la continuación del procedimiento, ordena:

  1. - Notificar a la parte actora de la decisión.

  2. - Remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital.

  3. - Remitir copia certificada de la presente decisión a la Inspectoría General de Tribunales.

En virtud de la reposición de la causa, ordenada en la citada decisión, al estado de admisión de las pruebas promovidas, se acuerda la continuación del procedimiento.

Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,

L.E.M. LAMUÑO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2008-231.-

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