Decisión de Juzgado Primero del Municipio Iribarren de Lara, de 25 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Primero del Municipio Iribarren
PonenteJosé Alfonso Ochoa Cardenas
ProcedimientoAccion Mero Declarativa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veinticinco de mayo de dos mil diez

200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2010-001503

Vista la solicitud por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, de propiedad de vehículo presentado por el ciudadano NELSON MANTILLA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.450.188 y de este domicilio, asistido en este acto por el abogado en ejercicio O.A. ARAUJO M.,, inscrito en el IPSA bajo el N° 15.226, este Tribunal observa que la parte solicitante no consignó los instrumentos en que se fundamente la pretensión, en donde se derive el derecho deducido y los cuales deben producirse con el libelo, tal como lo establece el ordinal 6° del artículo 340 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 341 ejusden.

Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente solicitud presentada por el ciudadano NELSON MANTILLA MARTINEZ, arriba identificado.

Regístrese y publíquese.

Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los Veinticinco (25) días del mes de M. deD.M. diez. Años. 200º y 151º.-

El Juez Temporal,

Abg. J.A. OCHOA

La Secretaria,

A.L. PINTO

JAO/ALP/rccg

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