Decisión nº PJ0342012000945 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 15 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2012
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución
PonenteZuleima Perez
ProcedimientoDivorcio (Contencioso)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre

El Tigre, quince de octubre de dos mil doce

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2012-000339

ASUNTO: BP12-V-2012-000339

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.

DEMANDANTE: N.O.R.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.914.084.

DEMANDADO: N.D.V.M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.188.315.

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: …..

Visto que en la presente fecha Lunes quince (15) de Octubre del año 2012, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación a la que se contraen los artículos 468, 469, 470 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO incoada por el ciudadano N.O.R.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.914.084, debidamente asistido por el abogado E.C.B., Inpreabogado Nº 96.574, en contra de la ciudadana N.D.V.M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.188.315, donde se encuentran involucrados los menores: ….. Anunciado dicho a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil J.M., y habiéndose verificado que la presencia de la Fiscal Auxiliar del Ministerio Publico Abog. M.G., la incomparecencia de la parte demandante, y de la parte demandada no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial. esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 522 de la Ley especial, acuerda: DECLARAR: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoada por el ciudadano N.O.R.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.914.084, debidamente asistido por el abogado E.C.B., Inpreabogado Nº 96.574, en contra de la ciudadana N.D.V.M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.188.315, donde se encuentran involucrados los menores: …. y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, dejando en su lugar copias certificadas previa certificación por secretaria.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman..

Publíquese, registres, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede el Tigre, a los quince (15) días del mes de Octubre del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Jueza,

Abog. S.P.G.

La Secretaria Titular,

Abog. M.M..

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