Decisión nº PJ0342012000945 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 15 de Octubre de 2012
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 2012 |
Emisor | Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución |
Ponente | Zuleima Perez |
Procedimiento | Divorcio (Contencioso) |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, quince de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2012-000339
ASUNTO: BP12-V-2012-000339
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.
DEMANDANTE: N.O.R.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.914.084.
DEMANDADO: N.D.V.M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.188.315.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: …..
Visto que en la presente fecha Lunes quince (15) de Octubre del año 2012, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación a la que se contraen los artículos 468, 469, 470 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO incoada por el ciudadano N.O.R.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.914.084, debidamente asistido por el abogado E.C.B., Inpreabogado Nº 96.574, en contra de la ciudadana N.D.V.M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.188.315, donde se encuentran involucrados los menores: ….. Anunciado dicho a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil J.M., y habiéndose verificado que la presencia de la Fiscal Auxiliar del Ministerio Publico Abog. M.G., la incomparecencia de la parte demandante, y de la parte demandada no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial. esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 522 de la Ley especial, acuerda: DECLARAR: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoada por el ciudadano N.O.R.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.914.084, debidamente asistido por el abogado E.C.B., Inpreabogado Nº 96.574, en contra de la ciudadana N.D.V.M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.188.315, donde se encuentran involucrados los menores: …. y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, dejando en su lugar copias certificadas previa certificación por secretaria.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman..
Publíquese, registres, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede el Tigre, a los quince (15) días del mes de Octubre del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abog. S.P.G.
La Secretaria Titular,
Abog. M.M..