Sentencia nº 112 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 12 de Febrero de 2014
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2014 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
SALA ELECTORAL
Caracas, 12 de febrero de 2014
203º y 154º
En fecha 11 de febrero de 2014 el ciudadano Alguacil de la Sala Electoral consignó las boletas originales y sus anexos librada a los ciudadanos N.R.C., R.L.T. y R.Z., a los fines de notificarlos de la Sentencia Nº 143 de fecha 29 de octubre de 2013, en dicha consignación el ciudadano Alguacil señaló la imposibilidad de practicar las notificaciones, en virtud de haberse trasladado en varias oportunidades al domicilio procesal y habérsele informado que en dicha dirección “…no funcionaba nada por más de un año…”; en consecuencia, este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel a los ciudadanos N.R.C. y R.L.T.; y al ciudadano R.Z., respectivamente, a los fines de notificarlos de la Sentencia Nº 143 de fecha 29 de octubre de 2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificados. Líbrese Carteles.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. Nº AA70-E-2007-000071
JMMS/pc
CARTEL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL ACCIDENTAL N° 3
Caracas, 12 de febrero de 2014
203º y 154º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos N.R.C. y R.L.T., titulares de la cédula de identidad número 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, y/o a su apoderado judicial abogado Quiro R.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.265, que en fecha 29 de octubre de 2013 se dictó sentencia N° 143 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar por Ustedes, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros Nacional de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), cuyo acto de votación se celebró el 30 de agosto de 2007. En dicho fallo se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto, SE ORDENÓ a la Comisión Electoral de CANJUPINOS, que en un lapso de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación del fallo, fije la nueva fecha de la elección y convoque a los afiliados a postular a los miembros de la organización que van a integrar el C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja de Ahorro, conforme con la normativa interna que debe ser modificada según los parámetros establecidos en el fallo con inclusión de las restantes fases del proceso electoral y SE ORDENÓ al actual C.d.A. y C.d.V. de la Caja Nacional de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), abstenerse de realizar cualquier actuación que menoscabe los derechos y garantías constitucionales de los recurrentes, de realizar cualquier acto que impida la ejecución de la decisión, así como de realizar actos que excedan la simple administración o realizar actos de disposición hasta tanto se proclame al C.d.A. y C.d.V. que será electa en el proceso cuya realización ha sido ordenada en el fallo. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. Nº AA70-E-2007-000071
JMMS/pc
CARTEL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL ACCIDENTAL N° 3
Caracas, 12 de febrero de 2014
203º y 154º
SE HACE SABER:
Al ciudadano R.Z., titular de la cédula de identidad número 917.494, que en fecha 29 de octubre de 2013 se dictó sentencia N° 143 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar por los ciudadanos N.R.C. y R.L.T., titulares de la cédula de identidad número 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros Nacional de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), cuyo acto de votación se celebró el 30 de agosto de 2007. En dicho fallo se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto, SE ORDENÓ a la Comisión Electoral de CANJUPINOS, que en un lapso de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación del fallo, fije la nueva fecha de la elección y convoque a los afiliados a postular a los miembros de la organización que van a integrar el C.d.A. y C.d.V. de la referida Caja de Ahorro, conforme con la normativa interna que debe ser modificada según los parámetros establecidos en el fallo con inclusión de las restantes fases del proceso electoral y SE ORDENÓ al actual C.d.A. y C.d.V. de la Caja Nacional de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), abstenerse de realizar cualquier actuación que menoscabe los derechos y garantías constitucionales de los recurrentes, de realizar cualquier acto que impida la ejecución de la decisión, así como de realizar actos que excedan la simple administración o realizar actos de disposición hasta tanto se proclame al C.d.A. y C.d.V. que será electa en el proceso cuya realización ha sido ordenada en el fallo. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. Nº AA70-E-2007-000071
JMMS/pc