Sentencia nº 337 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Plena de 18 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Plena
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto

Numero : 337 N° Expediente : 2007-000071 Fecha: 18/02/2016 Procedimiento:

Auto

Partes:

N.R.C. y R.L.T., interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de Jubilados y Pensionados del INOS-MARN.

Decisión:

Auto mediante el cual se deja sin efecto el auto dictado el 21 de enero de 2016, de conformidad con el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se dejó constancia que la Sala quedó reconstituida de la siguiente manera: Presidenta Magistrada I.M.A.I., Vicepresidente Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, Magistrada JHANNETT M.M.S., Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO y Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, Abogada Intiana L.P. y Alguacil ciudadano R.G..

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 18 de febrero de 2016

205º y 156º

Visto el auto dictado en fecha 21 de enero de 2016, mediante el cual se reconstituyó la Sala Electoral Accidental N° 3, este Juzgado de Sustanciación observa que por error involuntario se señaló que dicha Sala quedaría reconstituida de la siguiente forma: Presidenta Magistrada I.M.A.I., Vicepresidente Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA y Magistrada Suplente G.D.L.Á.L.Q., cuando lo correcto era señalar que la misma quedaría reconstituida por la Magistrada I.M.A.I., Presidenta, Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente, Magistrada JHANNETT M.M.S., Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO y Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, en consecuencia, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, se deja sin efecto el referido auto.

Subsanado lo anterior, se deja constancia que la Sala contentiva del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar por los ciudadanos N.R.C. y R.L.T., titulares de la cédula de identidad número 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro R.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, contra el proceso electoral celebrado el 30 de agosto de 2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), queda reconstituida por los Magistrados que conforman la Sala Electoral, de la siguiente manera: Presidenta Magistrada I.M.A.I., Vicepresidente Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, Magistrada JHANNETT M.M.S., Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO y Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, Abogada Intiana L.P. y Alguacil ciudadano R.G..

La Presidenta,

I.M.A.I.

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2007-000071

IMAI/ilp/mj

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