Decisión nº 100807070733 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz de Bolivar (Extensión Puerto Ordaz), de 10 de Agosto de 2007
Fecha de Resolución | 10 de Agosto de 2007 |
Emisor | Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz |
Ponente | Ricardo Coa Martinez |
Procedimiento | Cobro De Prestaciones Sociales |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 10 de Agosto de 2.007
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2007-000733
ASUNTO : FP11-L-2007-000733
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIACION POSITIVA
Hoy, 10 de Agosto de 2.007, siendo las 09:30 a.m. día fijado para que tenga lugar la primera reunión de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparecieron el ciudadano el Dr. L.G.D.V., abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 52.324, en su carácter de apoderado judicial de la empresa Vigilancia y Transporte de Valores Bancarios VIGIBAN C.A., por una parte y por la otra el Dr. I.F.R.G., quien es abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 72.619, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos N.Q., J.R. y H.J.R., quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N°s 13.303.731, 12.206.956 y 13.281.046 respectivamente, quien es se encuentran presentes en la audiencia preliminar, dándose inicio a la continuación de la audiencia, otorgándose el derecho de palabra a las partes quienes luego de breve intervención señalan que se ha logrado alcanzar una mediación en la presente causa, por lo que, analizado en libelo y observado que la presente causa se inicio con interposición de escrito libelar en fecha 28 de mayo de 2007, siendo admitida en fecha 31 de mayo de 2007, siendo distribuido a este juzgado según Acta de Distribución emitida por la Coordinación Judicial de este Circuito N° 29 de fecha 22 de Febrero de 2007, estableciéndose en el escrito libelar que la actora reclamó los conceptos siguientes:
CONCEPTO ( N.Q.) MONTO
Horas Extras 199.289,09
Días de Descanso Trabajados 481.800,oo
Días Compensatorios 321.200,oo
Antigüedad artículo 108 de la L.O.T. 1.955.402,75
Intereses sobre antigüedad 20.710,97
Indemnización por Retiro Justificado 931.966,80
Utilidades vencidas 438.000,oo
Vacaciones Fraccionadas 671.600,oo
Indemnización por Programa de Alimentación 4.714.500,oo
Salarios Caídos no pagados 16.819.200,oo
TOTAL 27.485.636,41
CONCEPTO ( J.R.) MONTO
Horas Extras 199.289,09
Días de Descanso Trabajados 481.800,oo
Días Compensatorios 321.200,oo
Antigüedad artículo 108 de la L.O.T. 1.955.402,75
Intereses sobre antigüedad 20.710,97
Indemnización por Retiro Justificado 931.966,80
Utilidades vencidas 438.000,oo
Vacaciones Fraccionadas 671.600,oo
Indemnización por Programa de Alimentación 4.714.500,oo
Salarios Caídos no pagados 16.819.200,oo
TOTAL 27.485.636,41
CONCEPTO ( H.J.R.) MONTO
Horas Extras 199.289,09
Días de Descanso Trabajados 481.800,oo
Días Compensatorios 321.200,oo
Antigüedad artículo 108 de la L.O.T. 1.955.402,75
Intereses sobre antigüedad 20.710,97
Indemnización por Retiro Justificado 931.966,80
Utilidades vencidas 438.000,oo
Vacaciones Fraccionadas 671.600,oo
Indemnización por Programa de Alimentación 4.714.500,oo
Salarios Caídos no pagados 16.819.200,oo
TOTAL 27.485.636,41
en este acto toma la palabra el representante de la demandada Vigilancia y Transporte de Valores Banca VIGIBANCA C.A. y ofrece a los fines de la mediación la cantidad de Bs. 15.117.100,03, para cada uno de los reclamantes, lo cual comprende los respectivos montos a los fines de pagar los conceptos reclamados siguientes:
CONCEPTO ( N.Q.) MONTO
Horas Extras 199.289,09
Días de Descanso Trabajados 481.800,oo
Días Compensatorios 321.200,oo
Antigüedad artículo 108 de la L.O.T. 1.955.402,75
Intereses sobre antigüedad 20.710,97
Indemnización por Retiro Justificado 931.966,80
Utilidades vencidas 438.000,oo
Vacaciones Fraccionadas 671.600,oo
Indemnización por Programa de Alimentación 4.714.500,oo
Salarios Caídos no pagados 5.382.630,42
TOTAL 15.117.100,03
CONCEPTO ( J.R.) MONTO
Horas Extras 199.289,09
Días de Descanso Trabajados 481.800,oo
Días Compensatorios 321.200,oo
Antigüedad artículo 108 de la L.O.T. 1.955.402,75
Intereses sobre antigüedad 20.710,97
Indemnización por Retiro Justificado 931.966,80
Utilidades vencidas 438.000,oo
Vacaciones Fraccionadas 671.600,oo
Indemnización por Programa de Alimentación 4.714.500,oo
Salarios Caídos no pagados 5.382.630,42
TOTAL 15.117.100,03
CONCEPTO (Henrry J.R.) MONTO
Horas Extras 199.289,09
Días de Descanso Trabajados 481.800,oo
Días Compensatorios 321.200,oo
Antigüedad artículo 108 de la L.O.T. 1.955.402,75
Intereses sobre antigüedad 20.710,97
Indemnización por Retiro Justificado 931.966,80
Utilidades vencidas 438.000,oo
Vacaciones Fraccionadas 671.600,oo
Indemnización por Programa de Alimentación 4.714.500,oo
Salarios Caídos no pagados 5.382.630,42
TOTAL 15.117.100,03
seguidamente la parte actora toma la palabra y acepta la propuesta de la representación de la demandada, y la representación de la parte demandada señala que a los fines de dar cumplimiento a lo ofrecido en esta audiencia, indica que el día Martes 14 de Agosto de 2007, in continente, este Juzgado Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz acuerda lo solicitado.- Este Tribunal visto el acuerdo alcanzado por las partes y en virtud de haber mediado de manera efectiva, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PRESENTE TRANSACCION COMO POSITIVA y en consecuencia se HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, in continente SE DA POR CONCLUIDA LA MISMA, OTORGANDOLE LA CATEGORIA DE COSA JUZGADA, quedando a salvo el estricto cumplimiento a lo transado en este despacho el día de hoy. TODO DE CONFORMIDAD A LAS ESTIPULACIONES DEL ARTÍCULO 133 DE LA LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO.- PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA EN EL RESPECTIVO COMPILADOR.-
El Juez
La Secretaria
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los presentes