Decisión de Juzgado Segundo Superior Del Trabajo de Caracas, de 10 de Junio de 2013

Fecha de Resolución10 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Segundo Superior Del Trabajo
PonenteJesús Del Valle Millan Figuera
ProcedimientoRecurso De Apelación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, lunes, diez (10) de junio de 2013

203º y 154º

Asunto: Exp Nº AP21-R-2013-000655

Asunto Principal: Nº AP21-L-2013-001006

PARTE ACTORA: J.U.C., titular de la cédula de identidad número V5.903.824.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: E.S., abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 33.908.

PARTE DEMANDADA: EDIFICACION ATRIA UNION, C.A., INVERSIONES NEVESUR 131197 C.A., EDIFICACIONES 2002 C.A., INVERSIONES 261199 C.A., INVERSIONES MEGVEN 8542 C.A., CONSTRUCTORA 060705 C.A., CONSTRUCTORA EPOMARCO 28-07 C.A., CONSTRUCTORA SEGVEN 530 C.A., CONSTRUCTORA AGOSTEN C.A., CONSTRUCTORA MARCANA 2008, C.A., CONSTRUCTORA 2205, C.A. y GRUPO DE EMPRESAS A.P. 64, C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: I.J.A., abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 63799.

ASUNTO: RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado E.S., I.P.S.A. N° 33.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 30 de Abril de 2013, por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

CAPITULO PRIMERO.

Antecedentes

  1. - Fueron recibidas por distribución, en este Juzgado Superior, las presentes actuaciones en consideración del recurso de apelación interpuesto por el abogado E.S., I.P.S.A. N° 33.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 30 de Abril de 2013, por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

  2. - Recibidos los autos en fecha 20 de abril de 2013, se dio cuenta al Juez de éste Juzgado, fijándose por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación para el día Jueves seis (06) de junio de dos mil trece (2013) a las dos (2:00) p.m., oportunidad en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente. Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia de apelación en la cual se dictó el dispositivo del fallo, este Sentenciador procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

    1. Objeto del presente “Recurso de Apelación”.

    La presente controversia tiene por objeto resolver el recurso de apelación interpuesto por el abogado E.S., I.P.S.A. N° 33.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 30 de Abril de 2013, por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano J.U.C., contra las empresas EDIFICACION ATRIA UNION, C.A., INVERSIONES NEVESUR 131197 C.A., EDIFICACIONES 2002 C.A., INVERSIONES 261199 C.A., INVERSIONES MEGVEN 8542 C.A., CONSTRUCTORA 060705 C.A., CONSTRUCTORA EPOMARCO 28-07 C.A., CONSTRUCTORA SEGVEN 530 C.A., CONSTRUCTORA AGOSTEN C.A., CONSTRUCTORA MARCANA 2008, C.A., CONSTRUCTORA 2205, C.A. y GRUPO DE EMPRESAS A.P. 64, C.A. . En la cual se señaló lo siguiente:

    …Por las consideraciones de hecho y de Derecho, anteriormente expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, por su presentación en forma extemporánea por anticipada, conforme a la motivación explanada en la parte superior de esta decisión y que aquí se reproducen; todo en el juicio seguido por el ciudadano J.U.C. contra la sociedad mercantil EDIFICACION ATRIA UNION C.A. y otras, por accidente de trabajo…

    CAPITULO SEGUNDO.

    Del desistimiento del presente recurso de apelación.

  3. - Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia oral y pública, fijada para el día y hora señalados supra, el Secretario del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad debida.

  4. - De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral y pública a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarree el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está expresamente establecido en el artículo 164.

  5. - En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia de la parte actora recurrente a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por el abogado E.S., I.P.S.A. N° 33.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 30 de Abril de 2013, por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano J.U.C., contra las empresas EDIFICACION ATRIA UNION, C.A., INVERSIONES NEVESUR 131197 C.A., EDIFICACIONES 2002 C.A., INVERSIONES 261199 C.A., INVERSIONES MEGVEN 8542 C.A., CONSTRUCTORA 060705 C.A., CONSTRUCTORA EPOMARCO 28-07 C.A., CONSTRUCTORA SEGVEN 530 C.A., CONSTRUCTORA AGOSTEN C.A., CONSTRUCTORA MARCANA 2008, C.A., CONSTRUCTORA 2205, C.A. y GRUPO DE EMPRESAS A.P. 64, C.A.

    CAPITULO TERCERO

    DISPOSITIVO

    Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el abogado E.S., I.P.S.A. N° 33.908, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 30 de Abril de 2013, por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano J.U.C., contra las empresas EDIFICACION ATRIA UNION, C.A., INVERSIONES NEVESUR 131197 C.A., EDIFICACIONES 2002 C.A., INVERSIONES 261199 C.A., INVERSIONES MEGVEN 8542 C.A., CONSTRUCTORA 060705 C.A., CONSTRUCTORA EPOMARCO 28-07 C.A., CONSTRUCTORA SEGVEN 530 C.A., CONSTRUCTORA AGOSTEN C.A., CONSTRUCTORA MARCANA 2008, C.A., CONSTRUCTORA 2205, C.A. y GRUPO DE EMPRESAS A.P. 64, C.A.

    PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA

    Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diez (10) días del mes de junio de 2013.

    JUEZ

    Dr. JESÚS MILLÁN FIGUERA

    SECRETARIA

    Abg. EVA COTES

    NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.

    SECRETARIA

    Abg. EVA COTES

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