Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 25 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonentePastora Peña Garcias
ProcedimientoFijacion Regimen Convivencia Familiar

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la

Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa

Guanare, 25 de mayo de 2010

200º y 151º

ASUNTO: PP01-S-2010-000309

Vista la conciliación celebrada en día de Hoy 25/05/2010 entre los ciudadanos Á.R.P.M.P. Y EUCARY COROMOTO GUÉDEZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 18.296.722. y 19.855.631, respectivamente, por ante la Unidad de Defensa Pública, sobre la FIJACIÓN RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio de la niña .................................., de años (03) años de edad, mediante el cual el padre buscará a la niña los días lunes, miércoles y domingo en la casa de la abuela donde vive la niña en un taxi, desde la mañana hasta la tarde. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

La Jueza,

Abg. P.P.G.

La Secretaria Temporal,

Abg. M.M.A.

PPG/mma/more. -

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