Decisión nº 1201-14 de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote. de Yaracuy, de 9 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote.
PonenteRaimond Manuel Gutiérrez Martínez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 9 de junio de 2.014

Años: 204º y 155º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos J.D.P.C., venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la calle 7, entre 2da. y 3era. Avenida, casa Nº2-17, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.507.675; y Lucidio Segundo Terán Carrasco, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Calle 12, entre avenida 8 y 9, casa Nº 8-10, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 2.198.860, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; SE DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes para asegurar el derecho de propiedad a favor de la ciudadana N.T.d.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.569.280, asistidos por la abogada L.C.Q. de Pérez, inscrita en el Inpreabogado según matricula Nº 33.119; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propiedad privada, según documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes, en fecha veintiséis (26) de octubre del año dos mil (2.000), bajo el Nº 3, folio diez (10) al catorce (14), Protocolo Primero, Tomo Cuarto, Trimestre Cuarto del año dos mil (2000), ubicado en la avenida 9, entre calles 11 y 12, identificado con el Nº 11-8, municipio San Felipe, estado Yaracuy y del informe técnico levantado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio San F.d.E.Y., se constato un área de terreno que mide en su totalidad trescientos once metros cuadrados con veintisiete centímetros cuadrados (311,27m2); y un área de construcción de trescientos ocho metros cuadrados con siete centímetros cuadrados (308,07m2); las cuales consisten en: un (1) edificio de dos (2) plantas, identificados como planta baja y planta alta, construido con una estructura de soporte aporticada con vigas y columnas en concreto reforzado con hierro acerado, la cual es la continuidad de la estructura del local y apartamentos, el cálculo de la estructura considera la resistencia a movimientos sísmicos, posee instalaciones técnicas de desague de aguas de lluvia, aguas servidas y suministro de agua potable son sintéticas de PVC, instalaciones eléctricas, de telefonía y televisión se distribuyen internamente por tuberías de PVC empotradas en las paredes, los materiales utilizados en la construcción son de bajo o muy bajo combustibilidad, tales como concreto, hierro, cerámica gres etc. Teniendo en cuenta la norma COVENIN 1038, en la planta baja del edificio están instalados: una (1) red contra incendios, la cual incluye: 1) extintor de polvo químico seco de 10 Lbs. (ABC). 2) una (1) lámpara de emergencia. 3) estación manual de alarma general. 4) difusor de sonido. 5) tablero principal del sistema contra incendio. 6) óptico de humo. 7) detector de calor. 8) cajetín de paso. 9) gabinete de manguera. 10) siamesa. Las bienhechurías tienen las siguientes características: Planta baja: conformada por un (1) local comercial edificado sobre un área de terreno que mide seis metros cuadrados con treinta centímetros cuadrados (6,30m2) de frente por doce metros cuadrados con cuarenta centímetros (12,40m2) de fondo para un total de setenta y ocho metros cuadrados con doce centímetros cuadrados (78,12m2), piso de granito, techo de platabanda, consta de un (1) salón, dos (2) salas de baños cuyos pisos y paredes están recubiertos con cerámicas, dotados de pocetas, lavamanos y herrajes. Puertas de acceso al local lo constituyen dos (2) rejas tipo “Santa María”. El local está dotado de nueve (9) lámparas; una (1) lámpara de emergencia, un (1) gabinete adosado a la pared contentivo de extintor y manguera y apartamento 1-A, elaborado de pisos de cerámicas, techo de platabanda, distribuido de la siguiente manera: sal-cocina-comedor, tres (3) habitaciones destinadas para dormitorio, dos (2) salas de baño, una de las cuales está incorporada en la habitación principal, las salas de baño poseen pisos y paredes recubiertas con cerámicas, dotados de pocetas, lavamanos, ducha y todos sus herrajes. Planta alta: apartamento 1-B con las siguientes características. Pisos de cerámicas, techo de platabanda, distribuida de la siguiente manera: escalera de acceso a la planta alta, terraza, sala-cocina-comedor, piso de cerámicas, techo de madera en laminas machihembradas, tres habitaciones destinadas para dormitorio, dos (2) salas de baño, una de las cuales está incorporada a la habitación principal, las salas de baños poseen pisos y paredes recubiertas con cerámicas, dotados de poceta, lavamanos, ducha y todos sus herrajes , área de estudio, área de lavadero y balcón. Terraza área abierta que da acceso al apartamento 1-B, piso recubierto con cerámicas y posee una cerca de concreto; y se encuentra alinderadas de la siguiente manera: Norte: O.C. con 9,45 metros lineales; Sur: Avenida 9 que es su frente con 8,90 metros lineales; Este: O.C. con 31,40 metros lineales; y Oeste: Familia Traviezo con 32,75 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.

El Juez Temporal,

Abg. Raimond M. G.M.

La Secretaria,

A.J.R.R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de once (11) folios útiles, a la parte interesada.

La Secretaria,

A.J.R.R.

Exp. N° 2.175-14/RMGM/AJRR/cmgl.

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