Decisión nº IG012015000619 de Corte de Apelaciones de Falcon, de 16 de Julio de 2015

Fecha de Resolución16 de Julio de 2015
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteGlenda Oviedo
ProcedimientoDeclara Inadmisible La Acción De Amparo Constitucional

N° Expediente : IP01-O-2015-000045 N° Sentencia : IG012015000619 Fecha: 16/07/2015 Procedimiento:

Declara Inadmisible La Acción De A.C.

Partes:

NÍRSIDA J.L.P.

Resumen:

esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: DECLARA INADMISIBLE la acción de a.c. interpuesta por la ciudadana NÍRSIDA J.L.P., asistida por el Abogado A.C.L.N., contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y medidas de Violencia contra la Mujer de esta Circunscripción Judicial, en fecha 07 de julio de 2015, en la causa penal N° IP01-S-2015-000163, conforme a lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se ordena la notificación del presente fallo a la parte accionante, por aplicación de doctrina jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Juez/Ponente:

Glenda Oviedo

Organo:

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