Decisión nº PJ0042012000460 de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 14 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2012
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteArnaldo José Osorio
ProcedimientoLibertad Plena

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo

Punto Fijo, 13 de Noviembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2012-009270

ASUNTO : IP11-P-2012-009270

AUTO ACORDANDO L.P.

Por cuanto se recibe de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del estado F.E.P.F., en esta fecha (23) de Octubre de 2012, oficio signado bajo el número CR4-DESUR-FAL 1ERA CIA SIP 12991, de fecha 22 de Octubre de 2012 suscrito por el Comandante el Capitán M.M.S., mediante al cual colocan a disposición del Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal al ciudadano: NOEL RAMÒN PIRE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.075.943, por encontrarse solicitado según oficio Nº 4797 de fecha 17-06-1997. y de la revisión del sistema juris 2000, no se evidencia que exista dicha orden ya que la misma pudo ser de expedientes en régimen de transición, llevados ante este circuito penal antes de entrada en vigencia y operatividad el sistema juris 2000, sin embargo es importante hacer mención que el presente imputado presenta causa en el Tribunal único de Ejecución de este circuito penal, la cual se encuentra como ultimo pronunciamiento Resolución de fecha 29/7/2011, mediante la cual se, DECLARA la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA, a favor del ciudadano N.R.P.R., titular de la Cédula de Identidad N° V-14.075.943, en virtud, de haber cumplido la totalidad de la condena impuesta en la causa penal N° IP11-P-2009-0000183. Como consecuencia de la anterior declaratoria ACUERDA PRIMERO: L.P. A PARTIR DEL DÍA 31 DE JULIO DE 2011 del ciudadano N.R.P.R., titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.075.943, quien se encuentra recluido en la sede de la Comunidad Penitenciaria de Falcón y oficios a la dirección de prisiones Caracas, al C.N.E. y al Comisario del C.I.C.P.C. Delegación Caracas (extracto de la resolución emanada del tribunal único de ejecución).

DISPOSITIVA

En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado F.E.P.F., RESUEVE: PRIMERO: Líbrese boleta de l.p., en resguardo de sus derechos constitucionales y en aplicación del Articulo 44 N °1 De La Constitución Bolivariana De Venezuela. SEGUNDO: una vez cumplido lo aquí ordenado desee por terminado el presente expediente en el sistema, TERCERO: Ofíciese al Organismo aprehensor de la presente decisión. Líbrense los respectivos oficios. Cúmplase con lo ordenado.-

EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG A.O.P.L.S.

ABG GLORIANA MORENO

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