Decisión de Juzgado Vigesimo Tercero de Municipio de Caracas, de 6 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2009
EmisorJuzgado Vigesimo Tercero de Municipio
PonenteIrene Grisanti
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 06 de agosto de 2009

Años: 199º y 150º

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO que encabeza las presentes actuaciones, así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o mejor Derecho, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL sobre las bienhechurías descritas en autos, de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos N.F.D.U. y W.A.U., venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números V-2.750.384 y V-1.393.262, respectivamente. Este Tribunal declara Titulo Supletorio Suficiente o Justificativo Judicial a favor de los solicitantes. Devuélvase la presente solicitud original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de este auto en el copiador de sentencia. Cúmplase.

LA JUEZ,

Abg. I.G.C.

LA SECRETARIA,

Abg. VERIUSKA A.P.

IGC/VAP

ASUNTO N° AP31-S-2009-003230

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