Decisión de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 11 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2005
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito
PonenteLuis Alberto Rivas
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, once de marzo de dos mil cinco

194º y 146º

ASUNTO : BP02-V-2004-000760

Con motivo de la entrada en vigencia, en fecha 03 de Enero de 2.005, mediante Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.098, de la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de vivienda, la cual fue remitida a este Juzgado mediante Circular N° 1, de fecha 18 de Enero del presente año, emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, cuyo artículo N° 56 ordena la Paralización de todos los procesos judiciales en ejecución de demandas de los deudores hipotecarios para el momento de entrada en vigencia de dicha ley, al igual que la no admisión de nuevas demandas; el Tribunal, en cumplimiento de lo establecido en el artículo supra mencionado, se ordena la paralización del presente proceso, hasta tanto conste en autos el recálculo y reestructuración del certificado de la deuda que emita el Banco Nacional de Ahorro y Préstamo, y así se decide

El Juez Temporal

Abog. L.A.R.S.

La Secretaria Acc.,

Berley Rondon Villa.-

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