Decisión nº ABR-124-11 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de Sucre (Extensión Carupano), de 25 de Abril de 2011

Fecha de Resolución25 de Abril de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
PonenteSusana García de Malave
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano, 25 de Abril de 2.011

201° y 152°

Solicitud N° 4284

SOLICITANTE: N.A.G.T., titular de

la Cédula de Identidad N° 3.658.645, en su

carácter de Directora Administrativa del

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION.

APODERADO No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE

DEFINITIVA).

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: N.G.T., quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.658.645, en su carácter de Directora Administrativa del Instituto Nacional de Nutrición, designada por disposición del ciudadano Presidente de la República, mediante Decreto N° 327, de fecha 27 de Septiembre de 1.999, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.804, de fecha 08 de Octubre de 1.999, donde solicita de este Juzgado se le conceda TITULO SUPLETORIO de Propiedad sobre unas Bienhechurías constituidas por: Un Comedor Popular denominado V.F., el cual fue construido en el año 1.985, con algunas refacciones en el año 1.992, dicha construcción tiene una superficie de Quinientos Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Ochenta Centímetros (541,80 Mts²), constante de: Un salón comedor con dos (02) baños, depósito y un fregador anexo, un área de servicio, un área de servicio con un fregadero y las malmitas, un área de manipulación de alimentos, una despensa, dos (02) cavas cuartos (una de congelación y otra de mantenimiento), dos (02) baños para el personal, una oficina con baño, un área de estacionamiento para tres (03) vehículos, un depósito, un área para los motores de las cavas, un para la bombona de gas, un deposito donde está ubicada la caldera y un área que corresponde al tanque de gasoil. Además todas las paredes son de bloque con friso liso, el piso es de granito, el techo es de asbesto con techo raso en el área del salón comedor y oficina; dichas Bienhechurías están fomentadas en un Lote de Terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle el Perú con Calle Cantaura de la ciudad de Carúpano, Parroquia S.R., Jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con una extensión de terreno de Seiscientos Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados con Ocho Centímetros (664,08 Mts²), y cuyos linderos y Medidas son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de la Sucesión Martínez, con una medida de 30,21+0,83 mts, en línea quebrada; SUR: Con Calle El Perú, con una medida de 30,93 mts.; ESTE: Con Terminal de Pasajeros, con una medida de 1,28+18,67 mts, en línea quebrada y OESTE: Con Calle Cantaura, con una medida de 23,38 mts.; y por cuanto las declaraciones rendidas de las ciudadanas: C.D.C.T.D.R. y M.M.G., venezolanas, mayores de edad, ambas de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.298.729 y 3.422.512, respectivamente, se demuestra el derecho o pretensión de la solicitante, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD suficiente a favor del INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION, sobre el Inmueble antes descrito de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvos los derechos de Terceros. Devuélvase todo original con sus resultas a la parte interesada. Y así se decide.

La Juez,

Abg. S.G.d.M..

La Secretaria,

Abg. F.V.C..

Constante en Veintiséis (26) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,

Abg. F.V.C..

SGDM-mmg.

Sol. Nº 4284

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR