Normas sobre prevención de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Proliferación de Armas de destrucción masiva y otros delitos para el sector turístico, valores, asegurador y criptoactivos

AutorARAQUEREYNA

Las normas anteriormente referidas comparten gran parte de los requerimientos exigidos a los sujetos obligados en cada uno de los sectores, siendo las disposiciones más relevantes para los que ejercen estas actividades las siguientes:

¿A quiénes aplican estas nuevas normas?

Las normas dictadas para cada sector restringen la aplicabilidad de ellas de la siguiente manera en cada caso:

  • Turístico: aplica para todos los sujetos que el Decreto Ley Orgánica de Turismo considera prestador de servicios turísticos (alojamiento, agencias de turismo, recreación y deporte turístico, guías de turismo, transporte turístico, alimentos y bebidas, viviendas vacacionales, operadores y administradores de inmuebles con fin turísticos, servicios de protección/auxilios/higiene y seguridad para el turista, salud y estética turística, servicios de apoyo al turista, actividades comerciales y culturales de servicio exclusivo en ferias o fiestas tradicionales; y, cualquier otro que el Ministerio considere prestador de servicios turísticos).
  • Valores: a todas las personas naturales y jurídicas que por Ley corresponda estar sometida al control de la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL), al igual que todos aquellos sujetos que directa o indirectamente participe en el mercado de valores tradicional y descentralizado.
  • Asegurador: la Providencia dictada en para este sector divide en dos grupos los sujetos aplicables:
  • Grupo A: las empresas de seguros, las empresas de reaseguros, empresas de medicina prepagada, las empresas administradoras de riesgos, las empresas financiadoras de primas o cuotas, las sociedades de corretaje de seguros, las sociedades de corretaje de reaseguros, las asociaciones cooperativas que realicen actividad aseguradora o de medicina prepagada, las oficinas de representación o sucursales de empresas de reaseguros extranjeras y las sucursales de sociedades de corretaje de reaseguros domiciliadas en el exterior.
  • Grupo B: los agentes de seguros, los corredores de seguros, los auditores externos, los inspectores de riesgos, los peritos avaluadores, los ajustadores de pérdidas, los actuarios independientes, las empresas dedicadas al ajuste de pérdidas, las empresas de peritaje, las empresas dedicadas a las inspecciones de riesgos relacionadas con la actividad aseguradora.
  • Criptoactivos: personas y entidades, públicas y privadas, que proporcionen a terceros productos y servicios a través de actividades que involucren activos virtuales o...
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