Decisión de Tribunal Primero de Control de Trujillo, de 1 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2008
EmisorTribunal Primero de Control
PonenteAntonio José Moreno Matheus
ProcedimientoAuto Ordenando Captura

Visto el escrito y recaudos anexos presentados por el Abg. R.J. SALAS MORENO, actuando con el carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con competencia en el Sistema de Protección al Niño y Adolescente quien solicita se acuerde la orden de aprehensión a los ciudadanos M.J.O.V., venezolano, natural de Boconó, estado Trujillo, soltero, de 31 años de edad, nacido en fecha primero de octubre del año 1976, residenciado en el sector La Guayabita, avenida principal, depósito de la empresa S.G., Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 12.720.336, F.J.B.B. , que según la solicitud fiscal su verdadero nombre es R.A. PEÑA SANTOS, venezolano, natural de Boconó, estado Trujillo, soltero, de 22 años de edad, residenciado en la avenida gran Colombia, entre calles A.B. y Colón, casa número 7-88, Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 17.477.487 y P.E.M.D., venezolano, natural de Valera, estado Trujillo, casado, de 29 años de edad, nacido el 31 de julio de 1978, residenciado en la calle A.B., edificio de color blanco de nombre Torres, en el segundo piso, apartamento único, Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 14.459.926, por la existencia de hecho punible que amerita pena privativa de libertad, como es uno de los delitos contra las personas, como lo es el SECUESTRO de un adolescente de nombre J.E.A.C., delito previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal Vigente; cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita y por existir fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor material de este hecho y la presunción razonable por la apreciación de las circunstancias del caso particular de peligro de fuga en virtud de la gravedad del hecho y por existir la presunción legal de fuga ya que la sanción a imponer es de 20 a 30 años de prisión, por considerar que se encuentran llenos los extremos legales exigidos en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal el Articulo 251 del Código Orgánico Procesal Penal Venezolano; el Tribunal para decidir observa:

Analizadas las actas procesales de las mismas, se evidencia que surgen los siguientes elementos de convicción procesal:

  1. TRANSCRICION DE NOVEDAD, de fecha 03-02-08, suscrita por suscrita por el Funcionario Agente Valera Yvan, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia lo siguientes:…” Se recibió llamada telefónica del Cabo I, Salas Albornoz, adscrito al Comando de la Guardia Nacional de esta localidad, informando que en la vía que conduce a Guaramacal, fue encontrada una ciudadana de nombre R.G., quien manifestó que a su concubino de nombre J.E.A., de 17 años de edad, personas por identificar y portando Armas de Fuego, lo habían secuestrado, desconociendo de mas datos.

  2. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Agente Valera Iván, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:”En esta misma fecha siendo las Once horas de la noche del día 03-02-08, luego de recibir llamada telefónica de parte de Funcionarios de la Guardia Nacional, informando que en las instalaciones de IMPARQUES ubicado en la Laguna de los cedros vía a Guaramacal se encontraba una ciudadana victima de un secuestro, por o que me traslade en compañía del Funcionario Agente Ercrist Briceño, en la unidad P-799, hacia la referida dirección a fin de corroborar dicha información, una vez allí, nos entrevistamos con el Guarda Parque de guardia de nombre E.R.C., Venezolano, natural de Bocono, soltero 45 años de edad, Guarda Parques, residenciado en el sector Laguna de los cedros, casa sin numero de esta localidad, titular de la cedula de identidad V-09.374.774, quien informo que la ciudadana se encontraba en las instalaciones de la referida oficina procediendo a identificarla de la manera siguiente: GARCIA MEJIA R.S., Venezolana, natural de Bocono Estado Trujillo, 18 años de edad, soltera, Estudiante, residenciada en el sector Primera Sabana, calle principal, casa numero 1-44, al lado del taller de la Línea la Rápida, de esta localidad, titular de la cedula V-19.186.330, quien nos informo que en momentos que se encontraba cerca de la Farmacia “La Genérica”, ubicada en la calle Páez, Bocono Estado Trujillo, en compañía de su concubino de nombre J.E.A.C., fueron interceptados por dos sujetos quienes portando armas de fuego los interceptaron y los obligaron a entrar a un vehiculo, trasladándolos a la vía a Guaramacal de esta localidad, procediendo a liberar a la referida ciudadana a tres kilómetros de la oficina de Imparques en la carretera vía al Parque Nacional Guaramacal y que a su concubino se lo habían llevado, por lo que procedí a trasladar a los referidos ciudadanos a este despacho a fin de que rindan entrevista en torno al presente caso, anexo a la presente, acta de inspección técnico Criminalistico y parte superior de boleta de citación antes libradas, a los referidos ciudadanos se les permitió retirarse del despacho luego de rendir entrevista, es todo.

  3. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por los Funcionarios Agente Y.V. y Ercrist Briceño, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”El lugar objeto de la presente inspección se trata de un sitio de suceso abierto, de temperatura ambiental fresca, con iluminación artificial escasa, todo para el momento de practicar la respectiva inspección, siendo esta una vía publica elaborada en concreto armado de un solo sentido provisto de sus aceras, con su alumbrado publico en regulares estado de uso y conservación la cual se proyecta en sentido NORTE-SUR, en dicha calle se observa varios locales comerciales que exhiben diferentes fachadas, así mismo se observa la fachada de un local comercial denominado Farmacia la Principal, la cual se toma como punto de referencia, para el momento de3 la presente se observa escasa afluencia de vehículos automotores así como de peatones, se realizo un minucioso y extenso rastreo por las adyacencias del lugar en busca de algún elemento de interés Criminalistico siendo el mismo infructuoso, es todo.

  4. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, siendo las Doce horas de la Madrugada con cuarenta y cinco minutos, compareció por ante este despacho el Funcionario Cabo Primero (P.E.T) A.P., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono la ciudadana GARCIA MEJIA R.S., de Nacionalidad Venezolana, natural de Bocono Estado Trujillo, 18 años de edad, soltera, Estudiante, Residenciada en la Primera Sabana, calle principal, casa Nro 1-44, al lado del taller de la Línea de Trasporte La Rápida de esta localidad, titular de la cedu7la de identidad Nro V- 19.186.330, quien estando impuesta del hecho que se investiga manifestando no tener impedimento alguno en rendir entrevista y en consecuencia expuso:…”Bueno resulta que yo me encontraba con mi concubino de nombre J.E.A.C., caminando por la avenida Sucre y en la esquina de la calle Páez, fuimos interceptados por dos ciudadanos, quienes portando armas de fuego nos obligaron a montarnos en el carro que ellos andaban, que dentro del mismo habían dos personas mas y comenzaron a golpear con las armas y las manos a mi concubino y le dijeron que se iban a llevar porque el salía con la hermana de uno de ellos que se llama Tibisay pero Eduardo les decía que no conozco a ninguna persona con ese nombre y nos decía que no nos moviéramos porque nos iban a matar y agarrar la vía del Liceo J.B.D.C. y cruzaron para el Ateneo de esta localidad y por esa calle del Ateneo, nos taparon a los dos la cara, después le dijeron a Eduardo que el tenia que formar unos papeles legales, pero no le dijeron que tipo de papeles ni en que parte los iba a firmar, luego de un recorrido de aproximadamente treinta minutos, estos tipos le dijeron a Eduardo bájese y el se bajo y estos tipos decían “hay esta cacao, este esta cacao” y yo quede sola dentro del carro porque estos no se bajaron pero estaba cerca del carro porque yo los escuchaba conversando luego de aproximadamente treinta minutos sentí que se montaron dos de estos sujetos al carro y lo prendieron a arrancaron y yo les pregunte para donde me llevan y me contentaron ahorita la llevamos para dejarla cerca de su casa, y yo les pregunte y Eduardo y me pregunto y me contestaron ya lo dejamos y me quitaron de la cara el trapo con que me habían tapado y me colocaron la blusa que yo tenia puesta en la cara y me dijeron que siguiera caminando y yo seguí, luego cuando escuche que prendieron el carro y se fueron, me quite la blusa de la cara pero no vi para donde se fueron pero ellos me habían puesto a caminar en una subida y como vi que estos tipos se habían ido yo baje y pase una curva vi una candela y con mucho miedo seguí hacia donde estaba esa candela y vi que era un carro el que estos tipos se estaban que se estaba quemando, pero igual seguí y luego de haber caminado aproximadamente una hora vi una casa y comencé a tocar la puerta y salio un señor y yo le dije lo que me había ocurrido y el me dijo que era Guardia de Parque y me dijo vamos a seguir bajando y llamo de su teléfono celular, creo que para este Despacho, al rato llego una comisión de la Guarda Nacional y la PTJ, y me trasladaron para esta oficina….

  5. ACTA DE INVESTIGACION PENAL N° 9700-237-134-117, de fecha 04-02-08, suscrita por los Funcionarios Inspector L.M. y Agente Ercrist Briceño, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, a objeto de practicar EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”MOTIVO: El presente informe a de verificar sobre el (los) objetos en cuestión, a fin de dejar constancia de su reconocimiento Legal. EXPOSICION: Alos efectos propuestos nos fue solicitada una Experticia de Reconocimiento Legal, según Memorandum N° 9700-237-007, de fecha 04-02-08, emanada de la sala de Substanciación de esta Sub-Delegación. El objeto en cuestión se encuentra representado por: 01.- Un (01) ejemplar con apariencia de matricula de la emitida por el MINISTERIO DE TRANSPARTE Y T.T., utilizando para la identificación de vehículos automotores, elaborado en material de forma rectangular, cuyas medidas son 30 centímetros de longitud por el 15 centímetros de alto, en su lado anverso se observa que el fondo de la misma se encuentra carente de pintura y parcialmente incinerado, con letras y dígitos en alto relieve VENEZUELA VCY-52M ZULIA posee a su alrededor cuatro orificios la misma se encuentra parcialmente deformado. De lo antes expuesto hemos llegado a la siguiente: CONCLUSION: Para los efectos del presente peritaje, puedo mencionar que la pieza mencionada en el presente, tiene su uso natural y especifico la misma es utilizada para la identificación de vehículos automotores, apreciándose que la misma se encuentra deteriorada y en deficientes condiciones de conservación.

  6. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Detective F.N., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento previo traslado de comisión, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse como queda escrito: GONZALEZ VILLEGAS DEONISIO, Nacionalidad Venezolana, natural de Bocono, de 51 años de edad, soltero Vigilante del Estacionamiento San Alejo, ubicado en el sector la Peineta de esta localidad, residenciado en la calle la Trinidad del sector Primera Sabana, titular de la cedula de Identidad V-07.646.405, y en consecuencia expuso:…”Lo que paso fue que yo anoche me encontraba en el estacionamiento donde laboro, cuando llego una bachaca de color gris, conducida por un muchacho joven, y el estaba acompañado por una muchacha, entonces me dice el joven que si puede guardar la camioneta en el estacionamiento que el la busca temprano en la mañana y yo le dije que si, como el papa antes pagaba el estacionamiento fijo, y entonces cuando estaciono la camioneta se fue con La muchacha que lo acompañaba…

  7. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Detective D.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Me traslade hacia el estacionamiento San Alejo, de esta localidad a fin de efectuar la inspección técnica Criminalistica del vehiculo clase camioneta, tipo Pick-Up, color gris, marca Toyota, modelo Land Cruiser, placa 81ª JAG, una vez en el mencionado estacionamiento nos entrevistamos con un ciudadano quien quedo identificado de la siguiente manera: GONZALEZ VILLEGAS DEONISIO, de Nacionalidad Venezolano, natural de Bocono, de 51 años de edad, soltero, vigilante, residenciado en la calle la trinidad sector Primera Sabana casa s/n, Municipio Bocono, cedula de identidad V-07.646.405, Criminalistica, al vehiculo ante mencionado donde se deja constancia que dicho vehiculo posteriormente fue trasladado al estacionamiento Unión de esta localidad donde quedo en deposito a la orden de la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico de esta localidad, acto seguido nos trasladamos nuevamente al Despacho a informar a la superioridad del resultado de dicha comisión.

  8. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por los Funcionarios Inspector L.M., Detective D.G. y Agente Ercrist Briceño, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”El lugar a inspeccionar se trata de un sitio de suceso cerrado siendo el mismo el estacionamiento antes mencionado. El cual presenta como fachada una pared de concreto frisado y pintado de color blanco como medio de acceso se observa un portón metálico del tipo corredizo pintado de color azul tras este se observa el interior del estacionamiento con piso de tierra y pavimento en algunas de sus áreas así mismo cercado perimetralmente por paredes de bloques sin frisar ni pintar, de igual manera se observa varias partes con su techo elaborado por una estructura metálica que esos tiene laminas de zinc, en dicho lugar se observa varios vehículos aparcados uno de estos interés para la presente observando las siguientes características: CLASE CAMIONETA, TIPO PICK-UP, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, COLOR GRIS, PLACAS 81ª-JAG, dicho vehiculo es revisado externamente, encontrándose para el momento de la presente que el mismo se encuentra en buenas condiciones, de igual manera se deja constancia de no poderse revisar sus seriales tanto del motor como de carrocería así mismo se observa que las puertas del mismo se encuentran cerradas, se hizo uso de reactivos en los sitios aptos para tal fin en búsqueda de alguna huella dactilar en esta latente siendo de resultado negativos, no se observa otros detalles de interés Criminalistico, luego de un minucioso rastreo, es todo…”

  9. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Agente C.U., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”En esta misma fecha siendo las dos horas de la mañana salí en comisión en compañía de los Funcionarios Sub-Comisario T.Q., J.G.B., Inspectores H.P., L.M. y Sub-Inspector C.V., en la unidad P-799, hacia el sector Laguna de los cedros, carretera Bocono Guaramacal, Municipio Bocono, Estado Trujillo, a fin de continuar con las investigaciones relacionadas con la causa H-581.431,unas vez en el referido lugar, logramos avistar un vehiculo aparcado un vehiculo totalmente calcinado, el cual presentaba una de las placas de identificación signada bajo el numero VCY-52M, por lo que se procedió a realizar la respectiva inspección tanto en el sitio como al referido vehiculo, procediendo a trasladar el precitado automotor al estacionamiento unión de esta ciudad, donde fue dejado en calidad de deposito a la orden de la Fiscalia Sexta de esta ciudad, para futuras experticias, optando en regresar a este despacho, donde procedí a efectuar llamada telefónica a la Sub-Delegación de Valera, a fin de verificar por ante el sistema de computarizado de dicho despacho, la placa de matriculación antes mencionada, siendo atendido por la Funcionaria Sub-Inspector Yohana R4iveros, credenciales 32036, quien me informo que dichas placas corresponden a un vehiculo marca Indigo Tata, color plata, año 2007, tipo Sedan, clase automóvil, serial de carrocería MAT601208PL03569, el cual se encuentra solicitado por la Sub-Delegación Barquisimeto, según expediente H-782.083, de fecha 28-01-2008, por el delito de hurto, razón por la cual procedí a efectuar llamada telefónica a dicho despacho a fin de notificar la recuperación del vehiculo en cuestión, siendo atendido por la Funcionaria Sub-Inspector M.O., credencial 28496, quien quedo informado al respecto es todo…”

  10. ACTA DE CRIMINALISTICA N°-082, de fecha 04-02-08, suscrita por los Funcionarios Sub-Comisario T.Q., J.G.B., Inspectores H.P., L.M. y Sub-Inspector C.V., Agente C arlos Urbina, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”El lugar objeto de la presente Inspección, se trata de un sitio de suceso abierto (vía publica), de temperatura ambiental fresca, iluminación natural totalmente escasa para el momento, donde se observa una carretera elaborada en asfalto y tierra, vegetación herbácea abundante, de doble sentido con escaso paso vehicular y peatonal, para el instante de realizarse la presente inspección, a su vez se aprecia al margen izquierdo (vista del observador) de dicha carretera un vehiculo totalmente incinerado (calcinado), no pudiendo determinar ni la marca ni el modelo del mismo, se aprecia en la parte delantera una placa con las inscripciones “VCY-52M”. se procedió a practicar un minucioso rastreo, por las adyacencias del referido lugar, en busca de algún material de interés Criminalistico que guarden relación con las actas procesales aperturazas por ante este Despacho, siendo infructuosa la misma, se fijo fotográficamente de manera general el vehiculo antes descrito y se colecto la placa antes mencionada, es todo…”

  11. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Agente H.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento previo traslado de comisión, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse como queda escrito: CARACAS E.R., Nacionalidad Venezolana, natural de Bocono, de 44 años de edad, soltero, Guardabosques, residenciado en el sector laguna de los cedros, casa sin numero, carretera Bocono-Guaramacal, a doscientos metros del puesto de guardabosques de esta localidad, titular de la cedula de Identidad V-9.374.774, y en consecuencia expuso:…”Bueno lo que paso fue que yo me encontraba en mi puesto de guardabosques ubicado en la dirección antes mencionada aproximadamente a kilómetro y medio de la laguna de los Cedros de esta localidad y eso de las diez y treinta minutos de la noche, llego una muchacha pidiendo que la ayudara, porque necesitaba, los habían secuestrado a ella y a su esposo, y habían quemado el carro en el que se ellos habían llevado y la dejaron abandonada aproximadamente a tres kilómetros mas arriba del puesto de guardabosque y se llevaron a su esposo, por lo que de inmediato llame a mi jefe de nombre A.B. y le manifesté lo que estaba pasando y le dije que llamara a la Guardia Nacional, para que me ayudara, ya que yo tenia a la muchacha allí que supuestamente habían secuestrado junto a su esposo, luego en vista de esto decido bajar hasta la Laguna de los Cedros, para buscar ayuda del otro guardabosque que esta destacado allí y le manifesté lo ocurrido, al rato llego una comisión de la Gguardia Nacional y la PTJ y se trajeron a la muchacha y después me regrese a mi puesto de trabajo…

  12. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Detective D.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Encontrándome en la sede de este despacho se recibe de manos del ciudadano: CARACASC E.R., plenamente identificado en autos anteriores quien figura como testigo en la presente averiguación, copias fototasticas, de paginas pertenecientes a los libros llevados en INPARQUES, de las firmas de visitantes, al mismo, es todo…”

  13. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Agente C.U., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…” Se presento previo boleta de citación, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse como queda escrito: MEJIA ALBARRAN A.J., Venezolana, natural de esta localidad, de 48 años de edad, soltera, T.S.U en educación, laborando en el instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo, extensión Bocono, residenciada en el sector Primera Sabana, carretera Nacional, al lado del taller la Rápida, Bocono Estado Trujillo, titular de la cedula de Identidad V-5.631.144, y en consecuencia expuso:…”Bueno yo estuve todo el día de ayer con Eduardo, quien es el concubino de mi hija de nombre R.S.G., en una casa que el tiene en la calle Bolívar, parte alta del súper mercado único de esta ciudad, viendo pasarlas carrozas, cuando termina de pasar, el desfile de las carrozas Eduardo nos dice que nos vamos a darle una vuelta a los carros porque por ahí había mucha gente rara, entonces nos fuimos para donde estaban los carros a verlos, cuando llegamos donde están los carros Eduardo me dice que vamos aguardar la camioneta de el y que mejor andemos en el mió, entonces yo le digo a Eduardo que vaya a guardar su camioneta con Rosana que yo los esperaba ven la bomba texaco, en vista de que se tardaban demasiado yo comencé a enviar mensajes y a llamarlos, pero no contestaban, por esta razón yo me fui para mi casa y como a las doce y media de la noche, fue que Rosana me llamo al teléfono de mi casa al 02725 6524125 y me dijo que me estaba llamando de este despacho y me contó lo que había ocurrido…

  14. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 04-02-08, suscrita por el Funcionario Agente Q.P.J.E., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se deja constancia que previa consulta con el Fiscal Noveno del Ministerio Publico Abogado R.S., quien se encuentra a cargo de las investigaciones, se da autorización mediante vía telefónica por parte de la Juez de Control numero 05 de esta Circunscripción Judicial a Funcionarios del CICPC adscritos a la Brigada de Extorsión y Secuestro y GAES de la Guardia Nacional de Venezuela a interceptar las llamadas telefónicas entrantes y salientes de los móviles 0416-1314818, perteneciente a la ciudadana M.A.A.C. (hermana de victima); 0416-2702974 propiedad del ciudadano J.E.A. (progenitor); 0424-8776151 perteneciente al adolescente J.E.A.C. (victima) y el Telcel Fijo 0272-4140788, ubicado en el sector las acacias, Urbanización la Esperanza, calle los robles, casa 0-102, municipio Valera, Estado Trujillo, con la finalidad de utilizar como medio de prueba de las resultas posteriores, casa una de las conversaciones donde figuren negociaciones y otros asuntos de importancia para el total esclarecimiento del caso que nos ocupa, sin mas que hacer referencia, es todo…”

  15. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 07-02-08, suscrita por el Funcionario Detective D.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento previo boleta de citación, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse: M.A.J.R., Venezolano, natural Barquisimeto Estado Lara, de 55 años de edad, soltero, Comerciante, residenciado en la urbanización el Recreo, parcela Nro 75 Nro 75-07, Barquisimeto Estado Lara, titular de la cedula de Identidad V-4.064.478, y en consecuencia expuso:…”Bueno yo le preste mi carro a un amigo de nombre F.C., entonces según me contó que dos ciudadanos a bordo de una moto portando arma de fuego, lo despojaron de un vehiculo de mi propiedad, marca TATA, modelo INDOGO, color plata, tipo sedan, placas VCY-52M, esta mañana estuve en un puesto de periódico allí compre el diario Panorama, y al leerlo me di cuenta que allí aparecía la foto de un vehiculo me percate que allí estaba el numero de matricula de mi vehiculo, es por es que me traslade a este despacho para verificar donde esta mi carro, también quiero agregar que el día martes 05-02-08, recibí una llamada telefónica de un teléfono MOVISTAR, signado con el Nro 0424-5044208, de parte de unas niñas de Bocono, habían encontrado los papeles de mi vehiculo, y que me los iban a dejar en Radio Jardín, de esta localidad, para que los retirara, y en efecto me traslade hasta la emisora y allí me hicieron entrega de los mismos…

  16. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 08-02-08, suscrita por el Funcionario Agente C.U., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento de manera espontánea, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse: CORDONES F.A., Venezolano, natural Barquisimeto Estado Lara, de 57 años de edad, soltero, Comerciante, residenciado en la urbanización el Recreo, parcela Nro 14 Nro 14-02, Barquisimeto Estado Lara, titular de la cedula de Identidad V-3.542.729, y en consecuencia expuso:…”Bueno yo vengo hasta esta oficina porque el dia de ayer el señor J.R.M., me llamo y me dijo que tenia que venir hasta aquí a rendir buna entrevista, porque el vehiculo que me robaron a mi en Barquisimeto Estado Lara, el cual es de su propiedad y que yo lo cargaba porque el me lo había prestado apareció quemado aquí en Bocono, involucrado en un secuestro y en relación a esto lo que puedo decir es que yo me encontraba en la calle 38 con carretera 19, diagonal al Banco Central, Barquisimeto Estado Lara, dentro del vehiculo, cuando repente me llegan dos sujetos en una moto, y el que iba de parrillero me apuntó con una pistola y me dijo que me quedara quieto y que me estacionara a la derecha y que le abriera la puerta de copiloto, yo le hice caso de todo lo que me dijo, luego se monta al lado mió y el que andaba manejando la moto se quedo atrás, luego me dice sigue hacia la carrera 37, que es la via ribereña, y el que estaba manejando la moto iba detrás de nosotros, cuando llegamos al final de la carretera 37 el tipo que se me monto a lado me quito el carro y me dice que me vaya caminando con otro sujeto que nos estaba esperando allí, y se lleva el carro con el que iba manejando la moto que en todo momento iba detrás de el, luego yo me quedo con el otro sujeto, el que nos estaba esperando y este me lleva corriendo por unas escaleras para un barrio, me lleva apuntando con su pistola, cuando llegamos a la parte alta de un barrio que llaman la chicharronera, este sujeto comienza a conversar conmigo, pero siempre detrás de mi y no me dejaba voltear, por eso no le vi el rostro, me pregunta que si que tipo se seguro tenia el vehiculo, que si estaba protegido por sistema satelital, yo le dije que no, todo lo que yo le decía, este sujeto se lo comunicaba al que cargaba el carro vía celular, luego me dice de una manera muy decente que a mi no me va a pasar nada y que al vehiculo tampoco, que solo lo querían para un procedimiento, luego me pide el numero de celular para avisarme donde iban a dejar el carro después que hicieran el procedimiento, por ultimo me dijo que no denunciara el carro como robado en PTJ que si quería lo denunciara en la policía, para no tener problema para la entrega del carro por Fiscalia y como al cabo de dos horas me dejo ir, del carro se me quedo mis documentos personales…

  17. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 08-02-08, suscrita por el Funcionario Detective D.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento previo traslado de comisión, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse: R.S.G.M., Venezolana, natural de Bocono Estado Trujillo, 18 años de edad, soltera, Estudiante, residenciada en el sector Primera Sabana, calle principal, casa numero 1-44, al lado del taller de la Línea la Rápida, de esta localidad, titular de la cedula V-19.186.330, y en consecuencia expuso:…”Bueno resulta que el día 03-02-08, yo me encontraba en compañía de mi concubino en el estacionamiento San Alejo, donde dejo guardado el vehiculo marca toyota, y cuando salimos en la esquina estaba un carro de color plata, luego se bajaron dos sujetos nos apuntaron luego nos agarraron nos metieron al vehiculo y luego me dejaron en un sitio, pero no se donde estaba, pero vio llegue a un puesto de Imparques le pregunte a un vigilante y el me dijo que estaba en la laguna los Cedros, de ahí me trasladaron para la PTJ,

  18. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-02-08, suscrita por el Funcionario Detective F.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se pudo comparar que una ciudadana de nombre YOJANA, quien reside en el sector la Milla de esta ciudad y es la concubina del ciudadano L.M.M.G., menciono en actas anteriores, tiene conocimiento de la persona que junto con su concubino son cómplices en el secuestro de un joven de apellido AVENDAÑO, motivo por el cual procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Sub- Comisario R.M., y Agente J.Q., en vehiculo particular, hacia el Sector la Milla de esta localidad, a fin de localizar a la ciudadana antes mencionada, una vez en dicha dirección sostuvimos entrevista con moradores del referido sector, quien nos señalo la residencia de la ciudadana mencionada como YOJANA, motivo por el cual procedimos a apersonarnos a la misma, unas vez en la referida residencia fuimos atendidos por una persona, a quien luego de identificarnos como funcionarios de este Cuerpo de Investigación e imponer el motivo de nuestra presencia se identifico de la manera siguiente: ANDRIZ Y.R.C., Venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, de 27 años de edad, soltera, Peluquera, residenciada en Sector la Milla, frente a la pasarela, casa sin numero, Municipio Bocono Estado Trujillo, titular de la cedula de Identidad V-15.614.157, quien nos manifestó ser la concubina del ciudadano: L.M.M.G., y que el mismo el día lunes, 04-02-08, en horas de la noche se fue de su casa en compañía de un ciudadano de nombre M.O., REGULO, que lo apodan TALIBAN, y el otro que lo apodan EL COMPADRE, en un carro de color gris, y no regreso hasta después de cinco días, luego se perdió otra vez el día lunes 11-*02-08, y hasta la presente fecha no ha regresado, asimismo manifestó no tener impedimento alguno en comparecer por ante este Despacho a fin de rendir entrevista en relación lo ante expuesto, motivo por el cual procedimos a trasladar a la ciudadana antes mencionada hasta esta sede…

    ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-02-08, suscrita por el Funcionario Agente Quinte Javier, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento previo traslado de comisión, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse: ANDRIZ Y.R.C., Venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, de 27 años de edad, soltera, Peluquera, residenciada en Sector la Milla, frente a la pasarela, casa sin numero, Municipio Bocono Estado Trujillo, titular de la cedula de Identidad V-15.614.157, y en consecuencia expuso:…”Resulta que el día lunes de carnaval llegaron a mi casa unos muchachos de nombre M.O., un muchacho que lo conozco como TALIVAN, uno que ellos le dicen EL COMPADRE, y otros que no se quienes eran y andaban en un toyota color gris que no tiene capo y siempre lo carga manejando MARIO y dos motos a buscar a mi pareja de nombre L.M.M. y el sin decir nada salio de la casa y se monto en el carro de MARIO y se fue, como vi que ya era miércoles y no sabia nada de MANUEL decidí llamar a MARIO para ver que razón me daba y cuando me logre comunicar, el me dijo que me quedara tranquila porque había mandado a MANUEL a buscar unas tarjetas para Caracas y ya estaba por regresar y como no quede muy convencida le dije que si MANUEL no regresaba le iba a participar a las autoridades, seguí esperando una repuesta hasta el día jueves o viernes, no recuerdo bien el día exacto que MANUEL, llego a la casa como a eso de las 06:00 de la mañana y no me dijo nada, solo entro se quito la ropa y se metió a bañar, yo le dije que donde había estado porque lo note un extraño y el me dijo que me quedara tranquila porque el estaba haciendo unas cosas con los muchachos, como yo veo que todos ellos no andan en muy buenos pasos, lo aconseje todos esos días y le dije que dejara esas amistades que no le estaban haciendo ningún bien, incluso el llego muy decaído y con hambre y hasta se enfermo, por eso le dije que se quedara en la casa unos días para que fuera pasar algo peor, hasta el día martes que regrese que clase y pase todo el día por fuera porque yo trabajo y estudio y le pregunto a mi hijo por MANUEL, fue cuando me dijo que lo había venido abusar MARIO hasta la puerta de la casa con otros, hombres en el carro de el y otra camioneta y después que hablaron un rato, MANUEL, salio y se fue con ellos desde ese día no ha vuelto a la casa y yo trate de comunicarme con MARIO para ver si me da razón de MANUEL, y las veces que me ha contestado lo único que me dice es que no sabe e incluso hasta mensajes me ha enviado para decirme que no sabe nada y ayer se presento va mi casa y hablo con mi hijo y mi hermana y le dijo que no se me ocurriera ir para pa PTJ, porque yo iba a perder mas que el si les decía algo, hasta hoy que se presentaron ustedes y hablaron conmigo…

  19. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-02-08, suscrita por el Funcionario Agente F.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Procedí a trasladarme hacia la oficina de área Técnica Policial, con la finalidad de verificar antes los archivos internos llevados por esta sede los datos filatorios y posibles registros policiales de los ciudadanos M.O.; TALIVAN y EL COMPADRE, una vez ahí fui atendido por el Funcionario Agente N.V., Credencial 32.043, a quien luego de imponerle el motivo de mi presencia en dicha oficina, el mismo procedió a verificar por ante los archivos internos llevados por la oficina y sistema Computarizado Policial a Nivel Nacional a los prenombrados ciudadanos arrojando como resultado como resultado que solo los dos primeros mencionados presentan registros policiales que dando identificados como: ORTEGANO VILLAMIZAR M.J., Venezolano, natural de Bocono, Estado Trujillo, soltero, chofer, de 31 años de edad, nacido en fecha 01-10-76, residenciado en el sector la Guayabita, avenida principal deposito de la empresa S.G., Bocono Estado Trujillo, titular de la cedula de identidad V- 12.720.336, quien registra amplio prontuario Policial por los siguientes Delitos: 18-01-96- DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE TRU8JILLO POR INCURRIR EN EL DELITO DE LESIONES- SEGÚN EXPEDIENTE F -464.213; 04-06-96 – DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE TRUJILLO POR INCURRIR EN EL DELITO DE HURTO - SEGÚN EXPEDIENTE F -543.365; 22-02-00, DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO DE ROBO Y LESIONES - SEGÚN EXPEDIENTE F -339.137; 18-01-01 – DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO DE DROGA - SEGÚN EXPEDIENTE F-601.173; 19-08-05 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO ROBO - SEGÚN EXPEDIENTE H-030.165; 06-04-06 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA Y CONTRA LA PROPIEDAD - SEGÚN EXPEDIENTE H-030.529; 29-06-06 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO LESIONES - SEGÚN EXPEDIENTE H-030.609; 18-07-06 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EN BUEN ORDEN DE LA FAMILIA - SEGÚN EXPEDIENTE H-030.636; 23-07-07 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO DE CONTRA LA PROPIEDAD- SEGÚN EXPEDIENTE H-581.118. El segundo mencionados responde al nombre de BRICEÑO BRICEÑO F.J., Venezolano, natural de Bocono, Estado Trujillo, soltero, de 20 años de edad, nacido en fecha 22-06-87, residenciado en la avenida Gran Colombia, entre calles A.B. y Colon, casa sin numero 7-88, Bocono Estado Trujillo, quien registra amplio prontuario Policial por los siguientes Delitos: 15-09-05 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO DE LESIONES- SEGÚN EXPEDIENTE H-030.315 y 17-09-07 - DETENIDO POR LA SUB. DELEGACION DE BOCONO POR INCURRIR EN EL DELITO DE APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO (VEHICULO ILEGAL)- SEGÚN EXPEDIENTE H-581.211. En vista a lo ante expuesto y una vez obtenida la información requerida, opte por retirarme del lugar e informarle a la superioridad sobre las diligencias practicadas, es todo…”

  20. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.Q., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Bocono, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Procedí a trasladarme en compañía de los Funcionarios Sub. Comisario R.M. Y agente F.B., a bordo de vehiculo particular a fin de practicar labores de inteligencia policial con la finalidad de ubicar los domicilios de cada uno de los investigados, quienes fueron identificados en autos anteriores, según acta policial suscrita por el Funcionario Agente F.P., en esta misma fecha, una vez en las adyacencias de la Plaza Bolívar, logramos sostener entrevista con una persona adulta del sexo masculino (informante), quien no quiso aportar su identidad por temor a futuras represalias, a quien luego de imponerle el motivo de nuestra presencia y procionarle las identidades y seudónimos de los ciudadanos ORTEGANO VILLAMIZAR M.J.; BRICEÑO BRICEÑO F.J. apodado “TALIVAN” y EL COMPADRE, el mismo nos manifestó conocer a dos de ellos a y a su vez dijo saber la dirección exacta de cada uno de sus domicilios. En vista a lo antes expuesto, optamos por abordar en el vehiculo en que nos trasportamos al prenombrado ciudadano y seguidamente nos dirigimos guiados por el mismo hacia la avenida Gran Colombia, entre calles A.B. y Colon, lugar donde nos fue señalada una vivienda residencia de una planta, conformada su fachada por paredes frisadas y pintada de color blanco, con puertas metálicas de color azul, signada con el numero 7-88 Bocono, Estado Trujillo, habitada por el ciudadano apodado TALIVAN, la cual se encontraba cerrada para el momento de hacer presencia en dicho lugar, así mismo nos dirigimos hacia el sector la Guayabita, calle principal, Bocono, Estado Trujillo., donde una vez ahí y al transitar por medio de una carretera accidentada, nos fue señalada hacia el margen derecho un terreno amplio, protegido por un portón de metal de color azul en donde funciona el deposito de la empre3sa S.G., en el mismo se visualizan varias estructuras y un cuarto amplio, conformado por paredes de bloques sin frisar, habitado por el ciudadano ORTEGANO VILLAMIZAR M.J., por tal motivo y una vez obtenida la información de los domicilios de ambos ciudadanos, nos dirigimos nuevamente a la Plaza Bolívar donde dejamos en un sitio seguro al informante y retornamos a este Despacho a fin de continuar con las diligencias correspondientes en torno al caso que nos ocupa y particípale a la superioridad sobre las diligencias practicadas, es todo…”

  21. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12-02-08, suscrita por el Funcionario Agente A.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Encontrándome en este Despacho, específicamente en la oficina de Unidad de estrategia especiales, recibí una llamada telefónica de parte del ciudadano: A.J.E., identificado plenamente, en autos anteriores como progenitor de la victima en el presente caso, informando que me trasladara a su residencia ubicada en el sector la Esperanza las Acacias Valera Estado Trujillo, ya que había recibido una llamada telefónica de las personas que habían secuestrado a su menor hijo solicitando la cantidad de 200.00 Mil bolívares para no molestarlos mas y que el había decidido pagar la cantidad exigida pero en presencia de Funcionarios de este Cuerpo Policial, acto seguido previo conocimiento de la superioridad me traslade hacia La dirección mencionada, una vez en dicha dirección entre al interior de la residencia donde luego de sostener entrevista con el prenombrado ciudadano me puso al conocimiento de los pormenores de la llamada telefónica, y luego de varias horas de estar en la residencia, se recibió llamada telefónica al teléfono marca ZTE de olor negro y blanco signado con el numero v0414-5219036, que fue dejado por los captores para el pago de la liberación del secuestrado pidiendo hablar con el señor Avendaño y luego de la entrevista telefónica llegaron a un acuerdo de que la paga serian de treinta mil bolívares y que la iba a dejar en el mismo sitio donde fue dejado el teléfono y que ese procedimiento se realizo en horas de la noche, así mismo al revisar las llamadas entrantes del móvil me percate que el numero de entrada es 0414-5219044, motivo por el cual notifique de lo sucedido al Sub-Comisario R.M. para que se activara un operativo especial para tratar de interceptar dicho pago y logar la captura de los sujetos, es todo…”

  22. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12-02-08, suscrita por el Funcionario Agente G.L., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…” Encontrándome en este Despacho, específicamente en la oficina de Unidad de estrategia especial, se recibe orden por parte el Sub. Comisario R.M., indicando que se realice labores de inteligencia en la zonas adyacencias a la residencia del señor J.A., mencionado en autos anteriores ya que al mismo lo están extorsionando, motivo por el cual me traslade en compañía de los Funcionarios Inspector W.U., Detective J.G.U. y Agentes J.M. y F.P., en vehiculo particular hasta la zona arriba mencionada, una vez en dicho sitio realizamos una vigilancia estática, en el sitio donde los delincuentes acordaron que dejaran el dinero el cual se encontraba en paquete, color blanco sobre la superficie de un acera de concreto adyacencias de la vivienda en mención, procediéndose a efectuar una vigilancia del lugar, seguidamente se observo merodeando en el lugar en actitud sospechosa un ciudadano de contextura delgada y mediana estatura, piel trigueña, de aproximadamente veinte y cuatro años de edad, el cual de una manera audaz y rápida tomo el paquete contentivo del dinero y emprendió una veloz huida hacia un vehiculo tipo Pick-up, color verde, la cual estada aparcado a cierta distancia del lugar referido, procediendo a darle la voz de alto, el cual reacciono disparando hacia la presente comisión, repelando dicho ataque, observándose que el mismo logro lanzar el mencionado paquete hacia el interior del vehiculo ya mencionado pero no pudieron abordar el mismo ya que tropezó y cayo en la asfaltada, siendo sometido por la comisión actuante, consecutivamente el vehiculo emprendió una veloz huida con rumbo desconocido realizando disparos hacia los funcionarios actuantes, no permitiendo ser alcanzado por la presente ya que se efectúo un intercambio de disparos y al momento de emprender la persecución se dieron a la fuga entre el trafico local. Posteriormente fue trasladado el detenido a la sede de este despacho donde quedo identificado como: MORALES GONZALES L.M., Venezolano, natural de Bocono, Estado Trujillo, nacido en fecha 28-02-82, hijo de P.M. y E.G., residenciado en casa s/n, sector La Milla, de Bocono Estado Trujillo, cedula de identidad V-16.805.356, haciendo lectura de los derechos Constitucionales y participándole que estaba siendo aprehendido en flagrancia en uno de los Delitos de Propiedad, así mismo se le realizo llamada telefónica al ciudadano Fiscal Tercero del Ministerio Publico OSCAR BALZA, informando de la detención del mismo ordenando de igual forma fuera puesto a la orden de la Fiscalia la cual reprenda a tal efecto, se da inicio a la presente averiguación por unos de los delitos Contra la Propiedad, signa con el numero H-824.375, de igual forma se traslado a este sede Policial a la ciudadana M.A.A.C., natural de Valera, fecha de nacimiento 11/05/82, de 25 años de edad, de profesión u oficio estudiante, residenciada en la Urbanización la esperanza, calle los robles, casa numero 0-102, titular de la cedula de identidad numero V-16.805.165, para realizar entrevista relacionada con los antes expuesto, es todo…”

  23. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12-02-08, suscrita por el Funcionario Agente A.L., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Cumplo con informarle que luego de ser verificado en los archivos internos y por ante el sistema computarizado de información policial existente en este despacho, el ciudadano: MORALES GONZALES L.M., cedula de identidad V-16.805.356, hasta la presente fecha registra el siguiente Prontuario Policial: 28-05-06.- CICPC-BOCONO: RESEÑADO POR SER PRESUNTO IMPUTADO EN EL DELITO DE ROBO SE LE INSTRUYE EXPEDIENTE H-030.586, es todo…”

  24. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12-02-08, suscrita por el Funcionario Agente F.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Se presento previo traslado de comisión, una persona quien estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse: M.A.A.C., Venezolana, natural de Valera Estado Trujillo, de 25 años de edad, soltera, Estudiante, residencia ubicada en el sector la Esperanza, calle los Robles, casa numero 0-102, Valera Estado Trujillo, titular de la cedula de Identidad V-16.805.165, y en consecuencia expuso:…”Lo que paso fue los sujetos que secuestraron a mi hermano empezaron a llamar y yo conteste la llamada y pidieron hablar con mi papa de nombre J.E.A., y yo les pase a mi papa, en eso le dijeron que le buscara Doscientos mil Bolívares, y que no le dijera nada la Policía, porque después iba a ser peor para nosotros, entonces mi papa le dijo no tenia los Doscientos Mil que lo que tenia eran Ciento Treinta Mil, Bolívares, nada mas, luego colgaron la llamada y a eso de las cuatro de la tarde volvieron a llamar y le dijeron a mi papa que estaba bien que les diera los Ciento Treinta Mil Bolívares, pero que posteriormente lo llamaban para decirle donde se lo iba a entregar, después a eso de las cinco de la tarde volvieron a llamar y le dijeron a mi papa que iban a pasar en un carro y el saliera de la casa y le entregara la plata, posteriormente volvieron a llamar y le dijeron a mi papa que saliera y dejara la plata en el sitio donde ellos habían dejado el teléfono celular, luego mi papa llamo papa la PTJ, para que le prestaran apoyo, y llegaron dos Funcionarios de PTJ, a eso de las ocho de la noche yo salí y deje la plata en el sitio donde ellos habían dejado el celular, luego de eso los sujetos volvieron a llamar y yo atendí la llamada y me preguntaron que si ya habían puesto la plata en el sitio donde ellos dijeron y yo les dije que si, en ese momento paso un carro marca chevette de color rojo y mas atrás iba un muchacho corriendo, luego escuche varios disparos, y unos funcionarios que estaban aquí en la casa salieron, es todo…”

  25. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 13-02-08, suscrita por el Funcionario Detective U.J., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de la siguientes diligencias Policiales:…”Este Despacho da inicio expediente signado con el numero H-824-375, por el Delito Contra la propiedad, (EXTORSION), donde fue detenido en fragancia el ciudadano: L.M.M.G., al momento que se encontraba extorsionando al ciudadano: J.E.A., quien es el progenitor de la victima del caso que nos ocupa y por cuanto guarda relación con dicho expediente se anexa copias fotográficas del procedimiento en fragancia ya el detenido guarda relación con el presente caso es todo…”

  26. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.Q., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:… procedí a trasladarme en compañía del funcionario Agente F.P., conjuntamente con la ciudadana: ANDRYZ Y.R.C., identificada plenamente en autos anteriores, a bordo de vehículo particular, hacía el sector la Milla, parte alta, específicamente a la residencia de la:

    anteriormente mencionada, con la finalidad de” ubicar ‘la que portaba el ciudadano L.M.M.G. los días 04-02-08 al 14-02-08 los cuales permaneció fuera de su residencia. Una vez en la precitada dirección, dicha ciudadana nos hizo entrega de tres prendas de vestir constante de: UNA (01) PRENDA DEVESTIR, TIPO CHEQUETA, DE COLORES VERDES CAMUFLAGEADOS TALLA L, CON LA INSCRIPCION IVN. Y CONST; UNA (01) PRENDA VESTIR, TIPO PANTALON, COLOR VERDE OLIVA, TALLA 32, MARCA DOCKERS; UN (01) PAR DE BOTAS DE CAUCHO, DE COLOR AMARILLO, TALLA 42, CON LA INSCRIPCION, SANTA .NINFA C.A CARACAS; las cuales se colectan, con el fin, ser sometidas a futuras experticias de interés criminalistico donde una, vez de haber realizados las diligenciarías correspondientes, opto retirarnos del lugar y trasladamos en la sede de este Despacho con el fin de informarle a la superioridad, sobre las diligencias practicadas. ,mismo le realizo a cada una de las

    prendas antes descritas ,el respectivo, resguardo de las evidencias y

    quedaran en calidad de depósito en la sala de resguardo de evidencias,

    ubicadas ,en la Sub Delegación de Valera de este Cuerpo Policial, es todo…

  27. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.Q., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…”Se recibió llamada telefónica de parte de una persona que de acuerdo al tono de voz se logro constatar que era del sexo masculino, quien no quiso aportar su identidad por temor a futuras represalias, informando que el ciudadano L.M., quien esta preso en Valera por un Secuestro se la pasa con un ciudadano conocido como P.E.M., quien tiene un vehículo Corrolla, color gris sin capo y vive en un edificio de color blanco ubicado en la calle A.B. y también con otro sujeto que se llama M.O. que es familia de los que venden las Bombonas de Gas de S.G. y según comentarios también están involucrado en ese secuestro, es todo…”

    ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Inspector U.W., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…”Me traslade en compañía de los funcionarios Detective G.A., Agentes Q.J. y P.F., hacia la siguiente dirección casa s/n, sector S.E., Las Guayabitas, Bocono, Estado Trujillo, con la finalidad de darle cumplimiento a la Orden de Allanamiento, emanada del Juez de Control numero 01, del Circuito Judicial del Estado Trujillo. Una vez en el referido lugar, luego de un breve recorrido, y cumpliendo con los requisitos exigidos por la Ley, y en compañía de los ciudadanos testigos de nombre: H.O.J.N., venezolano, natural de Biscucuy, Municipio Bocono, Estado Trujillo, de 40 años de edad, Soltero, vigilante, residenciado en las rurales de Miticu, calle 07, Cedula de Identidad

    y- 10.263.728, y JEREZ GRATEROL V.M., venezolano, natural de Bocono, de 21 años de edad, soltero, obrero, residenciado en la calle Páez, casa n, Cedula de Identidad V—16.805.530, procedimos a tocar la puerta del inmueble, siendo abierta por un ciudadano quien nos manifestó ser hermano del ciudadano investigado de nombre ORTEGANO MARIO. Acto seguido dicho ciudadano fue impuesto del motivo de nuestra comisión, quedando identificado de la manera siguiente ORTEGANO VILLAMIZAR YUZMI ARNOLDO, venezolano, natural de Trujillo, de 35 años de edad Divorciado, Chofer, residenciado en el lugar en cuestión, Cedula de Identidad V- 11.134.065. Posteriormente dicho ciudadano nos permitió el acceso a la parte interior del inmueble, con la finalidad de practicar una revisión minuciosa, en compañía de los ciudadanos testigos con el resultado que consta en el acta de visita domiciliaria, la cual, se consigna en la presente acta, así como también la Orden de Allanamiento. Finalmente trasladamos hacia la Sede de este Despacho a lo ciudadanos identificados con la finalidad de que rindan declaraciones en el hecho que se investiga, es todo…”

  28. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.M., adscrito al Área de Estrategias Especiales de la Delegación Estado - Trujillo, se presento previo traslado de comisión un ciudadano quien dijo llamarse .como queda escrito H.O.J.N., Venezolano, natural Biscocuy Municipio Bocono Estado Trujillo, de 40 años de edad, fecha de nacimiento 17-09-1967, de estado civil soltero, de profesic5n u oficio Vigilante, residenciado en las rurales de Miticu, calle’ 07; casa numero 70-63, Bocono, Municipio Bocono Estado Trujillo, portador de la cedula de identidad numero 10.263.728, en consecuencia expuso:…” Yo venia de. mi trabajo cuando una comisión de la PTJ me paro y me pidieron mis documentos de identidad, luego me dijeron que si los podía acompañar que iban a realizar un allanamiento, en eso al deposito .S. gas, los funcionarios tocaron la puerta principal y al momento salio un señor que reparte el Gas plan aquí en Bocono, los funcionarios les mostraron unos papeles que eran unas ordenes de allanamientos, luego el señor es abrió la puerta de un cuarto y entrarnos con otro muchacho el señor dos de los funcionarios de la PTJ. y mi persona, luego empezaron a revisar todo el cuarto y consiguieron varias llaves, tres fotografía de la parte del frente de una quinta, también consiguieron relojes, una factura de la compra. de un celular,unalibretadel Banco Banesco una hoja donde estaban anotados varios números telefónicos,…

  29. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente F.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…”: Encontrándome en este Despacho, se presentó previo traslado de comisión un ciudadano quien di ser y llamarse: ORTEGANO VILLALMIZAR YUZMI ARNOLDO, Venezolano, natural de Trujillo Estado Trujillo, de 35 años de edad, Divorciado, de profesión Chofer, residenciado en el Caserío Las Guayabitas, Sector S.E., casa sin numero, donde funge el Deposito de la Empresa S.G., Municipio Bocono Estado Trujillo, teléfono Q416-576827g, portador de la cédula de identidad Nro. V-11.134.065; Quien no tuvo impedimento alguno en rendir entrevista y en consecuencia expuso ‘Bueno yo estaba en mi casa cuando llego una comisión de La PTJ con una orden de allanamiento para registrar el cuarto donde vive mi hermano de nombre M.O., entonces como yo era el único que estaba en La casa yo les abrí la puerta del cuarto y ellos entraron en compañía de dos ciudadanos testigos y en lo que empezaron a revisar encontraron un aro con dos llaves para vehiculo una llave para domicilio, cuatro llaves sueltas, un aro de metal contentivo dé seis llaves los relojes para caballeros, un llavero tipo contentivo de una llave para vehiculo una llave para domicilio, tres uña Libreta de ahorros de un recibo de pago de Movistar y un de papel con varios números telefónicos…

  30. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente C.U., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…”Se presentó previo traslado de comisión la ciudadana quien dijo ser y llamarse: JEREZ GRATEROL V.M., venezolano, natural de Bocono Estado Trujillo, 21 años de edad, soltero, obrero, residenciado en final de la calle Páez, casa sin número, Bocono Estado Trujillo, portador de la cedula de identidad V- 16.805.530, quien no tuvo impedimento al rendir entrevista y en consecuencia expuso:…” Yo me encontraba cerca del Deposito S.G., de esta localidad, cuando Llegan unos Funcionados de PTJ, y me dicen que colabore con ellos en el sentido de ser como testigo ya que iban a practicar un allanamiento, entonces yo me fui con ellos para donde iban a realizar el allanamiento, cuando llegamos a la casa donde se realizo el allanamiento se entrevistaron con un señor, de quien no se el nombre porque sólo lo conozco de vista y este les abrió la puerta de la casa que iban a allanar y yo logre ver cuando los Funcionarios encontraron dentro de la casa un aro con dos llave para vehiculo una llave para domicilio, cuatro llaves sueltas, un aro de metal con de seis llaves, dos relojes para caballeros, un llavero tipo destapador con una llave para vehiculo una llave para domicilio, tres fotografías, una Libreta de ahorros de Banesco, un recibo de. pago de Movistar y un trozo de papel con varios números telefónicos, después que terminaron de revisa la casa me trajeron para esta oficina para tomarme una declaración…

  31. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.Q., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…”Procedí a trasladarme en compañía del Inspector W.U. y Detective A.G., a bordo de vehículo particular hacia la calle A.B. a fin de ubicar la residencia del ciudadano mención en autos anteriores con el nombre y seudónimo de P.E.M.. Una vez en la precitada dirección, ubicamos un edificio de color blanco, el cual tiene como nombre TORRES, donde procedimos a tocar un portón de color negro siendo atendido por un ciudadano a quien luego de identificamos como funcionarios de este Cuerpo Policial e imponerle el motivo de nuestra comisión, no quiso aportar sus datos filiatorios pero manifestó que el ciudadano requerido si reside en dicho edificio y puede ser ubicado en el segundo piso, apartamento único; por lo que procedimos a subir las escaleras y al llegar a la dirección descrita procedimos a tocar a la puerta del inmueble, donde luego de una breve espera, fuimos recibidos por una persona del sexo femenino, quien quedo identificada de la siguiente manera: ASTRY MARGARITA BAPTISTA DE MENDOZA, Venezolana, natural de esta Localidad, de 43 años de edad, casada, profesión Licenciada en Educación, titular de la Cédula de Identidad número V-9.154.676; quien al exponerle el motivo de nuestra presencia, manifestó que en efecto su esposo responde al nombre de PEDRO y es apodado EL MUSICO, aportando los datos filiatorios del mismo de la siguiente manera: P.E.M.D., Venezolano, natural de Valera, Estado Trujillo, de 29 años de edad, nacido en fecha 31-07-78, casado, músico, hijo de G.D. y P.M., desconoce su número de Cédula de Identidad y así mismo manifestó que no se encontraba en su residencia, por tal motivo le efectuó llamada telefónica al móvil celular signado con el número 0424-7212037 donde al atenderle le manifestó que en pocos minutos se trasladaría a la residencia y luego en un Lapso de espera se le pregunto a la entrevistada de que si el ciudadano PEDRO tenía un vehículo e informo la misma que el conduce un vehículo marca Toyota, modelo Corrolla, color Gris, que es de su propiedad pero en los actuales momentos el vehículo se encontraba en un taller pintándole el guardafango y el capo; en vista de que P.M., no se presento a su residencia, la ciudadana fue trasladada a la sede de este Despacho a fin de ser entrevistada en tomo al caso que nos ocupa. Una vez en esta oficina se procedió a verificar por el sistema Computarizado de información policial enlace con la Diex la identidad de P.E.M.D., arrojo como resultado que el mismo responde al nombre ante escrito y registra la Cédula identidad signada con el numero V-14.459.926, sin mas nada a que hacer referencia, es todo…”

  32. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente A.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…”Se presentó previo traslado de comisión, una ciudadana quien dijo sor y llamarse: ASIRY MARGARITA BAP1ISTA DE MENDOZA, Venezolana, natural de esta localidad, 43 años de edad, Casada, de Licenciada Educación, residenciada en la calle A.B. edificio Torres segundo piso apartamento único Bocono estado Trujillo, portadora de la cedula de identidad Nro. V-9.154.676; quien no tuvo impedimento al en rendir entrevista y en consecuencia expuso: “Buen yo me encontraba en mi residencia cuando llegaron dos ciudadanos y dijeron que eran pétejotas yo los invité a pasa para la casa y ellos me preguntaron por mi esposo y yo les dije que no se encontraba, y ellos me dijeron que lo llamara por teléfono porque querían hablar con el yo lo llame y el me dijo que se encontraba en la casa de los familiares del Capitán Y.G., yo le dije que bajara para la casa para hablar algo importante y el me dijo que ya baja, al cabo de rato lo volví a llamar ya que no llegaba y me dijo que venia en buseta, al rato lo volví a llamarlo porque no llegaba y el me dijo que en el momento que se bajaba de la buseta en la plaza Bolívar varios sujetos en una camioneta verde se habían llevado y después apago el celular. Posteriormente los funcionarios me solicitaron el favor de que lo llevara para la casa del capitán y nos fuimos hacia la casa ubicada el sector la Sabana, cuando llegamos los funcionarios me abajaron y al rato se volvieron a montar a la camioneta y me dijeron que eso era mentira que el tenia varios días que no Iba para esa casa después me trajeron para este Despacho para rendir entrevista después que estaba en la petejota los funcionarios me manifestaron que ni esposo a objeto de una investigación por un secuestró…

  33. ACTA INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.Q., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica Sub. Delegación Valera, de donde deja constancia de las siguientes diligencias Policiales:…“Dándole cumplimiento a la orden de allanamiento numero TPOI-P-2008-001041, emanada del juez de control numero 01, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha 15 de Febrero del año 2008, procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Inspector W.U., Detective A.G., Agente F.P., conjuntamente con los ciudadanos ARRAIZ H.A.J., Cedula de identidad V18.472.589; PALMA PEÑA H.Y., Cedula de identidad numero V-18.705.310; en vehiculo particular hacia el sector la Milla parte alta, pasando la pasarela, casa sin numero, Bocono Estado Trujillo. Una vez en la refería dirección realizamos un llamado a la puerta principal de dicho inmueble siendo atendido por una ciudadana al manifestarle el motivo de nuestra presencia, se identifico como AVENDANO SEIJAS S.K., Venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, de 21 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio ayudante de cocina, residenciada en la misma dirección, portadora de la cedula de identidad numero V-19.022.078, quien nos informo que el ciudadano L.M.M.G., habita en dicho inmueble pero no se encuentra ya que esta detenido en el reten policial numero 10 de la ciudad de Trujillo, asimismo nos dio libre acceso al interior de le referida vivienda, luego de haber realizado una búsqueda minuciosa no se logro colectar ningún elemento de interés criminalistico en dicho inmueble, es todo…”

  34. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 17-02-08, suscrita por el Funcionario Detective U.J., adscrito al Área de Inteligencia de la Delegación estadal Trujillo, con sede en la ciudad de Valera de este Cuerpo Policial, quien estando legalmente juramentado y de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 303 y 284 del Código orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 21 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente Investigación: Continuando con las investigaciones relacionadas al expediente H-581 .431, que se instruye por ante la Sub delegación de Bocono Edo. Trujillo, por unos de los Delitos Contra la Propiedad (SECUESTRO) y por cuanto el allanamiento practicados el día 17-02-08, en la población de Bocono edo. Trujillo, donde se colectaron evidencias de interés criminalisticos que guardan relación con el caso que nos aborda, procedí a trasladarme hacia la vivienda del ciudadano J.E. AVENDANO CARRILLO, identificado plenamente en autos anteriores por ser la Víctima, a fin de ser trasladado hasta este despacho con la finalidad ser entrevistado nuevamente y de ponerle de vista y manifiesto las evidencias colectadas.

  35. ACTA DE ENTREVISTA PENAL, suscrita en fecha 19-02-08, por el Funcionario Agente G.L., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera Estado Trujillo, donde deja constancia de la siguiente diligencias: “Continuando con las investigaciones relacionadas con el Expediente H-581.431, (...), se presento previo traslado de comisión el ciudadano que quedo identificado como: J.E.A.C., identificado en autos anteriores por ser la victima del presente expediente con la finalidad de ponerle de manifiesto los elementos de interés criminalisticos colectados en los diferentes allanamientos (...) realizados en días pasados en la población de Bocono.

  36. PLANILLA DE CADENA DE CUSTODIA: Lugar del Hecho Sector las Guayabitas, casa sin número, donde funciona el Deposito de la Empresa S.G., Municipio Bocono Estado Trujillo. Fecha del Hecho: 17/02/2008, Hora: 08:00 horas de la mañana. Investigado: ORTEGANO VILLAMIZAR M.J.. Funcionario que Entrega: Agente F.P.. Credencial: 29447 Dependencia a la cual se encuentra adscrito al Área de Estrategias Especiales de la Delegación Estadal Trujillo. Conoce del caso Fiscalia Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Elementos de Interés Criminalisticos: ELEMENTO NRO. 01: Un (01) Reloj marca Michelle, con su esfera de color negro, con su manilla elaborada en cuero de color marrón.-ELEMENTO NRO. 02: Un (01) reloj marca Swatch, con su esfera de color negro, con su manilla elaborada en metal de color plateado. ELEMENTO NRO. 03. Cuatro (04) Llaves para cerraduras de domicilio, elaboradas en metal de color plateado, con una inscripción donde se puede leer “LLAVENCA-VENEZUELA” ELEMENTO NRO. 04. Una (01) Llave para cerraduras de domicilio., elaborada en metal de color plateado con una inscripción donde se puede leer “DIXON” ELEMENTO NRO. 05. Una (01) Llave para cerraduras de domicilio, elaborada en metal de color plateado, sin marca in inscripción aparente. ELEMENTO NRO. 06. Una (01) llave para cerraduras de domicilio, elaborada en metal y material sintético de color plateado y azul, con una inscripción donde se puede leer “KLAUS” ELEMENTO Nº 07: Un (01) llavero elaborado en metal de color plateado, en forma de un destapador se aprecia en el mismo en su parte superior una inscripción donde se puede leer “J.E.” y en la parte anterior una inscripción donde se puede leer “AVENDAÑO”, este posee un aro elaborado en metal el cual posee tres llaves para cerraduras de domicilios entre las que se encuentran una con una inscripción SECURITY, otra con una inscripción FAUTLESS, otra con una inscripción GATER y una llave para vehículos con una inscripción donde se puede leer “TOYOTA”. ELEMENTO Nº 08. Un (01) Aro elaborado en meta, el cual posee una llave para cerraduras de domicilio elaborada en metal de color plateado con una inscripción donde se puede leer “LLAVENCA-VENEZUELA” y dos llaves para vehículos, elaboradas en meta, una de dichas llaves posee una inscripción donde se puede leer ”SHENG”.ELEMENTO NRO.09. Un aro elaborado en meta, esta se encuentra sujeta por un hilo de color marrón, dicho aro posee cuatro llaves para cerraduras de domicilio elaborada en metal entre las cuales se encuentran dos marcas PALENZUELA , dos marca VISALOCK y una marca ATLANTICO, también posee una llave para candado marca GLOBE, es todo…”

  37. MEMORANDUM Nº 9700-069-295, de fecha, 19-02-2008, suscrita por el Funcionario (Inspector) LINARES ZAPATA V.A., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Valera estado Trujillo, (…) cumplo con informarle que luego de ser verificado en los archivos del sistema internos y por ante el sistema computarizado de información policial (…) el ciudadano P.E.M.D., titular de la cedula de identidad V-14.459.926, hasta la presente fecha NO REGISTRA PRONTUARIO POLICIAL POR ANTE ESTE DESPACHO NI SOLICITUD ALGUNA, el ciudadano: PEÑA S.R.A., PRESENTA EL SIGUIENTE PRONTUARIO POLICIAL: 17-09-05.- C.I.C.P.C. BOCONO: DETENIDO POR SER PRESUNTO IMPUTADO EN DELITO DE LESION EXPEDIENTE H-581.211.- 15-09-05.- C.I.C.P.C. BOCONO: DETENIDO POR SER PRESUNTO IMPUTADO EN DELITO DE LESIONES SE LE INSTRUYE EXPEDIENTE H-030.315, es todo...”

    38-MEMORANDUM Nº 9700-069-053, de fecha, 19-02-2008, suscrita por el Funcionario Agente L.B., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Valera estado Trujillo, donde deja constancia lo siguiente:…” PERITACION: MOTIVO: Examen e4n referencia ha de verificar sobre las piezas en cuestión, con la finalidad de dejar constancia de su EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Y DISEÑO. EXPOSICION 01.- A los efectos me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser (01) reloj, elaborado de metal, color plata, cuenta con su sistema de sujeción tipo correa, elaborado en piel color marrón, conformado por un sistema de seguridad de hebilla, carente de la misma, en la parte superior se avista una circunferencia, protegida por una lamina de material sintético color transparente, en la parte externa se aprecia en alto relieve los números 15,30,45,60, adyacencente en el sentido derecho de localiza una pieza con superficie laborada de forma circular, que sirve para el funcionamiento del mismo, en la parte interna se puede observar tres agujas elaboradas en metal, color dorado, de diferente longitud, se avista un fondo de color negro: MICHELE, y números romanos del uno hasta el doce (I, XII), en la parte posterior se aprecia una inspcricion donde se lee entre otras: STAINLESS STEEL BACK 3 ATM, W.R.. La pieza se encuentra en regular estado de uso y conservación. 02.- A los fines me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser (01) reloj, elaborado de metal, color plata, cuenta con su sistema de sujeción tipo brazalete, elaborado en metal del mismo color en la parte superior se avista una circunferencia, protegida por una lamina de material sintético color transparente, en la parte externa se aprecia en bajo relieve inscripción donde se lee: SWATCH, adyacencente en el sentido derecho de localiza una pieza con superficie laborada de forma circular, que sirve para el funcionamiento del mismo, en la parte interna se puede observar tres agujas elaboradas en metal, color plata, de diferente longitud, se avista un fondo de color negro exhibiendo de diferente longitud, se avista un fondo de color plata: SWATCH QUARTZ, en la parte posterior se aprecia una inspcricion donde se lee entre otras: SWATCH IRON. Se observa una circunferencia carente de sistema de seguridad, lográndose visualizar la batería. La pieza se encuentra en regular estado de uso y conservación. 03.- A los fines me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser llaves para cerraduras domiciliarias todas elaboradas en metal, color plata, en la parte superior se localiza un orificio de forma circular, adyacente sobre la parte lateral derecha e izquierda, se observan inspcriciones en alto relieve donde se lee:”LLAVENCA VENEZUELA” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial. 04.- A los fines me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser llaves para cerraduras domiciliarias todas elaboradas en metal, color plata, en la parte superior se localiza un orificio de forma circular, adyacente sobre unas de las partes laterales, se observan inspcriciones en alto relieve donde se lee:”DIXON” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial. 05.- A los fines me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser llaves para cerraduras domiciliarias todas elaboradas en metal, color plata, en la parte superior se localiza un orificio de forma cónica, adyacente sobre unas de las partes laterales, se observan inspcriciones en alto relieve donde se lee:”C” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial. 06.- A los fines me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser llaves para cerraduras domiciliarias todas elaboradas en metal, color plata, en la parte superior se localiza un orificio de forma triangular, adyacente sobre unas de las partes laterales, se observan inspcriciones en alto relieve donde se lee:”K KLAUS” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial. 07.- A los efectos me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser (01) llavero elaborado en metal, color plata, de forma inferior circular y superior en forma de despertador, presenta inspcricion en laborado casero en bajo relieve, donde se lee: AVENDAÑO, J.E., contentivo cuatro llaves, elaborada en material color plata de las cuales; (A) una llave para cerraduras de vehiculo, presenta en la parte superior un orificio de forma rectangular, adyacencias sobre unas las partes laterales, se observa una inspcricion en bajo relieve donde se lee: “TOYOTA” en la parte inferior muestra sus dos bordes laborados de fabricación industrial, (B) una llave para cerraduras domiciliarias, presenta en la parte superior un orificio de forma circular, adyacentes sobre las partes laterales se observa una inspcricion en alto relieve donde se lee: “CERRADURAS Y CILINDROS GATER” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (C) una llave para cerraduras domiciliarias, presenta en la parte superior un orificio de forma circular, adyacentes sobre las partes laterales se observa una inspcricion en alto relieve donde se lee: “SECURITI” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (D) una llave para cerraduras domiciliarias, presenta en la parte superior un orificio de forma circular, adyacentes sobre las partes laterales se observa una inspcricion en alto relieve donde se lee: “FAULTLESS 33533” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial. 08.- A los efectos me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser (01) llavero elaborado en metal, color plata, de forma inferior circular, contentivo tres llaves, , elaborada en material color plata de las cuales; (A) una llave para cerraduras de vehiculo, presenta en la parte superior un orificio de forma rectangular, adyacencias sobre unas las partes laterales, se observa una inspcricion en bajo relieve donde se lee: “SHENG” en la parte inferior muestra sus dos bordes laborados de fabricación industrial, (B) una llave para cerraduras de vehiculo, presenta en la parte superior un orificio de forma rectangular, adyacencias sobre unas las partes laterales, se observa sin inspcricion en la parte inferior muestra sus dos bordes laborados de fabricación industrial, (C) una llave para cerraduras de vehiculo, presenta en la parte superior un orificio de forma rectangular, adyacencias sobre unas las partes laterales, se observa una inspcricion en bajo relieve donde se lee: “LLAVENCA VENEZUELA” en la parte inferior muestra sus dos bordes laborados de fabricación industrial. 09.- A los efectos me fue suministrado un (01) objeto, que resulto ser (01) llavero elaborado en metal, color plata, de forma inferior circular, presenta sujeto a este, un cordón de fibra naturales color marrón, en uno de sus extremos de localiza una imagen alusiva a una virgen, contentivo de seis llaves, elaboradas en color plata y dorado, de las cuales: (A) una llaves para cerraduras domiciliarias, presentando en la parte superior un orificio de forma circular, adyacencente sobre las partes laterales, se observa una inscripción en alto relieve donde se lee: “PALENZUELA CARACAS C5D” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (B) una llaves para cerraduras domiciliarias, presentando en la parte superior un orificio de forma circular, adyacencente sobre las partes laterales, se observa una inscripción en alto relieve donde se lee: “ATLANTICO IU” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (C) una llaves para cerraduras domiciliarias, presentando en la parte superior un orificio de forma circular, adyacencente sobre las partes laterales, se observa una inscripción en alto relieve donde se lee: “PALENCIA CARACAS C5I” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (D) una llaves para cerraduras domiciliarias, presentando en la parte superior un orificio de forma circular, adyacencente sobre las partes laterales, se observa una inscripción en alto relieve donde se lee: “VISALOCK/ CERRA-YALE ALFREDO SIERRA 071-314977” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (E) una llaves para cerraduras domiciliarias, presentando en la parte superior un orificio de forma circular, adyacencente sobre las partes laterales, se observa una inscripción en alto relieve donde se lee: “VISALOCK” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial, (F) una llaves para cerraduras domiciliarias, presentando en la parte superior un orificio de forma circular, adyacencente sobre las partes laterales, se observa una inscripción en alto relieve donde se lee: “GLOBE” en la parte inferior muestra un borde liso y un borde laborado de fabricación industrial. CONCLUCIONES: La pieza descrita en el NUMERAL UNO Y DOS, son considerados RELOJ, exclusivo para el uso masculino debido a sus características, es utilizado para conocer la hora, es de difícil traslado debido a su volumen y peso, cualquier otro uso dado queda a criterio del usuario o portador.- Las piezas descritas en los NUMERALES TRES, CUATRO, CINCO, SEIS, SIETE, OCHO y NUEVE, son considerados LLAVES, que son utilizadas para cerraduras de uso domiciliario y vehicular, es decir traslado debido a su volumen y peso, cualquier otro uso dado queda a criterio del usuario o portador. ..

    40-ACTA DE ENTREVISTA PENAL, suscrita en fecha 19-02-08, suscrita por el Funcionario Agente G.L., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera Estado Trujillo, donde deja constancia de la siguiente diligencias: “En esta misma fecha, prosiguiendo con las actas procesales relacionadas con la investigación número H-581.431, que se dio inicio por uno de los Delitos Contra la Propiedad (Secuestro); procedí a trasladarme en compañía del funcionario Agente J.Q., a bordo de vehículo particular hacía la Urbanización la Esperanza, específicamente a la residencia propiedad del ciudadano J.E.A., con la finalidad de ubicar y trasladar a la ciudadana M.F.A.C. para que rinda entrevista en asuntos relacionados al presente caso. Una vez ahí fuimos recibidos por la persona requerida por la comisión a quien luego de exponerle el motivo de nuestra presencia, la misma no mostró impedimento alguno en acompañarnos, motivo por el cual, optamos por retirarnos del lugar y trasladarnos hacía la sede de este Despacho a fin de entrevistar a la ciudadana anteriormente mencionada y la cual se consigna en la presente acta…

  38. -ACTA DE ENTREVISTA PENAL,” fecha 23-02-08, suscrita por el Funcionario Agente J.Q., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera Estado Trujillo, donde deja constancia de la siguiente diligencias: “Se presento previo traslado de comisión una ciudadano que quedo identificada como: M.F.A.C., Venezolana, natural de esta ciudad, soltera, estudiante, de 21 años de edad, nacida en fecha 08-08-87, residenciada en el sector las Acacias, urbanización la Esperanza, calle los robles, casa 0-102, Municipio Valera, Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad número V-1 9.031 .756, quien luego de ser impuesta de los hechos que se investiga, no mostró impedimento alguno en permitir ser entrevistada y en consecuencia expone:…“Resulta que a mi hermano el pasado 04 de Febrero lo habían secuestrado y le estaban pidiéndole a mi papa un dinero para dejarlo libre, a los días lo soltaron pero igual le exigieron a mi papa que le pagara la cantidad de trescientos millones de Bolívares y que no le dijera nada a las autoridades porque si no ellos se iban a llevar a alguna de las mujeres de la familia o a mi hermano de nuevo; como mi papa no quería mas problemas con esos hombres le dijo que solo tenia para pagarle la cantidad de ciento treinta millones (130.000.000,00) y ellos dijeron que si y el pago lo iban a hacer por mi casa el día martes 12-02-08; en el transcurso del día ellos estuvieron llamando para decirnos donde iba mi papa a pagarles hasta que en la noche lo llamaron y le dijeron que si tenía el dinero, el dijo que si y ellos le dijeron que lo dejara al lado de una cabina de metal que esta al cruzar la calle; mi papa dijo que fuéramos mi hermana M.A. y yo a colocar el dinero donde ellos habían dicho y cuando vamos de regreso yo apure el paso y me asome rápido por la ventana que esta en el comedor y vi cuando paso un muchacho por la misma acera, agarro el dinero y salio corriendo como si fuera hacía la salida de la urbanización que es donde esta la avenida y mas atrás iban los funcionarios de aquí buscando agarrarlo y después se escucharon varios disparos y no supe mas nada hasta que al rato llegó el comisario a hablar con mi papa y le dijo que habían detenido a uno de los muchachos y otros que estaban en una camioneta se habían logrado darse a la fuga. .. 42.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 22-02-08, suscrita por el Funcionario Agente C.U., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Bocono Estado Trujillo, donde deja constancia de la siguiente diligencias: “Se recibió llamada telefónica de parte del Sub-comisario R.M., Jefe. de la Brigada de Estrategias Especiales de la Delegación Estadal Trujillo, informando que en un taller denominado :La Chula”, ubicado en el Sector La Sabanita de esta localidad se encuentra aparcado un vehiculo marca Toyota, modelo Corrolla color gris placas GAA-64R, el cual guarda relación con la investigación H-581.431, asi mismo solicite la colaboración en el sentido de que dos funcionarios adscritos a este Despacho, se trasladaran a dicho taller, con la finalidad de retener dicho vehiculo y colocarlo en el Estacionamiento Judicial Unión de esta ciudad a la orden de la Fiscalia. Novena del Ministerio Público de la ciudad de Trujillo; por tal motivo previo conocimiento del Jefe de Investigaciones de este Despacho, Sub. Comisario J.B., salí en vehiculo particular, EN COMPAÑÍA DEL FUNCIONARIO Agente Yeremias Contreras, hacia el precitado talle, una vez allí procedí a entrevistarme con un ciudadano quien previa identificación como Funcionarios de este Cuerpo de investigaciones e imponerlo del motivo de la comisión nos manifestó ser el propietario del mencionado taller, quedando plenamente identificado de la manera siguiente: BRICEÑO ASUAJE D.J.. Venezolano, natural de caracas distrito, capital, soltero; latonero residenciado en el sector San J. deT.: barrio Santa Maria: casa sin número Bocono, estado Trujillo, portador de la cédula de identidad V-10.258.034, apodado ‘La Chula, informándonos que efectivamente un ciudadano de nombre PEDRO, a quien lo apodan “PACHO, le había dejado el mencionado vehiculo, en su taller, a fin de que le realizaran reparaciones de latonería y pintura, por lo que optamos en trasladar a dicho ciudadano conjuntamente con el mencionado automotor a este despacho, al referido vehiculo se procedió a practicar respectiva inspección, presentando las siguientes características: Marca Toyota, modelo Corrolla, Color Gris, año 19985, Clase Automóvil, Tipo Sedan, placas GAA-64R, Serial de Carrocería AE1019816632, Serial de Motor 4AK912650, en cuanto al ciudadano antes mencionado luego de ser entrevistado se le permitió retirarse de esta sede, de igual manera se deja constancia que el vehiculo en cuestión fue trasladado al estacionamiento Judicial Unión de esta ciudad, donde quedara en calidad de deposito a la orden de la Fiscalia, es todo…”

  39. - ACTA DE CRIMINALISTICA N° 131, de fecha 22-02-08, suscrita por los Funcionarios Agentes Yeremias Contreras y R.G., Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Bocono Estado Trujillo, donde deja constancia de la siguiente diligencias: “El lugar objeto de u presente inspección se trata de un sitio de suceso abierto, de temperatura ambiental fresca, iluminación natural abundante, se observa aparcado un vehículo con las siguientes características Marca Toyota, Modelo Corrolla, año 1995, color gris, placas GAA-64R, serial de motor 4AK912650, seria de carrocería AE1019816632, PARTE EXTERNA DEL VEHÍCULO: Se encuentra desprovisto del capo y del parachoques delantero, se aprecian sus vidrios delantero, trasero y lateral derecho e izquierdo en buen estado, se avistan sus micas traseras en buen estado, se visualiza sus micas delanteras y traseras en buen estado de uso y conservación, se aprecian sus cuatro cauchos con sus respectivos rines en buen estado de uso y conservación y su pintura en buen estado de uso y conservación PARTE INTERNA DEL VEHÍCULO: Presenta su tablero elaborado en material sintético de color gris, en buen estado de uso y conservación, se puede apreciar sus asientos elaborados en material sintético de color gris, los cuales encuentra en buen estado y sobre el asiento del piloto se localiza una prende de vestir camuflageada (de uso militar) sin marca ni talla aparente la cual fue colectada a fin de ser sometida experticias de rigor, se visualiza la switchera que permite liberar el mecanismo de encendido y apagado del referido vehículo en buen estado de uso y conservación y su radio reproductor en buen estado, y el mismo fue fotografiado en manera general y detalles…

  40. - EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL N° 148, de fecha 22-02-08, suscrita por el Funcionario Agente Yeremias Contreras, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Bocono Estado Trujillo, donde deja constancia de la siguiente diligencias: “PERITACIÓN MOTIVO: El presente informe a de verificarse sobre el (los): objetos en cuestión, a fin de dejar constancia de su Reconocimiento Legal. EXPOSICIÓ: A los efectos propuestos fue solicitada una Experticia de Reconocimiento Legal, según Memorandum N° 9700-237- ___, de fecha, 22-02-08, emanada de la Sala de Substanciación de esta Sub— Delegación. El objeto en cuestión se encuentra representado por: 01.-Una (01) prenda de vestir de la denominada CAMISA sin marca sin talIa, aparente, camuflageada, de uso militar, se encuentra en buen estado de USO y conservación. De lo antes expuesto hemos llegado a la siguiente:

    CONCLUSIÓN: Lo mencionado en el numeral (01) es utilizado comúnmente como prendas de vestir de uso militar. Cualquier otro uso queda al criterio del usuario..

  41. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 22-02-08, suscrita por el Funcionario Agente H.G., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Bocono Estado Trujillo, donde deja constancia de las siguientes diligencias Policial:…”Se presentó previo traslado de comisión el ciudadano: BRICENO ASUAJE D.J., Venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 38 años de edad, soltero, latonero, residenciado en el sector San José de toseos, barrio Santa Maria, casa sin numero, Bocono estado Trujillo, teléfono 0416-08-70-544, portador de la cédula de identidad número V-10.258.034, quien manifestó no tener impedimento alguno en rendir entrevista y en consecuencia expone: “Resulta ser que yo tengo un taller de latonería y pintura, en la sabanita al final de la avenida E.B. y llego un señor de nombre PEDRO, le dicen PACHO me dejó un carro toyota Corrolla, color gris, para que reparara el capo y el parachoques de el frente hace ocho días ayer que me dejo el carro en el taller y hoy fue que llego la PTJ y me preguntaron por el dueño del carro y me dijeron que tenia que acompañarlos para unas declaración y por eso estoy aquí.

  42. -MEMORANDUM N°9700-255-DC-2970-07, de fecha 08-02-08, suscrita por el Funcionario Agente Á.S., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera Estado Trujillo, donde deja constancia de las siguientes diligencias Policial:…”Realizar Reconocimiento Técnico, Experticia Hematológica al material EXPOSICIÓN: El estudio pericial Hematológico se practicará sobre la evidencia física que se menciona en la Planilla de Registro de Cadena de. Custodia N° 179-07, de la Sub-Delegación Valera, la cual se describe a continuación: 1.-. Un Trozo de Gasa, impregnada de una sustancia de color pardo rojiza de naturaleza hemática, colectada en el sitio del hecho (S.I.C.C.) PERITACION: A fin de dar cumplimiento al pedimento formulado, la muestra recibida fue sometida a los siguientes análisis y observación: ANALISIS BIOQUÍMICO: Método de Orientación para la Investigación de Material de Naturaleza Hemática: Reacción de Ortotolidina POSITIVO (+) INVESTIGACIÓN DE IIEMOGLOBINA: Método de Certeza para la Investigación de Material de Naturaleza Hemática: Método de Teichmann: POSITIVO (+) DETERMINACIÓN DE ESPECIE: Especie Humana POSITIVO (+) DETERMINACION DE GRUPO SANGUINEO: Investigación de Aglutinógenos: Por el método directo de Elusión, se comprobó la Ausencia de los Aglutinógenos “A” y “B”. CONCLUSION: En base al reconocimiento, observación y análisis practicado y confirmado a la muestra estudiada, se concluye lo siguiente: La sustancia de color pardo rojazo analizada, es de naturaleza Hemática, pertenece a la Espacie Humana y corresponde al Grupo Sanguíneo “O”.-.

  43. - EXPERTICIA DE SERIALES, de fecha 20-02-08, suscrita por el Funcionario Sub. Inspector J.R., Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera Estado Trujillo, donde deja constancia de las siguientes diligencias Policial:…”El sucrito, Licenciado en Ciencias Policiales Sub-Inspector J.O.R., adscrito a la unidad de experticia de vehículos del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas de la Delegación Estadal Trujillo, designado para dictaminar experticia de reconocimiento de seriales a un vehículo automotor de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código Orgánico Procesal Penal, el siguiente informe pericial. MOTIVO Realizar Experticia en los seriales de identificación de un vehículo automotor con la finalidad de determinar su estado original o posibles alteraciones, solicitado según memorando numero 9700-237-342, emanado de esa oficina, guarda relación con la investigación número H-581.431 llevada por la Fiscalía Sexta deL Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. EXPOSICION A los efectos propuestos se procedió a la inspección de los seriales de identificación de un vehículo que se encuentra en el estacionamiento Judicial Unión Municipio Bocono Estado Trujillo, el cual presenta las siguientes características: Clase: R.M.: Toyota Modelo: Land Cruiser Tipo: Pick Up Placas: 81A-JAG Color: Gris Año: 2006 Uso: Particular. PERITAJE. De conformidad con el pedimento formulado constatamos o momento del peritaje de los seriales de identificación que: Presenta serial de chasis grabado en bajo relieve con los dígitos: 8XA31U37969503376, el cual se encuentra en su estado original; Presenta serial de motor grabado en bajo relieve con los dígitos: 1FZ0717272, el cual se encuentra en su estado original, presenta la chapa que identifica el serial de carrocería denominada body, con los dígitos 8XA31UJ7969503376, la cual se encuentra en su estado original. CONCLUSION 01.- Para el momento de la revisión: La unidad en estudio presenta sus seriales en estado original. 02.- La unidad en estudio porta placas de circulación con las siglas 81A-JAG. Peritaje que presento a los 20 días del Mes de Febrero del 20089 debidamente firmado por el experto actuante y acompañado de las respectivas estampas del sello húmedo.

    De lo antes expuesto hace resaltar a quien juzga que .tratándose de delito llamado clandestino como lo es el de secuestro previsto en el artículo 460 del Código Penal, que merece pena privativa de libertad, cuya acción penal obviamente no se encuentra prescrita, con la existencia de fundados elementos de convicción tanto de la existencia del delito o sea el cuerpo del delito asi como elementos de convicción antes descritos, que en su conjunto, adminiculados entre si comprometen la participación de los tres ciudadanos M.J.O.V., F.J.B.B. , que se presume que su verdadero nombre R.A. PEÑA SANTOS, y P.E.M.D., ya identificados, como lo es la incautación de utensilios, llaves, etc reflejadas en actas policiales, declaraciones, y de manera fundamental en acta de VISITA DOMICILIARIA cursante al folio 32 de fecha 17- 02- 2.008 que expresa y enumera bienes muebles al tenor siguiente 01: Un (01) Reloj marca Michelle, con su esfera de color negro, con su manilla elaborada en cuero de color marrón.-ELEMENTO NRO. 02: Un (01) reloj marca Swatch, con su esfera de color negro, con su manilla elaborada en metal de color plateado. ELEMENTO NRO. 03. Cuatro (04) Llaves para cerraduras de domicilio, elaboradas en metal de color plateado, con una inscripción donde se puede leer “LLAVENCA-VENEZUELA” ELEMENTO NRO. 04. Una (01) Llave para cerraduras de domicilio., elaborada en metal de color plateado con una inscripción donde se puede leer “DIXON” ELEMENTO NRO. 05. Una (01) Llave para cerraduras de domicilio, elaborada en metal de color plateado, sin marca in inscripción aparente. ELEMENTO NRO. 06. Una (01) llave para cerraduras de domicilio, elaborada en metal y material sintético de color plateado y azul, con una inscripción donde se puede leer “KLAUS” ELEMENTO Nº 07: Un (01) llavero elaborado en metal de color plateado, en forma de un destapador se aprecia en el mismo en su parte superior una inscripción donde se puede leer “J.E.” y en la parte anterior una inscripción donde se puede leer “AVENDAÑO”, este posee un aro elaborado en metal el cual posee tres llaves para cerraduras de domicilios entre las que se encuentran una con una inscripción SECURITY, otra con una inscripción FAUTLESS, otra con una inscripción GATER y una llave para vehículos con una inscripción donde se puede leer “TOYOTA”. ELEMENTO Nº 08. Un (01) Aro elaborado en meta, el cual posee una llave para cerraduras de domicilio elaborada en metal de color plateado con una inscripción donde se puede leer “LLAVENCA-VENEZUELA, que se demuestra en autos, sean de la victima adolescente de autos yoda vez que lo reconoce al folio 65 de las actuaciones que fueron incautados en el allanamiento realizado y ordenado por este Tribunal, así como fotografías de la casa de habitación de la ciudad de Valera del Estado Trujillo que se corresponde y relacionan con la víctima y familiares, asi como lo es la declaración de la ciudadana ANDRYZ Y.R.C. en su deposición y al responder al ser interrogada , que compromete la participación en la perpetración del delito a los ciudadanos M.J.O.V., F.J.B.B., conocido por declarantes como el taliban , que se presume que su verdadero nombre R.A. PEÑA SANTOS y P.E.M.D., identificados en la presente decisión y actas procesales, aunado al contenido del acta de investigación cursante al folio 48 de las actuaciones que se aclara la identidad de Peña santosR.A.; por la pena que podría llegarse a imponer que supera a diez años , concretamente de veinte a treinta años de prisión, surge la presunción legal de PELIGRO DE FUGA a que se contrae el PARAGRAFO PRIMERO del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, la magnitud del daño causado, como lo es el abominable delito de secuestrar a un adolescente, que podrían influir en que declarantes informen falsamente o se comporten de manera desleal y reticente , considera quién aquí juzga que se encuentran llenos los extremos consagrados en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal para decretar ORDEN DE APREHENSION de conformidad con el artículo 44 numeral 1ª de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los principios informante del mismo, por ello se decreta la privación judicial preventiva de libertad y aprehensión en contra los ciudadanos M.J.O.V., venezolano, natural de Boconó, estado Trujillo, soltero, de 31 años de edad, nacido en fecha primero de octubre del año 1976, residenciado en el sector La Guayabita, avenida principal, depósito de la empresa S.G., Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 12.720.336, F.J.B.B. , que se presume que su verdadero nombre R.A. PEÑA SANTOS, venezolano, natural de Boconó, estado Trujillo, soltero, de 22 años de edad, residenciado en la avenida gran Colombia, entre calles A.B. y Colón, casa número 7-88, Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 17.477.487 y P.E.M.D., venezolano, natural de Valera, estado Trujillo, casado, de 29 años de edad, nacido el 31 de julio de 1978, residenciado en la calle A.B., edificio de color blanco de nombre Torres, en el segundo piso, apartamento único, Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 14.459.926 por la comisión de un hecho punible que provisionalmente se precalifica de DELITO DE SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Vigente, en agravio del adolescente J.E.A.C., de 17 años de edad, y asi se decide

    DISPOSITIVA

    Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley de conformidad con el artículo 44 numeral 1ª de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los principios informante del mismo, decreta la privación judicial preventiva de libertad y aprehensión en contra los ciudadanos M.J.O.V., venezolano, natural de Boconó, estado Trujillo, soltero, de 31 años de edad, nacido en fecha primero de octubre del año 1976, residenciado en el sector La Guayabita, avenida principal, depósito de la empresa S.G., Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 12.720.336, F.J.B.B. , que se presume que su verdadero nombre R.A. PEÑA SANTOS, venezolano, natural de Boconó, estado Trujillo, soltero, de 22 años de edad, residenciado en la avenida gran Colombia, entre calles A.B. y Colón, casa número 7-88, Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 17.477.487 y P.E.M.D., venezolano, natural de Valera, estado Trujillo, casado, de 29 años de edad, nacido el 31 de julio de 1978, residenciado en la calle A.B., edificio de color blanco de nombre Torres, en el segundo piso, apartamento único, Boconó, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad personal número V- 14.459.926 por la comisión de un hecho punible que provisionalmente se precalifica de DELITO DE SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Vigente, en agravio del adolescente J.E.A.C., de 17 años de edad, conforme al artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y a tal efecto se comisiona suficientemente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación de Boconó del Estado Trujillo para que ejecute su captura y que sea comunicado a demás órganos de investigación quién deberán de remitirlos de inmediato en Destacamento Policial N° 10 de esta Ciudad de Trujillo y participar a la Fiscalía Novena del Ministerio Público y al tribunal. Ofíciese lo conducente.

    El Juez de Control N° 01

    Abg. A.J.M.M.

    El Secretario de Guardia

    Abg E.A.

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