Decisión nº 1C-6662-10 de Tribunal Primero de Control Los Teques de Miranda, de 2 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2010
EmisorTribunal Primero de Control Los Teques
PonenteRosa Andreina Carrasco
ProcedimientoExtension De Presentaciones

Los Teques, 02 de noviembre de 2010.

200° y 151°

Causa N° 1C-6662-10

Juez: R.A. CARRASCO CONDE

Secretaria: Abg. MILEIKA STENDER

Fiscal: Décima Novena del Ministerio Público del Estado Miranda

Defensa Pública: Abg. M.A.A.

Imputado: J.J.M.M.

Visto el escrito interpuesto en fecha 27-10-2010 suscrito por la ABG. M.A.A., en su carácter de Defensora Pública del imputado J.J.M.M.; mediante el cual solicita la extensión de las presentaciones de su representado de cada 08 a 15 días, las cuales le fueron impuestas por este Tribunal en Decisión de fecha 29-06-2010; en tal sentido, este Juzgado para decidir observa:

En fecha 29-06-2010, este Tribunal en Audiencia de presentación de detenido, impuso entre otras cosas al ciudadano J.J.M.M.; la medida cautelar sustitutiva de libertad; establecida en el artículo 256 numerales 3 del Código Orgánico Procesal Penal; consistente en régimen de presentación periódica, cada ocho (08) días.

Ahora bien, observa este Juzgado que desde la fecha antes señalada, es decir, 29-06-2010 hasta la presente, el imputado ha dado cabal cumplimiento a las obligaciones establecidas por este Despacho; toda vez que ha dado cumplimiento al régimen de presentaciones impuesto cada ocho (08) días; tal y como consta en certificación realizada en ésta misma fecha por la Secretaria adscrita a éste Tribunal; en consecuencia, existe la sujeción de los Imputados al proceso seguido en su contra; de igual forma se evidencia que el Ministerio Público no ha presentado acto conclusivo alguno, razón por la cual se declara Con Lugar la solicitud interpuesta por la Defensa Pública, ABG. M.A.A.; de extender las presentaciones de cada ocho (08) días a quince (15) días, a favor del ciudadano: J.J.M.M., de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo previsto en los artículos 49 numeral 2 y 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se declara.-

DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por la Defensa Pública, ABG. M.A.A.; de extender las presentaciones de cada ocho (08) días a quince (15) días, a favor del ciudadano: J.J.M.M., de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo previsto en los artículos 49 numeral 2 y 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Notifíquense a las partes con boleta, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 175 del texto adjetivo penal.

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-

La Juez

R.A. CARRASCO CONDE

La Secretaria,

Abg. MILEIKA STENDER

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

La Secretaria,

Abg. MILEIKA STENDER

Causa N° 1C6662-10

RACC/mf

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