Nuevo Decreto de Inamovilidad laboral regirá hasta 2022

AutorARAQUEREYNA

De acuerdo con lo establecido en los artículos 1° y 2° del Decreto No. 4.414, los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector público, regidos por la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, gozarán de inamovilidad laboral por un lapso de dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

En tal sentido, los trabajadores amparados no podrán ser despedidos, desmejorados o trasladados sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo correspondiente, so pena de que el trabajador amparado interponga una denuncia dentro de los treinta (30) días continuos siguientes ante el Inspector del Trabajo solicitando el reenganche y pago de salarios y demás beneficios dejados de percibir, o la restitución de la situación jurídica infringida.

Como ha sido el caso en los últimos años, gozarán de la mencionada inamovilidad: (i) los trabajadores a tiempo...

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